Gobierno de La Rioja

Núm. 196
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Lunes 4 de octubre de 2021
CONSEJERÍA DE SERVICIOS SOCIALES Y GOBERNANZA PÚBLICA
III..3475

Resolución 49/2021, de 28 de septiembre, de la Consejería de Servicios Sociales y Gobernanza Pública, por la que se realiza la convocatoria para el ejercicio 2021, de las ayudas a asociaciones, fundaciones, entidades e instituciones sin ánimo de lucro cuyo objeto principal sea la representación y defensa de los intereses de las víctimas y afectados por el terrorismo en la Comunidad Autónoma de La Rioja (extracto)

BDNS: 585888

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/585888)

Primero. Beneficiarios.

Tendrán la condición de beneficiarios de las subvenciones previstas en la presente convocatoria las asociaciones, fundaciones, entidades e instituciones referidas en el artículo 2 de la Orden SSG/44/2021, de 12 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras, siempre que cumplan los requisitos dispuestos en el citado artículo.

Segundo. Objeto.

Ayudas a entidades sin ánimo de lucro previstas en el Título V de la Ley 4/2018, de 10 de abril, de medidas a favor de las víctimas del terrorismo de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden SSG/44/2021, de 12 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a asociaciones, fundaciones, entidades e instituciones sin ánimo de lucro cuyo objeto principal sea la representación y defensa de los intereses de las víctimas y afectados por el terrorismo en la Comunidad Autónoma de La Rioja (Boletín Oficial del Estado número 138, de 15 de julio de 2021).

Cuarto. Cuantía.

La financiación de estas ayudas contará con un presupuesto de 37.000 euros, con cargo a la partida presupuestaria 20.02.1312.489.03 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2021, aprobados mediante Ley 1/2021, de 29 de enero.

Con el límite máximo del crédito presupuestario, serán financiados los gastos de las actividades subvencionadas que reúnan los requisitos exigidos, con un importe máximo de subvención de 18.500 euros (50% del total).

Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes.

El plazo máximo para la presentación de solicitudes será de 12 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja, de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) 20.8.a) y 23.2.g) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones.

La solicitud se realizará de forma telemática mediante el modelo de solicitud que figura como Anexo I en la resolución de convocatoria, y se adjuntarán los documentos que figuran como Anexos a dicha resolución.

Sexto. Otros datos de interés.

Convocatoria: El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja

http://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=24883

Procedimiento de concesión:

Las subvenciones serán concedidas mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 de la Orden SSG/44/2021, de 12 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras. Para la instrucción y resolución de los expedientes se estará a lo dispuesto en los artículos 9 y 10 de la citada Orden de bases.

Plazo de justificación:

Las entidades beneficiarias tendrán un plazo para justificar el 100% de los gastos subvencionables realizados ante la Dirección General de Justicia e Interior hasta el 3 de diciembre de 2021.

Logroño a 28 de septiembre de 2021.- El Consejero de Servicios Sociales y Gobernanza Pública, Pablo Rubio Medrano.

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