Gobierno de La Rioja

Núm. 176
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Lunes 6 de septiembre de 2021
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTE Y JUVENTUD
III..2987

Resolución 106/2021, de 13 de agosto, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se convocan ayudas individualizadas de transporte en la Comunidad Autónoma de La Rioja, para el curso 2021/2022 (extracto)

BDNS: 579956

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/579956)

Primero. Beneficiarios.

Alumnos que cumplan los requisitos para ser beneficiarios de las mismas conforme al artículo 2 de la Orden 1/2016 de 29 de febrero, para el curso 2021/2022.

Segundo. Objeto.

Colaborar en la financiación de los gastos corrientes de transporte ocasionados a alumnos residentes en la Comunidad Autónoma de La Rioja, que no puedan hacer uso de las rutas de transporte escolar gestionadas por la Consejería competente en materia de Educación, así como también en los gastos derivados de la residencia de determinados alumnos en centros educativos de Comunidades Autónomas limítrofes.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden 1/2016, de 29 de febrero. De la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se regulan las bases de las ayudas individualizadas de transporte escolar.

Cuarto. Cuantía total de las subvenciones.

75.000,00 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

Sexto. Otros datos de interés.

- Solicitudes: por los cauces habituales.

- Documentación: la prevista en la base sexta de la convocatoria.

- Volante de empadronamiento de la unidad familiar actualizado.

- Ficha de alta de terceros.

- Fotocopia de NIF/NIE de la persona titular de la cuenta.

- Para el alumnado que utiliza una ruta regular de escolares no gestionada por la Consejería competente en materia de Educación, apartado 3.2.e de la presente resolución:

- Presupuesto expedido por la empresa de transportes titular de la línea de transporte regular de escolares, donde se indique el nombre y apellidos del alumno/a y el importe del gasto para todo el curso escolar.

- Para el alumnado que esté escolarizado en un centro de una Comunidad Autónoma Limítrofe:

- Certificación del centro educativo en el que conste el nivel de estudios en el que dicho alumnado está matriculado para el curso 2021/2022.

- Forma de pago: conforme a lo establecido en el artículo 4 de la Orden.

- Justificación: mediante certificación del Centro escolar.

Logroño a 13 de agosto de 2021.- El Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, Pedro María Uruñuela Nájera.

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