Gobierno de La Rioja

Núm. 196
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Lunes 4 de octubre de 2021
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERIA, MUNDO RURAL, TERRITORIO Y POBLACIÓN
III..3477

Resolución 881/2021, de 29 de septiembre, de la Consejería de la Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, por la que se aprueban las cuotas para la campaña 2021-2022, del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Aceite de La Rioja

Hechos:

Primero.- El Decreto 48/2010, de 17 de septiembre, por el que se crea la 'Corporación de Derecho Público Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Aceite de La Rioja 'y se aprueba su reglamento, establece en su artículo 36.3 que 'La Consejería con competencia en materia de calidad agroalimentaria, agricultura y ganadería aprobará anualmente mediante resolución la cuantía de estas cuotas, a propuesta del Consejo Regulador'.

Segundo.- Mediante la Ley 6/2002, de 18 de octubre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja se aprueba la tasa por la prestación de servicios de certificación y control correspondientes a la Denominación de Origen Protegida (DOP) Aceite de La Rioja (Tasa 4.01).

Tercero.- En sesión celebrada el 19 de marzo de 2021, el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Aceite de La Rioja, aprueba la propuesta de la cuantía de las cuotas de olivicultores, elaboradores y marquistas para la campaña 2021-2022, en cumplimiento de lo especificado en el artículo 36.3 del Decreto 48/2010, de 17 de septiembre, haciéndose constar en el acta número 68, de 19 de marzo de 2021.

En virtud de las facultadas que me son legalmente atribuidas,

RESUELVO

Primero.- Aprobar la cuantía de las cuotas correspondientes a la campaña 2021-2022 del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Aceite de La Rioja, que figuran en el anexo que acompaña a esta Resolución.

Segundo.- La presente Resolución surtirá efectos al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o, en su caso, directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Logroño a 29 de septiembre de 2021.- La Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, Eva Hita Lorite.













ANEXO

Cuotas totales

Cuota anual de olivicultores:

- Cuota fija: 22,00 euros para todos los olivicultores.

- Cuota variable: 8,00 euros/ha. para olivicultores que tengan más de 1 hectárea de superficie.

- Cuota de inscripción: 50,00 euros.

Cuota anual de almazaras:

- Cuota de auditoría planificada y de recogida de toma de muestras: 450,00 euros.

- Análisis de aceites: 189,92 euros por cada muestra de análisis fisicoquímico + 95,00 euros por cada muestra de análisis organoléptico (panel de cata).

- Análisis de humedad: 8,44 euros/muestra.

- Cuota variable: 8euros por cada 1000 litros presentados a certificación.

- Auditoría no planificada: 294,17 euros.

- Segunda recogida toma de muestras: 86,03 euros.

- Cuota de registro: 1.000,00 euros.

Cuota anual de envasadores/comercializadores:

- Cuota de mantenimiento: 165,00 euros.

- Cuota de registro: 800,00 euros (incluye la cuota de mantenimiento del año en el que se realiza la inscripción).

Cuota anual de comercializadores:

- Cuota de mantenimiento: 110,00 euros.

- Cuota de registro: 300,00 euros (incluye la cuota de mantenimiento del año en el que se realiza la inscripción).

De las cuotas establecidas, se abonarán a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, las siguientes tasas de control/certificación:

1. Productores:

1.1. Tasa fija: 1,089 euros/Ha.

2. Almazaras, envasadores y comercializadores:

2.1. Auditoría planificada: 239,15 euros.

2.2. Auditoría no planificada: 294,17 euros.

2.3. Recogida de toma de muestras: 86,03 euros/desplazamiento.

2.4. Analítica de muestra:

2.4.1. Análisis físico-químico: 189,92 euros/muestra.

2.4.2. Panel de cata: 95,00 euros/muestra.

2.4.3. Humedad: 8,44 euros/muestra.

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