Resolución 1529/2021, de 19 de julio, por la que se convocan las subvenciones nominativas de concesión directa a las organizaciones sindicales y empresariales para el fomento de la participación institucional en el año 2021. (Extracto).
BDNS
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero.- Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los relacionados en el artículo 3 de la Orden DEI/68/2018, de 6 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la subvención nominativa de concesión directa a las organizaciones sindicales y empresariales para el fomento de la participación institucional (BOR nº 106, de 10 de septiembre de 2018).
Segundo.- Objeto.
Subvencionar a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas que tienen por objeto la compensación por sus actividades en el ámbito de la participación institucional previstas en la presente orden serán nominativas hasta el límite del crédito que como tal aparezca consignado en el Anexo de subvenciones de asignación nominativa que cada año se adjuntará en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Tercero.- Bases Reguladoras.
Orden DEI/68/2018, de 6 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la subvención nominativa de concesión directa a las organizaciones sindicales y empresariales para el fomento de la participación institucional (BOR nº 106, de 10 de septiembre de 2018).
Cuarto.- Cuantía.
El gasto para la financiación de estas ayudas asciende a la cuantía total de quinientos mil euros (500.000.-), por los importes y aplicaciones presupuestarias siguientes: 125.000 euros con cargo a la aplicación 19.05.4214.481.01; 125.000 euros con cargo a la aplicación 19.05.4214.481.02 y 250.000 euros con cargo a la aplicación 19.05.4214.482.01, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2021.
Quinto.- Otros datos de interés.
El período a considerar para la subvención de gastos por actividades de participación institucional es el comprendido entre el 1 de diciembre de 2020 y el 30 de noviembre de 2021. El abono de las subvenciones concedidas se realizará mediante Resolución del Consejero de Desarrollo Autonómico, previa presentación por el beneficiario de la justificación de los gastos realizados. Se establece el día 10 de diciembre de 2021 como fecha límite para la justificación de las actividades realizadas por las organizaciones beneficiarias hasta el importe de la subvención concedida. La justificación se presentará en la forma establecida en el artículo 7 de la Orden DEI 68/2018, de 6 de septiembre, de bases reguladoras. Se exceptúan aquellos pagos cuyo devengo sea anterior a 1 de diciembre de 2021, pero cuyo pago efectivo no se realice por imperativo legal hasta el 31 de diciembre de 2021 (ingreso cotizaciones a la Seguridad Social del mes de noviembre 2021) y hasta el 20 de enero de 2022 (ingreso retenciones IRPF).
Convocatoria: El texto íntegro de la Resolución de convocatoria y el modelo de solicitud estará disponible en la siguiente dirección https://www.larioja.org/larioja-client/cm/oficina-electronica?web=000&proc=24500 de la página web del Gobierno de La Rioja.
Logroño a 19 de julio 2021.- El Consejero de Desarrollo Autonómico, José Ángel Lacalzada Esquivel.