Resolución de 30 de julio de 2021, de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, por la que se aprueba la convocatoria 2021 de las subvenciones destinadas al fomento de la industria agroalimentaria (pymes), en régimen de concesión directa (extracto)
BDNS: 577897, 577898
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index)
Primero. Beneficiarios.
Pequeñas y medianas empresas cuya actividad sea la transformación y/o comercialización al por mayor de productos agroalimentarios.
Segundo. Objeto.
Fomentar y mejorar las condiciones de transformación y comercialización mayorista de los productos agrarios y alimentarios en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden DEI/13/2018, de 1 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinadas al fomento de la industria agroalimentaria, en régimen de concesión directa (Boletín Oficial de La Rioja número 28, de 7 de marzo de 2018).
Cuarto. Cuantía.
Importe del crédito disponible: 3.100.000,00 euros.
a) Programa de proyectos de inversión promovidos por pequeñas y medianas empresas para la transformación de productos agrícolas en productos agrícolas y para la comercialización mayorista de productos agrícolas (Capítulo II, Sección 1ª, de la Orden): 2.500.000,00 euros.
b) Programa de proyectos de inversión promovidos por pequeñas y medianas empresas (Capítulo II, Sección 2ª de la Orden) para la transformación de productos agrícolas en productos no agrícolas: 600.000,00 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes podrán presentarse a partir del día 2 de agosto de 2021 y hasta el día 10 de diciembre de 2021, ambos incluidos.
La solicitud deberá ser previa al inicio del proyecto o actividad subvencionada.
Sólo se admitirá una solicitud por empresa.
Una vez cerrado el plazo de presentación de solicitudes no se podrá incrementar el importe del presupuesto de inversión subvencionable.
Sexto.
Tramitación telemática de los expedientes de subvención (obligatoria), de acuerdo con la Orden 1/2017, de 7 de marzo, Consejería de Desarrollo Económico e Innovación, por la que se regula la tramitación electrónica en los procedimientos de concesión de subvenciones y concesión de préstamos de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja número 29/2017, de 10 de marzo).
- Presentación de solicitudes: De acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 6, de la convocatoria.
- Medio de notificación: De acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 8, de la convocatoria.
Séptimo. Otros datos de interés.
- Convocatoria.- Los interesados podrán acceder también al texto íntegro de la Resolución de convocatoria y a la Orden reguladora de las ayudas a través de la página web de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (www.ader.es)
- Procedimiento de concesión.- La concesión de subvenciones se efectuará en régimen de concesión directa.
- Los códigos asignados por la BDNS corresponden a un mismo texto de convocatoria.
Logroño a 30 de julio de 2021.- El Gerente, Fernando San José Martínez.