Gobierno de La Rioja

Núm. 180
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 10 de septiembre de 2021
CONSEJERÍA DE DESARROLLO AUTONÓMICO
III..3252

Resolución 1934/2021, de 7 de septiembre, de la Consejería de Desarrollo Autonómico, por la que se aprueban módulos de costes unitarios para inversiones en obra civil e instalaciones vinculadas a la misma, a aplicar en las convocatorias de subvenciones 2021 de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja

Vista la propuesta de la Comisión de Evaluación de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, de fecha 1 de septiembre de 2021, de establecimiento de módulos de costes unitarios para inversiones en obra civil e instalaciones vinculadas a la misma.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 34, apartado 4, del Decreto 22/2016, de 6 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Desarrollo Económico de la Comunidad Autónoma de La Rioja, el Consejero de Desarrollo Autonómico,

RESUELVE

Primero. Se aprueban los siguientes módulos de costes unitarios para valorar las inversiones realizadas en obra civil nueva e instalaciones básicas de fontanería y electricidad vinculadas a la misma a aplicar en las convocatorias de subvenciones 2021 de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja aprobadas al amparo de las Órdenes contempladas en el apartado Tercero:

Concepto euros/m2
    Urbanización de zonas exteriores 36
    Naves empresariales 252
    Naves frigoríficas 315
    Oficinas y laboratorios 303
    Hoteles:  
          - Hoteles de 5 estrellas 1.003
          - Hoteles de 4 estrellas 821
          - Resto de hoteles y alojamientos similares         
730

En los casos de naves empresariales y frigoríficas se aplicarán los módulos anteriores si se trata de naves convencionales, entendiendo como tales las naves de altura al alero de hasta 10 metros. En el caso de superarse esta altura por planta, por cada metro que supere los 10 metros mencionados, se incrementará el módulo de la planta en un 5%. El incremento del módulo se aplicará de forma proporcional.

En cuanto a las instalaciones, los precios anteriores incluyen únicamente las de fontanería y electricidad básicas, excepto en el caso de hoteles en los que el módulo incluirá todo tipo de instalaciones especiales.

En caso de reforma y acondicionamiento se aplicará hasta el 60% de los módulos anteriores, excepto en el caso del sector turístico para rehabilitación de cualquier edificio singular (palacio, edificio histórico, etc.) donde se vaya a iniciar una nueva actividad, en cuyo caso se aplicarán los módulos para hoteles indicados en el cuadro anterior

Los módulos de costes unitarios para valorar las inversiones realizadas en obra civil nueva, reformas e instalaciones de establecimientos de comercio minorista, nuevas empresas emprendedoras cuya actividad se encuadre dentro de las secciones I, J, K, M, N, P, Q, R y S de los epígrafes del CNAE-2009 y empresas que desarrollen una actividad de servicios en el casco urbano excluyéndose las áreas calificadas como industriales por el planeamiento general, serán los siguientes:

Superficie (m2)                 Precio (euros /m2)             
 <=100 600
>100 450

En todos los casos, en concepto de redacción de proyecto técnico y dirección de obra se admitirá como máximo el 8% del importe de la inversión subvencionable en los capítulos de obra civil e instalaciones.

Segundo. La subvención se calculará tomando como referencia el menor de los dos valores siguientes: el declarado por el beneficiario o el establecido por esta Resolución. Como consecuencia de la aplicación de módulos, no será preceptiva la solicitud de ofertas.

Tercero. Estos módulos regirán para las convocatorias de subvenciones 2021 de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja aprobadas al amparo de las siguientes Órdenes:

- Orden número 6/2017, de 13 de octubre, de la Consejería de Desarrollo Económico e Innovación, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinadas al plan para la competitividad del comercio minorista, en régimen de concesión directa (Boletín Oficial de La Rioja número 122, de 20 de octubre de 2017).

- Orden DEI/6/2018, de 18 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja a proyectos de inversión para la mejora de la competitividad de las empresas, en régimen de concesión directa (Boletín Oficial de La Rioja número 17, de 9 de febrero de 2018).

- Orden DEI/7/2018, de 19 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja para el apoyo a la financiación de las empresas, en régimen de concesión directa (Boletín Oficial de La Rioja número 17, de 9 de febrero de 2018).

- Orden DEI/10/2018, de 1 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinadas al fomento de la investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), en régimen de concesión directa (Boletín Oficial de La Rioja número 28, de 7 de marzo de 2018).

- Orden DEI/11/2018, de 1 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinadas a la promoción de las energías renovables, el ahorro y eficiencia energética y la protección del medio ambiente, en régimen de concesión directa (Boletín Oficial de La Rioja número 28, de 7 de marzo de 2018).

- Orden DEI/12/2018, de 1 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinadas a la promoción de emprendedores, en régimen de concesión directa (Boletín Oficial de La Rioja número 28, de 7 de marzo de 2018).

- Orden DEI/13/2018, de 1 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinadas al fomento de la industria agroalimentaria, en régimen de concesión directa (Boletín Oficial de La Rioja número 28, de 7 de marzo de 2018).

- Orden DEI/14/2018, de 1 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinadas al fomento de la acuicultura y de la transformación y comercialización de los productos de la pesca y de la acuicultura, en régimen de concesión directa (Boletín Oficial de La Rioja número 28, de 7 de marzo de 2018).

- Orden DEI/18/2018, de 2 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja a proyectos intensivos en inversión o en creación de empleo, en régimen de concesión directa (Boletín Oficial de La Rioja número 28, de 7 de marzo de 2018).

Cuarto. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de La Rioja.

Logroño a 7 de septiembre de 2021.- El Consejero de Desarrollo Autonómico, José Ángel Lacalzada Esquivel.

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