Gobierno de La Rioja

Núm. 177
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Martes 7 de septiembre de 2021
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERIA, MUNDO RURAL, TERRITORIO Y POBLACIÓN
III..3185

Resolución 798/2021, de 3 de septiembre, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, por la que se modifica el Plan Estratégico Subvenciones de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población para el periodo 2020/2022

De acuerdo con el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones que establece la obligación para los órganos de las Administraciones Públicas y cualesquiera entes públicos responsables de la gestión de subvenciones de elaborar un plan estratégico de subvenciones. En la misma se pronuncia el artículo 178.2 de la Ley 11/2013, de 21 de octubre, de Hacienda de La Rioja, dispone que: Los órganos competentes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. Por último, el artículo 8 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, atribuye a los titulares de las Consejerías la competencia para la aprobación de dicha instrumento de planificación y determina que contendrá previsiones para un periodo de vigencia máximo de tres años.

Una vez aprobado, éste constituye un instrumento que permite establecer una conexión entre los objetivos y efectos que se pretenden conseguir con relación a los costes previsibles y sus fuentes de financiación, y así adecuar las subvenciones a conceder a los recursos disponibles con carácter previo a su nacimiento y de forma plurianual.

Mediante Resolución 210/2021, de 11 de marzo se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población para el periodo 2020/2022 publicado en el Boletín Oficial de La Rioja, con fecha 15 de marzo de 2021.

Para que los planes estratégicos de subvenciones desplieguen todos los efectos como verdaderos instrumentos no solo de planificación, sino también de apoyo y mejora en la gestión y el control, es necesario llevar a cabo una labor de revisión, actualización y seguimiento de los planes aprobados que haga posible la retroalimentación que posibilite la toma de decisiones orientadas a la modificación, sustitución o eliminación de aquellas subvenciones que no alcancen los objetivos eficacia, eficiencia y economía previstos.

A fecha actual, se hace necesario revisar diversas líneas de ayuda ya previstas en el Plan Estratégico de Subvenciones aprobado con fecha 15 de marzo de 2021 y la incorporación de nuevas líneas a tramitar desde esta Consejería.

Esta modificación del plan ha sido informada por la Dirección General de Control Presupuestario, con fecha 30 de julio de 2021 y posteriormente mediante informe complementario de fecha 26 de agosto de 2021.

Por todo lo anterior, en virtud de las competencias que le han sido atribuidas a la Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población por el artículo 42.2 de la Ley 8/2003, de 28 de octubre y por el artículo 8 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, procede modificar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población para el periodo 2020/2022,

RESUELVE

Aprobar la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población para el periodo 2020/2022, de acuerdo con el Anexo que se adjunta a la presente Resolución.

Logroño a 3 de septiembre de 2021.- La Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, Eva Hita Lorite.



ANEXO

Eje 1. Creación de empleo.

Acción 1.1. Ayudas a explotaciones agrarias y a la producción agraria.

Se modifica la Línea 1.1.6. Ayudas destinadas a las Agrupaciones de Tratamientos Integrados en la agricultura (ATRIAS).

1. Área de competencias afectadas y sectores hacia los que se dirigen las ayudas:

Área de competencias: Agrupaciones de Tratamientos Integrados en Agricultura (ATRIAS).

Sector: agrupaciones de un mínimo de 10 agricultores que realicen buenas prácticas fitosanitarias dirigidas por un técnico en el área de competencia de tratamientos integrados en agricultura. Artículo 6.2.3. o), del Decreto 49/2020, de 3 de septiembre.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

- Fomento de las agrupaciones de agricultores para la realización en común de tratamiento fitosanitarios (ATRIAS), así como la formación de personal técnico y especializado en la aplicación de estas técnicas.

- Fomentar gestión integrada de plagas y el uso sostenible de productos fitosanitarios.

3. Plazo necesario para su consecución:

La subvención se articula mediante convocatoria con periodicidad anual.

4. Costes previsibles para su realización:

Para los 3 años de duración del PES (2020-2022) los costes se estiman en 210.000,00 euros.

El coste anual sería de 70.000,00 euros.

5. Fuentes de financiación: Actualmente estas ayudas se financian el 100% por parte de la Consejería de Agricultura, Ganadería Mundo Rural, Territorio y Población, con cargo a la aplicación presupuestaria 05.02.02.4611.482 Proyecto 80005.3

6. Existencia de pagos anticipados: No

7. Plan de acción:

Lo fija la Orden 13/2012, de 31 de mayo, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente por la que se regula la concesión de las ayudas para las Agrupaciones de Tratamientos Integrados en Agricultura (ATRIAS) (Boletín Oficial de La Rioja 8 de junio de 2012), así como la Orden Ministerial de Agricultura, Pesca y Alimentación de 17 de noviembre de 1989 (Boletín Oficial del Estado 22 de noviembre de 1989). Está prevista la publicación de una nueva Orden reguladora en el periodo de vigencia del PES.

8. Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva.

9. Indicadores:

- Número de ATRIAs totales: 7

- Número total de agricultores integrados en las ATRIAs: 169

- % de superficie de cultivo que integra la ATRIAs /Sup. total del cultivo en La Rioja (para cada ATRIA):

- Viña: 0,08

- Nogal: 4,40

- Zanahoria: 75,33

- Patata: 11,10

- Pera de Rincon: 10,65

- Pera de Albelda: 7,15

- Almendro: 2,36

Se introduce la Línea 1.1.14 Subvenciones destinadas al mantenimiento de la ganadería extensiva en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

1. Área de competencias afectadas y sectores hacia los que se dirigen las ayudas:

Área de competencias: 'La gestión de las ayudas económicas en materia de rentas agrarias' (artículo 6.2.3.b) del Decreto 49/2020, de 3 de septiembre)

-Sector: Ganadero. Los beneficiarios de la ayuda serán los ganaderos en régimen extensivo de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

El objetivo de esta línea es favorecer el mantenimiento de la ganadería en régimen extensivo en la Comunidad Autónoma de La Rioja, subvencionando parte de los gastos que soportan, en concreto en la alimentación complementaria al aprovechamiento de pastos.

3. Plazo necesario para su consecución:

Se articula mediante una única convocatoria en 2021.

4. Costes previsibles para su realización:

Se prevé un importe total de la convocatoria en 2021 de 600.000,00 euros.

5. Fuentes de financiación:

La fuente de financiación es 100% de los presupuestos de la CAR, con cargo a la aplicación presupuestaria: 05.02.01.4122.478 Proyecto 60001

6. Existencia de pagos anticipados: No

7. Plan de acción:

Se está tramitando la orden de bases reguladoras de esta subvención. La convocatoria 2021 de la ayuda se realizará mediante Resolución de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población.

8. Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva.

9. Indicadores:

Número de solicitudes ...............................................210

- Número de beneficiarios .........................................180

- Importe medio/explotación .............................3.000,00 euros

Se introduce la Línea 1.1.15 'Ticket autónomos'.

1. Área de competencias afectadas y sectores hacia los que se dirigen las ayudas:

Área de competencias: Artículo 6.2.4. del Decreto 41/2019, de 10 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, 'Corresponde a la Dirección General de Desarrollo Rural y Reto Demográfico'

f) El establecimiento y aplicación de ayudas económicas relacionadas con la reforma de las estructuras agrarias y las de infraestructura rural, incluidas las procedentes de otras administraciones públicas nacionales o comunitarias. (...)

h) La gestión de ayudas de desarrollo rural que no corresponda a otros órganos de la Comunidad Autónoma por razón de la materia

Se dirige hacia los jóvenes agricultores que se instalen en la actividad agraria y a las inversiones de titulares de explotaciones agrarias inferiores a 10.000,00 euros.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Esta línea de ayudas deriva de una enmienda parlamentaria a los presupuestos del ejercicio 2021.

La grave emergencia de salud pública ocasionada por el Covid-19 ha supuesto una gran perturbación para las economías de la Unión y del mundo. La declaración del estado de alarma en España por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, y las medidas de contención adoptadas, han supuesto una situación de crisis económica y que las posibilidades de emprendimiento se limiten con respecto a lo que hubiera podido acontecer en una situación de normalidad, de tal forma que se limitan las opciones de estos beneficiarios si no cuentan con ayudas públicas que los respalden.

Es por ello que se estima conveniente establecer una serie de ayudas destinadas a instalación en explotaciones agrarias que no alcancen la Unidad de Trabajo Agrario, pequeñas inversiones en las mismas, habida cuenta de la necesidad de avanzar hacia una tecnificación, digitalización y cambio a unos modelos de producción sostenible de todas las explotaciones agrarias, que no recibirían ayudas con cargo al PDR y que se estima que contribuyen al reto demográfico ayudando a fijar población en los pequeños municipios.

3. Plazo necesario para su consecución:

Al ser una enmienda al presupuesto del ejercicio 2021, se prevé que las ayudas estén concedidas y abonadas antes de la finalización del ejercicio presupuestario.

4. Costes previsibles para su realización:

Existe una dotación presupuestaria de 500.000,00 euros imputada al ejercicio parlamentario 2021. No se prevé la continuidad de las ayudas.

5. Fuentes de financiación:

La fuente de financiación es 100% de los presupuestos de la CAR, a través de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, con cargo a la aplicación presupuestaria: 05.03.4121.77000 Proyecto 60001.

6. Existencia de pagos anticipados:

No se prevé la existencia de pagos anticipados.

7. Plan de acción:

La convocatoria se realizará mediante Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población.

8. Procedimiento de concesión:

El procedimiento de concesión será el de subvención directa, para lo cual no es necesario modificar la Orden APH/23/2018, de 27 de marzo, por la que se aprueban las líneas de subvenciones de concesión directa en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, incluyéndose dentro de las Ayudas para paliar situaciones de crisis en explotaciones agrícolas o ganaderas.

9. Indicadores y valores meta para los indicadores previstos:

La presente línea de ayudas contaría con los siguientes indicadores, exclusivamente para el ejercicio 2021:

Número agricultores que se instalan 10

Número inversiones auxiliadas 80

Gasto público efectuado 300.000,00 euros

Acción 1.2: Defensa común de los intereses agrarios.

Se modifica la Línea 1.2.4. Línea de Subvenciones Red de alerta fitosanitaria para el cultivo remolacha azucarera de producción integrada.

1. Área de competencias afectadas y sectores hacia los que se dirigen las ayudas:

Sector del cultivo de la remolacha azucarera en producción integrada.

Artículo 6.2.3. o), del Decreto 49/2020, de 3 de septiembre.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Apoyo a colectivos (cooperativas u organizaciones agrarias) que operan en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja que agrupen a operadores inscritos en el registro de Producción Integrada de la Rioja de Remolacha Azucarera, que establezcan redes de alerta fitosanitaria en el cultivo, con el fin de dar apoyo a los productores.

3. Plazo necesario para su consecución:

La subvención se articula mediante resolución de convocatoria anual.

4. Costes previsibles para su realización:

Para los tres años de duración del PES (2020 / 2022) el coste se estima en 318.000,00 euros. El coste anual sería de 106.000,00 euros.

5. Fuentes de financiación:

Estas ayudas son con cargo al Presupuesto General de La Comunidad Autónoma de La Rioja, con cargo a la aplicación presupuestaria 050202.4611.475.00 y 050202.4611.483 Proyecto 80005.3 de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población.

6. Existencia de pagos anticipados: No

7. Plan de acción:

Se fija en la Orden ATP/47/2020, de 15 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a colectivos que agrupen a productores de Remolacha Azucarera en Producción Integrada de La Rioja y que establezcan redes de alertas fitosanitarias para este cultivo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

8. Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva.

9. Indicadores:

- Número de Has de superficie: 648,35

- Número de ensayos: 8

- Número de material de divulgación: 4

Se modifica la Línea 1.2.5. Ayuda al Consejo Regulador de la Producción Agraria Ecológica.

1. Área de competencias afectadas y sectores hacia los que se dirigen las ayudas:

Sector de operadores inscritos en el Registro de Agricultura Ecológica de La Rioja.

Artículo 6.2.3. j), del Decreto 49/2020, de 3 de septiembre.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Apoyo en actividades relacionadas con la producción ecológica como la representación, defensa y garantía, desarrollo de mercados, marketing y promoción, llevanza y mantenimiento de los registros públicos, formación continua del personal encargado del control oficial de la producción ecológica y las desarrolladas para la implantación y el mantenimiento de un sistema de calidad de acuerdo a la norma UNE-EN ISO/IEC 17065 y su acreditación.

3. Plazo necesario para su consecución:

La subvención se articula mediante la suscripción de un convenio anual con el Consejo de la Producción Agraria Ecológica de La Rioja (CPAER).

4. Costes previsibles para su realización:

Para los tres años de duración del PES (2020 - 2022) el coste se estima en 500.000,00 euros. El coste anual estimado se sitúa en una horquilla entre 150.000,00 y 175.000,00 euros.

5. Fuentes de financiación:

Estas ayudas son con cargo al Presupuesto General de La Comunidad Autónoma de La Rioja, con cargo a la aplicación presupuestaria 050202.4611.485.01 Proyecto 80005.3 de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población.

6. Existencia de pagos anticipados: No

7. Plan de acción:

Está prevista la suscripción de convenios anuales con el Consejo de la Producción Agraria Ecológica de La Rioja (CPAER), ya que este, entre sus fines, como organismo de gestión de la producción ecológica en La Rioja ostenta la representación, defensa, garantía, desarrollo de mercados y promoción de este tipo de producción y de los productos a ella acogidos en colaboración con la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, y como autoridad de control y certificación de la producción ecológica en La Rioja sus funciones son la defensa de los términos protegidos de producción ecológica y el uso de su logotipo, la aplicación de los reglamentos y la vigilancia de su cumplimiento, sin perjuicio de las competencias de las demás Administraciones Públicas en sus respectivos ámbitos. Así como dar publicidad al documento 'Procedimiento de certificación del CPAER', disponible en su página web, además de contar con toda la documentación referente al Sistema de gestión de la calidad, de acuerdo con la Norma UNE EN-ISO/IEC 17065.

8. Procedimiento de concesión: Concesión directa.

9. Indicadores:

- Número de has de superficie inscrita: 4.500

- Número de elaboradores y otros inscritos en el Registro de Agricultura Ecológica de La Rioja: 419

Acción 1.4: Fomento de la formación, investigación y la innovación en sector agrario y desarrollo rural.

Se modifica la Línea 1.4.1. Ayudas para la financiación de proyectos de I+D+i del ámbito agroalimentario desarrollados por los centros tecnológicos en el ámbito de la comunidad autónoma de La Rioja.

1. Área de competencias afectadas y sectores hacia los que se dirigen las ayudas:

Área de competencias: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Servicio de Investigación Agraria y Sanidad Vegetal.

Sector de producción del champiñón y hongos comestibles, industria cárnica, producción vegetal y transformados vegetales y otros sectores estratégicos de la industria alimentaria riojana.

Artículo 6.2.3. m) del Decreto 49/2020, de 3 de septiembre.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

La finalidad de estas ayudas pasa por impulsar la capacitación, consolidación y excelencia de los Centros tecnológicos agroalimentarios radicados en La Rioja. Los objetivos a alcanzar mediante las presentes ayudas son los siguientes:

a) Fomentar la consolidación de los Centros.

b) Incrementar la capacidad investigadora de los Centros riojanos.

b) Conseguir un mayor nivel de competitividad de los Centros dentro del contexto nacional e internacional.

c) Dotar a los Centros de recursos económicos que les permita afrontar los retos y demandas que el sector productivo agroalimentario riojano demanda.

3. Plazo necesario para su consecución:

La subvención se articula mediante convocatoria anual.

4. Costes previsibles para su realización:

Para los tres años de duración del PES el coste se estima en 1.560.000,00 euros. El coste anual estaría entre los 480.000,00 y los 600.000,00 euros

5. Fuentes de financiación:

Estas ayudas son con cargo al Presupuesto General de La Comunidad Autónoma de La Rioja, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 05.02.02.4611.481 y 05.02.02.4611.781 Proyecto 80005.3 de la Consejería de Agricultura, Mundo Rural, Territorio y Población. Está prevista una cofinanciación a través de Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) al 50% para los años 2021 y 2022.

6. Existencia de pagos anticipados: No

7. Plan de acción:

Está prevista la convocatoria anual de ayudas para el desarrollo de proyectos de investigación a ejecutar de forma individual por centros tecnológicos agroalimentarios riojanos. Los proyectos de I+D+I estarán centrados en los sectores cárnico, champiñón y setas, productos vegetales u otros sectores agroalimentarios que se motiven como estratégicos. Además estas ayudas estarán englobadas dentro del Programa Operativo Feder 2014-2020 (a partir de 2021) y alineados con los planes de I+D+I regionales.

Estas ayudas se regulan en la Orden ATP/42/2020, de 18 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la financiación de proyectos de I+D+i del ámbito agroalimentario desarrollados por los centros tecnológicos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Rioja.

8. Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva.

9. Indicadores:

- Número de proyectos aprobados: 6.

- Inversión en I+D+I aprobada: 600.000

- Número de centros tecnológicos beneficiarios: 3.

Se modifica la Línea 1.4.2. Becas de formación en el ámbito competencial de la Dirección General de Agricultura y Ganadería.

1. Área de competencias afectadas y sectores hacia los que se dirigen las ayudas:

- Área de competencias: Todas las unidades administrativas de la Dirección General de Agricultura y Ganadería.

Artículo 6.2.3. k) m) del Decreto 49/2020, de 3 de septiembre.

- Sectores: Titulados universitarios y Técnicos de Grado Medio y/o Superior del área de formación señalado en la convocatoria, con los requisitos exigidos en la misma.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Las becas tienen como objeto la formación tanto de personal técnico como investigador en diversos ámbitos propios del ámbito competencial de la Dirección General de Agricultura y Ganadería.

3. Plazo necesario para su consecución:

La subvención se articula mediante convocatorias, que fijan una duración hasta el 30 de junio del siguiente ejercicio presupuestario, con posibilidad de prórrogas hasta completar un período máximo de tres años.

4. Costes previsibles para su realización:

Para las siguientes anualidades:

Ejercicio 2020: 345.700,00 euros

Ejercicio 2021: 345.700,00 euros

Ejercicio 2022: 345.700,00 euros

5. Fuentes de financiación:

Estas ayudas son con cargo al Presupuesto General de La Comunidad Autónoma de La Rioja, con cargo a la aplicación presupuestaria 05.02.02.4611.488 del Proyecto 80005.3 de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población.

6. Existencia de pagos anticipados: No

7. Plan de acción:

Se establece en la Orden ATP/48/2020, de 15 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas de formación en las distintas materias del ámbito de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población.

8. Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva.

9. Indicadores:

- Número de becarios que preparan Tesis Doctorales: 4

- Número de becarios de formación: 17

- Número de Publicaciones: 20

- Número de Incorporaciones al mundo laboral: 2


Eje 3. Cohesión Territorial.

Se incorporara la Acción 3.2 Concienciación Social y Desarrollo Sostenible, que incluye las siguientes líneas de ayuda

Línea 3.2.1. Programa de apoyo a las inversiones en sistemas de gestión de subproductos y deyecciones en ganadería.

1. Área de competencias afectadas y sectores hacia los que se dirigen las ayudas:

Área de competencias: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Servicio de Ganadería. El sector es el ganadero y el de gestores de subproductos de ganadería. Artículo 6.2.3 del Decreto 49/2020, de 3 de septiembre.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

El objeto de estas ayudas es fomentar las inversiones que conlleven lo siguiente:

- La mejora de la eficiencia medioambiental de las instalaciones de almacenamiento exterior de las deyecciones ganaderas.

- Mejora de la gestión y aprovechamiento de los estiércoles.

Con estas ayudas se pretende dar respuesta a un problema generalizado dentro del sector ganadero, que es la gestión sostenible de las deyecciones ganaderas, minimizando su impacto ambiental y valorizando estos subproductos.

3. Plazo necesario para su consecución:

La subvención se articula mediante convocatoria plurianual.

4. Costes previsibles para su realización:

Para el año 2022 el coste se estima en 132.367,00 euros.

5. Fuentes de financiación:

Estas ayudas son con cargo a los Presupuestos Generales de La Comunidad Autónoma de La Rioja, concretamente con cargo al Proyecto 80005.3 de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población. Está prevista una cofinanciación a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que establece las inversiones y reformas para el año 2022, en el Marco de los fondos europeos Next Generation al 100% para el 2022.

6. Existencia de pagos anticipados: No

7. Plan de acción:

Esta prevista la convocatoria anual de ayudas en régimen competitivo para el desarrollo de inversiones en sistemas de gestión de subproductos y deyecciones en ganadería de la Comunidad Autónoma de La Rioja con cargo al ejercicio presupuestario 2022.

8. Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva.

9. Indicadores:

- Número de centros gestores de subproductos ganaderos mejorados. 1

- Número de toneladas/año estimadas que se gestionan por centro mejorado. 200 Toneladas.

Línea 3.2.2. Programa de apoyo a la transformación integral y modernización de invernaderos.

1. Área de competencias afectadas y sectores hacia los que se dirigen las ayudas:

Área de competencias: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Servicio de Investigación Agraria y Sanidad Vegetal. Los sectores son los invernaderos ya existentes de producción de hortícolas, flor cortada y planta ornamental. Artículo 6.2.3 del Decreto 49/2020, de 3 de septiembre.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

El objetivo de estas ayudas es incrementar la competitividad y productividad de los invernaderos existentes dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Para ello se subvencionarán las siguientes actuaciones:

- Transformación integral de invernaderos.

- Modernización de invernaderos.

3. Plazo necesario para su consecución:

La subvención se articula mediante convocatoria de carácter anual.

4. Costes previsibles para su realización:

Para el año 2022 el coste se estima en 31.168,00 euros.

5. Fuentes de financiación:

Estas ayudas son con cargo a los Presupuestos Generales de La Comunidad Autónoma de La Rioja, concretamente con cargo al Proyecto 80005.3 de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población. Está prevista una cofinanciación a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que establece las inversiones y reformas para el año 2022, en el Marco de los fondos europeos Next Generation al 100% para el 2022.

6. Existencia de pagos anticipados: No

7. Plan de acción:

Esta prevista la convocatoria anual de ayudas en régimen competitivo para el desarrollo de inversiones de modernización o transformación en invernaderos de la Comunidad Autónoma de La Rioja con cargo al ejercicio presupuestario 2022.

8. Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva.

9. Indicadores:

- Número de invernaderos mejorados o transformados. 1 invernadero.

- Superficies (ha.) de invernaderos mejorados. 1 hectárea.

Línea 3.2.3. Programa de apoyo a las inversiones en eficiencia energética y energías renovables (biogás y biomasa agrícola).

1. Área de competencias afectadas y sectores hacia los que se dirigen las ayudas:

Área de competencias: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Servicio de Investigación Agraria y Sanidad Vegetal. El sector es el productor agrícola y ganadero. Artículo 6.2.3 del Decreto 49/2020, de 3 de septiembre.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

El objeto de estas ayudas es fomentar las inversiones que conlleven lo siguiente:

- Mejora de la eficiencia energética en edificios, naves e instalaciones auxiliares de las explotaciones agrícolas y ganaderas.

- Valorización energética de las deyecciones y subproductos ganaderos y de biomasa agrícola.

Con estas ayudas se pretende mejorar la competitividad de las explotaciones agrícolas y ganaderas a través de la optimización de los consumos energéticos mediante técnicas de eficiencia energética. Además, se quiere fomentar la valoración de subproductos ganaderos y agrícolas como fuentes de energía renovable impulsando así los procesos de economía circular dentro de las explotaciones.

3. Plazo necesario para su consecución:

La subvención se articula mediante convocatoria plurianual.

4. Costes previsibles para su realización:

Para el año 2022 el coste se estima en 79.060,00 euros.

5. Fuentes de financiación:

Estas ayudas son con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja, concretamente con cargo al Proyecto 80005.3 de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población. Está prevista una cofinanciación a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que establece las inversiones y reformas para el año 2022, en el Marco de los fondos europeos Next Generation al 100% para el 2022.

6. Existencia de pagos anticipados: No

7. Plan de acción:

Esta prevista la convocatoria anual de ayudas en régimen competitivo para el desarrollo de inversiones en eficiencia energética y energías renovables (biogás y biomasa agrícola) de la Comunidad Autónoma de La Rioja con cargo al ejercicio presupuestario 2022.

8. Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva.

9. Indicadores:

- Número de explotaciones agrícolas y ganaderas mejoradas en términos de eficiencia energética. 5 explotaciones

- Ahorro energético estimado mediante las inversiones aprobadas en Kwh. 5.000 Kwh

Línea 3.2.4. Programa de apoyo para la aplicación de agricultura de precisión y tecnologías 4.0 en el sector agrícola y ganadero.

1. Área de competencias afectadas y sectores hacia los que se dirigen las ayudas:

Área de competencias: D.G de Agricultura y Ganadería. Servicio de Investigación Agraria y Sanidad Vegetal. El sector es el productor agrícola y ganadero. Artículo 6.2.3 del Decreto 49/2020, de 3 de septiembre.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

El objeto de estas ayudas es fomentar las inversiones que conlleven la adquisición de maquinaria y equipos tecnológicos, dentro del marco de agricultura y ganadería de precisión que permitan:

1. Mejora de la gestión ganadera.

2. Reducción de productos químicos, en particular productos fitosanitarios y fertilizantes.

3. Control de trazabilidad y calidad en los cultivos en la fase de siembra y en el laboreo.

4. Control de trazabilidad y calidad en la cosecha.

5. Reducir la emisión de gases de efecto invernadero y la disminución combustible necesario.

Con estas ayudas se pretende mejorar la competitividad de las explotaciones agrícolas y ganaderas a través de la optimización de costes en producción y la sostenibilidad ambiental gracias a la mejora procesos productivos como la aplicación de productos fitosanitarios, de productos fertilizantes, monitorización de cultivos y ganadería mediante técnicas de teledetección, geoposicionamiento y equipos y aperos con dosificación variable.

3. Plazo necesario para su consecución:

La subvención se articula mediante convocatoria plurianual.

4. Costes previsibles para su realización:

Para el año 2022 el coste se estima en 446.386,00 euros.

5. Fuentes de financiación:

Estas ayudas son con cargo al Presupuesto General de La Comunidad Autónoma de La Rioja, con cargo al Proyecto 80005.3 de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población. Está prevista una cofinanciación a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que establece las inversiones y reformas para el año 2022, en el Marco de los fondos europeos Next Generation al 100% para el 2022.

6. Existencia de pagos anticipados: No

7. Plan de acción:

Esta prevista la convocatoria anual de ayudas en régimen competitivo para el desarrollo de inversiones para la aplicación de agricultura de precisión y tecnologías 4.0 en el sector agrícola y ganadero de la Comunidad Autónoma de La Rioja con cargo al ejercicio presupuestario 2022.

8. Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva.

9. Indicadores:

- Número de explotaciones agrícolas mejoradas. 5 explotaciones

- Número de explotaciones ganaderas mejoradas. 2 explotaciones

- Superficie (hectáreas) afectada por las inversiones aprobadas. 200 Hectáreas.

Línea 3.2.5. Programa de apoyo a las inversiones en bioseguridad para la mejora de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado.

1. Área de competencias afectadas y sectores hacia los que se dirigen las ayudas:

Área de competencias: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Servicio de Ganadería. El sector es el ganadero. Artículo 6.2.3 del Decreto 49/2020, de 3 de septiembre.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

El objeto de estas ayudas es fomentar las inversiones que conlleven lo siguiente:

- Construcción de nuevos centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte de ganado.

- Mejora de centros ya existentes de limpieza y desinfección de vehículos de transporte de ganado.

Con estas ayudas se pretende dar respuesta a un problema generalizado dentro del sector ganadero, derivado del grave perjuicio económico que ha tenido el sector por la perturbación del mercado ocasionada por la pandemia, en cuanto a la necesidad, contenida en todos los planes de contingencia, de efectuar la limpieza y desinfección de los vehículos de transporte de ganado en el centro autorizado más próximo al lugar donde se haya procedido a la descarga de los animales transportados, evitándose así la posible transmisión de enfermedades y epizootias.

3. Plazo necesario para su consecución:

La subvención se articula mediante convocatoria plurianual.

4. Costes previsibles para su realización:

Para el año 2022 el coste está pendiente de regionalización de fondos.

5. Fuentes de financiación:

Estas ayudas son con cargo a los Presupuestos Generales de La Comunidad Autónoma de La Rioja, concretamente con cargo al Proyecto 80005.3 de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población. Está prevista una cofinanciación a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que establece las inversiones y reformas para el año 2022, en el Marco de los fondos europeos Next Generation al 100% para el 2022.

6. Existencia de pagos anticipados: No

7. Plan de acción:

Esta prevista la convocatoria anual de ayudas en régimen competitivo para el desarrollo de inversiones en bioseguridad para la mejora de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado de la Comunidad Autónoma de La Rioja con cargo al ejercicio presupuestario 2022.

8. Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva.

9. Indicadores:

- Número de centros de limpieza y desinfección. 1 centro

- Número animales desinfectados (cabezas). 200 cabezas

Línea 3.2.6. Programa de apoyo a determinados productores de materiales vegetales de reproducción que acometan inversiones de bioseguridad en viveros.

1. Área de competencias afectadas y sectores hacia los que se dirigen las ayudas:

Área de competencias: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Servicio de Investigación Agraria y Sanidad Vegetal. Los sectores son los invernaderos ya existentes de producción de material vegetal de reproducción. Artículo 6.2.3 del Decreto 49/2020, de 3 de septiembre.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

El objetivo de estas ayudas es incrementar la competitividad y productividad de los invernaderos productores de material vegetal de reproducción existentes dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Para ello se subvencionarán las siguientes actuaciones:

- Instalación o modernización de infraestructuras en invernaderos (mallas y otras estructuras) evitando la introducción de insectos vectores de plagas cuarentenarias.

- Instalación de infraestructuras adicionales (sistemas de doble puerta, implantación de borde perimetral exterior...).

Con estas ayudas se pretende dar respuesta a un problema generalizado dentro del sector viverista, que establezca medidas fitosanitarias que protejan a los materiales vegetales de reproducción de las diferentes plagas cuarentenarias, muchas de las cuales son introducidas en nuestro territorio a través de insectos vectores.

3. Plazo necesario para su consecución:

La subvención se articula mediante convocatoria plurianual.

4. Costes previsibles para su realización:

Para el año 2022 el coste está pendiente de regionalización de fondos.

5. Fuentes de financiación:

Estas ayudas son con cargo a los Presupuestos Generales de La Comunidad Autónoma de La Rioja, concretamente con cargo al Proyecto 80005.3 de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población. Está prevista una cofinanciación a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que establece las inversiones y reformas para el año 2022, en el Marco de los fondos europeos Next Generation al 100% para el 2022.

6. Existencia de pagos anticipados: No

7. Plan de acción:

Esta prevista la convocatoria anual de ayudas en régimen competitivo para el desarrollo de inversiones de determinados productores de materiales vegetales de reproducción que acometan inversiones de bioseguridad en viveros de la Comunidad Autónoma de La Rioja con cargo al ejercicio presupuestario 2022.

8. Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva.

9. Indicadores:

- Número de invernaderos mejorados o transformados. 1 invernadero.

- Superficies (hectáreas) de invernaderos mejorados. 1 Hectárea.

Línea 3.2.7. Ayuda para potenciar el desarrollo del planeamiento urbanístico de los municipios de La Rioja.

Objeto.- subvencionar la redacción de instrumentos de planeamiento urbanístico municipal adaptados a la legislación urbanística vigente. Se trata con ello de lograr que los municipios riojanos, especialmente, aquellos de menor población, puedan disponer de un instrumento de planeamiento urbanístico propio que se adapte verdaderamente a las necesidades de ordenación y gestión del territorio, más sostenible y lo más próximo a las necesidades y aspiraciones de su comunidad vecinal.

1. Área de competencias afectadas y sectores hacia los que se dirigen las ayuda:

El artículo 8.Uno.16 del Estatuto de Autonomía de La Rioja reconoce la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de ordenación del territorio y urbanismo.

Área de competencias: Artículo 6.2.5.a) del Decreto 49/2020, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, atribuye a la Dirección General de Política Territorial, Urbanismo y Vivienda, entre otras funciones específicas, la planificación y desarrollo de la ordenación del territorio, la política territorial y el urbanismo, ámbitos en los cuales tiene su perfecto encaje la gestión de estas ayudas destinadas a facilitar la elaboración de los planes generales urbanísticos por parte de los Ayuntamientos riojanos.

Sector al que se dirigen las ayudas: Ayuntamientos de La Rioja carentes de instrumento de planeamiento urbanístico propio, o bien el vigente no se encuentre adaptado a la Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja y normativa posterior, que reúnan los requisitos de población que se especifiquen en la correspondiente convocatoria.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Esta ayuda se orienta a la contratación municipal y tramitación posterior del planeamiento urbanístico general municipal hasta su aprobación definitiva por la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja.

3. Plazo necesario para su consecución:

Sin horizonte temporal finito. Se prevé articular la subvención mediante convocatoria con periodicidad anual.

4. Costes previsibles para su realización:

Existe una dotación presupuestaria de 60.000,00 euros imputada al ejercicio presupuestario 2021. A falta de referencias de la evolución de los datos para los próximos ejercicios, se toma aquella cifra como válida para cada uno de los dos años que restan de este Plan Estratégico de Subvenciones.

5. Fuentes de financiación:

La fuente de financiación es 100% de los presupuestos de la CAR, a través de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, con cargo a la aplicación presupuestaria: 05.04.2612.761 Proyecto 60001 del presupuesto de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población.

La cuantía total máxima que se puede conceder será la que se determine en la resolución de convocatoria, pero no podrá exceder del 80% del coste de los trabajos a subvencionar ni superar las disponibilidades presupuestarias del ejercicio correspondiente.

6. Existencia de pagos anticipados:

Se prevé la existencia de pagos anticipados.

7. Plan de acción:

Está prevista la aprobación de una Orden del Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población mediante la cual se establecerán las bases reguladoras para la concesión de subvenciones con el fin de potenciar el desarrollo del planeamiento urbanístico de los municipios de La Rioja. Las convocatorias serán anuales.

8. Procedimiento de concesión:

Concesión directa (Orden HAP/6/2021, de 11 de febrero, por la que se modifica la Orden APH/23/2018, de 27 de marzo, por la que se aprueban las líneas de subvenciones de concesión directa en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja número 33, de 16 de febrero de 2021) incluyó las subvenciones con el fin de potenciar el desarrollo del planeamiento urbanístico de los municipios de La Rioja dentro de la condición de subvenciones de concesión directa).

9. Indicadores y valores meta para los indicadores previstos:

La presente línea de ayudas contaría con los siguientes indicadores:

Número solicitudes 4

Número solicitudes aprobadas 4

Superficie potencialmente ordenada 12.000 hectáreas

Superficie total ordenada 12.000 hectáreas

Porcentaje de superficie total ordenada/superficie total de Comunidad Autónoma de La Rioja 2,37 %

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