Adjudicación provisional de los puestos para la venta ambulante en el paseo de las Norias durante las fiestas de San Mateo 2021
De conformidad con lo previsto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se notifica la Resolución de Alcaldía 07914/2021 de fecha 17 de agosto por tratarse de un acto integrante de un procedimiento de concurrencia competitiva, y cuyo texto íntegro se transcribe a continuación:
0715 DP Expediente 21/0488 Adjudicación provisional de los puestos para la venta ambulante en el Paseo de las Norias durante las fiestas de San Mateo.
Esta Alcaldía, en virtud de las atribuciones conferidas por la legislación vigente y teniendo en cuenta:
1. El Acuerdo de Junta de Gobierno número 08-06-2021/O/012 de 8 de junio de 2021, por el que se aprueba las Bases reguladoras para la concesión de autorización de espacios en la vía publica por puestos de venta ambulante, durante las fiestas de San Mateo 2021 (Expediente 0715 D.P. 21/0102, publicado en Boletín Oficial de La Rioja de fecha de 17 de junio de 2021.
2. El informe, emitido por El Jefe de Sección de Dominio Público de fecha de 16 de agosto de 21 indicando:
'Son 16 las asociaciones que optan a puestos de venta ambulante en número que resulta de dividir los disponibles (106) por dicho número de asociaciones, correspondiendo un total de 6,7 puestos. Dado que todas las asociaciones han solicitado un número igual o mayor a 5 puestos, y que el cálculo según las Bases Reguladoras, punto 13, dice: '(...) comenzando con el puesto número 52 en adelante (...). Si como consecuencia de la división anterior, el resultado fuera fraccionado (...) se asignará un puesto más a cada asociación y así sucesivamente, teniendo en cuenta el orden de entrada de las solicitudes, hasta completar el número máximo de puestos ofertados'
3. El informe emitido por la TAG de Espacio Público y Activiidades de fecha 16 de agosto 2021, en el que estima correcta la documentación presentada por 16 de las asociaciones que han realizado solicitud que se numeran, de acuerdo a las Bases mencionadas, según el orden en el que han completado la documentación.
4. El contenido del Capítulo VI Título III, de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación de Comercio Minorista, modificado por la Ley 1/2010, de 1 de marzo, el Real Decreto 199/2010, de 26 de febrero, por el que se regula el ejercicio de la venta ambulante o no sedentaria, la Ordenanza Reguladora de las Actividades comerciales e Industriales en Terrenos Público en la ciudad de Logroño
5. El Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 28 de junio de 2019, de delegación de competencias en el Sr. Alcalde.
6. La propuesta de Resolución formulada al efecto por el TAG de Espacio Público y Actividades,
RESUELVE
Primero.- Adjudicar provisionalmente los puestos de venta ambulante a las asociaciones que a continuación se relacionan, indicando el orden de adjudicación y el número de puestos asignados:
Orden | Nombre asociación | C.I.F. | Número Puestos solicitados | Número Puestos adjudicados |
1 | Profesional de Artesanos César Vallejo | G83353482 | 10 | 8 |
2 | Artesanos Cordillera de los Andes | G87471835 | 10 | 8 |
3 | Asociación Casablancamed | G45912730 | 9 | 8 |
4 | Asociación Vendedores Ambulantes Izarra-Ambuiza | G01576248 | 8 | 7 |
5 | Asociación Soli.Comercio Artes. Aragón | G50661289 | 7 | 7 |
6 | Asociación Vend. Prod. Artes.Ibili Munduan | G01401561 | 7 | 7 |
7 | Unión Comerciantes de los Andes | G85378586 | 5 | 5 |
8 | Asociación Venta Ambulan Touba Granada | G74471731 | 5 | 5 |
9 | Asociación Feriantes Tupac Amaru | G87250759 | 6 | 6 |
10 | Asociación Los Chancas | G87753471 | 6 | 6 |
11 | Asociación Vendedores Ambulantes Senegales en Asturias | G74430737 | 10 | 7 |
12 | Asociación Artesanos Ambulantes San Antonio | G83659680 | 6 | 6 |
13 | Col.Lectiu Dartes.Multietnic Cultural | G62702741 | 5 | 5 |
14 | Estar Siempre Unidos E.S.U. | G98192727 | 7 | 7 |
15 | Asociación Touba La Rioja | G26549485 | 10 | 7 |
16 | Asociación Venta Ambulante Africa Asturias | G74457540 | 9 | 7 |
De esta forma quedan asignados provisionalmente los 106 puestos disponibles que lo serán definitivamente siguiendo el orden señalado y comenzando por el puesto marcado con el número 52 (de acuerdo a la cláusula 13 de las bases reguladoras) para aquellas asociaciones que completen la documentación señalada en la cláusula 11 de las citadas bases.
Segundo.- Habilitar a las asociaciones señaladas en el dispositivo segundo, un plazo de cinco días hábiles contado a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de La Rioja para la siguiente documentación, a efectos de proceder a la adjudicación definitiva:
Justificante del abono de la tasa correspondiente a los puestos que tengan autorizados de conformidad con la tarifa establecida en la Ordenanza Fiscal número 19, Reguladora de las Tasas por instalación de puestos, barracas,casetas de venta, quioscos y espectáculos o atracciones situadas en terreno de uso publico, considerandos como módulo de 4 metros lineales.
Justificante de constitución de fianza por importe de 750 euros por cada asociación, en garantía de la conservación y correcta reposición del dominio público afectado.
Comunicar a la Dirección General de Espacio Público y Actividades, Sección de Dominio Público, la relación de los asociados que van a instalarse en cada uno de los puestos asignados, que estarán incluidos en la lista inicialmente presentada.
Tercero.- Notificar la siguiente Resolución a los interesados.
Cuarto.- Dar traslado del presente Resolución la Dirección General de Gestión Tributaria, a Intervención, Parque de Servicios y Dirección General de Medio Ambiente a los efectos oportunos.
Logroño a 20 de agosto de 2021.- El Alcalde, Pablo Hermoso de Mendoza González.