Orden DEA/68/2021, de 3 de noviembre, por la que se modifica la orden DEA/21/2021, de 21 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de los premios al rendimiento académico destinados a personas tituladas en enseñanzas de Grado Universitario de La Rioja
Mediante la Orden DEA/21/2021, de 21 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de los Premios al Rendimiento Académico destinados a personas tituladas en enseñanzas de Grado universitario de La Rioja, se han creado los premios para incentivar y reconocer el rendimiento académico de un colectivo que ha demostrado un aprovechamiento académico excelente en sus enseñanzas de Grado universitario y que han decidido continuar con su formación académica realizando estudios oficiales de Máster o Doctorado.
La experiencia en la gestión de la primera convocatoria regulada por la orden citada ha puesto de manifiesto la necesidad de flexibilizar y aclarar las dudas en relación a la tipología del gasto subvencionable, siendo el motivo por el que se tramita este anteproyecto de modificación de la Orden DEA/21/2021, de 21 de abril, el de dotar al texto de una mayor claridad y flexibilidad en relación con los gastos subvencionables que contempla la orden reguladora como consecuencia de la realización de un Master oficial o programa de Doctorado.
Por todo ello, esta Consejería de Desarrollo Autonómico, previos los informes preceptivos y en uso de las atribuciones legalmente conferidas, aprueba la siguiente,
ORDEN
Artículo único. Modificación de la Orden DEA/21/2021, de 21 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de los Premios al Rendimiento Académico destinados a personas tituladas en enseñanzas de Grado universitario de La Rioja.
Se modifica el apartado 2 del artículo 15, que queda redactado en los siguientes términos:
'Se consideran gastos subvencionables por estas ayudas los efectivamente realizados por la persona beneficiaria como consecuencia de la realización de un Master oficial o programa de Doctorado, y además los que correspondan a:
Los gastos de matrícula en el Máster oficial o en el programa de Doctorado.
La adquisición de material educativo relacionado con la formación realizada: libro físico/digital, revista física/digital, diccionario físico/digital, CD, vídeos, otros soportes.
La adquisición de material tecnológico: ordenador de sobremesa, ordenador portátil, tableta, disco/tarjeta de almacenamiento, webcam u otros periféricos, etc.'
Disposición transitoria única. Carácter retroactivo de la modificación.
La presente modificación será de aplicación con carácter retroactivo a la convocatoria realizada mediante la Resolución 1144/2021, de 28 de mayo, de la Consejería de Desarrollo Autonómico, por la que se convocan los premios al rendimiento académico destinados a personas tituladas en enseñanzas de Grado universitario de La Rioja en el curso 2019/2020 (Boletín Oficial de La Rioja de 7 de junio de 2021).
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.
Logroño a 3 de noviembre de 2021.- El Consejero de Desarrollo Autonómico, José Ángel Lacalzada Esquivel.