Gobierno de La Rioja

Núm. 171
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Lunes 30 de agosto de 2021
AGENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA RIOJA
III..3106

Resolución de 25 de agosto de 2021, de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, por la que se aprueba la convocatoria 2021 de las subvenciones para el apoyo a la financiación de las empresas, en régimen de concesión directa (extracto)

BDNS: 581054, 581055

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/es/index)

Primero. Beneficiarios.

Empresas industriales, extractivas, transformadoras y de servicios, así como el comercio mayorista y minorista.

No serán subvencionables las actividades económicas incluidas en la CNAE-2009 (Real Decreto 475/2007, de 13 de abril) siguientes: Sección D (Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado), F 41.1 (Promoción inmobiliaria), Sección K (Actividades financieras y de seguros) y Sección L (Actividades inmobiliarias).

Segundo. Objeto.

Facilitar a las empresas el acceso a préstamos bancarios y operaciones de arrendamiento financiero mediante alguno de los programas siguientes:

a) Programa 1: Préstamos y arrendamientos financieros para inversiones.

b) Programa 2: Préstamos de apoyo a circulante.

Se subvencionará exclusivamente el coste de la comisión de estudio y de la comisión anual, correspondientes a la sociedad de garantía recíproca que avale la operación de préstamo.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden DEI/7/2018, de 19 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja para el apoyo a la financiación de las empresas, en régimen de concesión directa (Boletín Oficial de La Rioja número 17, de 9 de febrero de 2018).

Cuarto. Cuantía.

Importe del crédito disponible: 925.500,00 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 10 de diciembre de 2021, incluido.

Podrán subvencionarse inversiones iniciadas y gastos efectuados a partir del 1 de enero de 2021.

Una vez cerrado el plazo de presentación de solicitudes no se podrá incrementar el importe del presupuesto de inversión subvencionable.

Sexto.

Tramitación telemática de los expedientes de subvención (obligatoria), de acuerdo con la Orden 1/2017, de 7 de marzo, Consejería de Desarrollo Económico e Innovación, por la que se regula la tramitación electrónica en los procedimientos de concesión de subvenciones y concesión de préstamos de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja número 29/2017, de 10 de marzo).

- Presentación de solicitudes. De acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 7, de la convocatoria.

- Medio de notificación. De acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 9, de la convocatoria.

Séptimo. Otros datos de interés.

- Convocatoria. Los interesados podrán acceder también al texto íntegro de la Resolución de convocatoria y a la Orden reguladora de las ayudas a través de la página web de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (www.ader.es).

- Procedimiento de concesión. La concesión de subvenciones se efectuará en régimen de concesión directa.

- Los códigos asignados por la BDNS corresponden a un mismo texto de convocatoria.

Logroño a 25 de agosto de 2021.- El Gerente, Fernando San José Martínez.


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