Convocatoria de concesión de subvenciones para teletrabajadores, trabajadores y profesionales, que se instalen y desarrollen su actividad laboral en el término municipal de Logroño. Año 2021 (extracto)
BDNS: 585117
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):
Primero. Beneficiarios.
Profesionales, trabajadores por cuenta propia o ajena que se instalen, residan y desarrollen su actividad laboral en la ciudad de Logroño.
Segundo. Objeto.
Modalidad A (Teletrabajadores): destinada a incentivar la atracción y captación de trabajadores, residentes de fuera de la Comunidad Autónoma de La Rioja que se instalen y desarrollen su actividad laboral, por cuenta propia o ajena en la ciudad de Logroño, ya sea en modalidad de trabajo a distancia o en modalidad de teletrabajo, de conformidad con lo establecido en la Ley 10/2021, de 9 de julio, de Trabajo a Distancia.
Modalidad B (Trabajadores cualificados): destinada a incentivar la atracción y captación de trabajadores, por parte de empresas cuyo domicilio social y/o fiscal (al menos uno de ellos) sea la Comunidad Autónoma de La Rioja que se instalen y desarrollen su actividad laboral, por cuenta ajena en la ciudad de Logroño, ya sea en modalidad presencial, de trabajo a distancia o teletrabajo, de conformidad con lo establecido en la Ley 10/2021, de 9 de julio, de Trabajo a Distancia.
Tercero. Bases reguladoras.
Bases reguladoras para la concesión de subvenciones para a teletrabajadores, trabajadores y profesionales que se instalen y desarrollen su actividad laboral en el término municipal de Logroño aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 15 de septiembre de 2021 (Boletín Oficial del Estado número 185 , de 17 de septiembre de 2021).
Cuarto. Cuantía.
- Cuantía total: 60.000 euros.
Modalidad A: 30.000 euros
Modalidad B: 30.000 euros
- Cuantía máxima por beneficiario: De acuerdo con lo previsto en el artículo 6 Bases Reguladoras.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Desde las 9:00 horas del día siguiente hábil al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de La Rioja y hasta las 14:00 horas día 30 de noviembre de 2021.
Sexto. Otros datos de interés.
- Convocatoria: el texto íntegro de la convocatoria estará disponible en la página web del Ayuntamiento de Logroño, en el siguiente enlace http://www.logroño.es/wps/portal/web/inicio/unidadesMunicipales/empleoComercio/subvenciones
- Solicitudes: se presentarán a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Logroño o en los restantes lugares y por los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Documentación: La prevista en el artículo 5 de las Bases Reguladoras.
- Criterios de valoración: Los previstos en el artículo 3 de las Bases Reguladoras.
- Forma de pago: De acuerdo con lo previsto en el artículo 11 de las Bases Reguladoras.
- Forma de justificación: De acuerdo con lo previsto en el artículo 12 de las Bases Reguladoras.
Logroño a 24 de septiembre de 2021.- El Alcalde, Pablo Hermoso de Mendoza González.