Gobierno de La Rioja

Núm. 228
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 19 de noviembre de 2021
AGENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA RIOJA
III..4061

Resolución de 17 de noviembre de 2021, de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, por la que se aprueba la convocatoria 2021 de las subvenciones a proyectos de inversión llevados a cabo por autónomos (empresarios y profesionales) y PYME en período de crisis de Covid-19, en régimen de concurrencia competitiva (extracto)

BDNS: 595558, 595559

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la Orden DEA/67/2021, de 29 de octubre.

Segundo. Objeto.

Apoyar proyectos de inversión iniciados antes de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja y promovidos por autónomos (empresarios y profesionales) y PYME.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden DEA/67/2021, de 29 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja a proyectos de inversión llevados a cabo por autónomos (empresarios y profesionales) y PYME en período de crisis de Covid-19, en régimen de concurrencia competitiva (Boletín Oficial de La Rioja número 219, de 8 de noviembre de 2021).

Cuarto. Cuantía.

Importe del crédito disponible: 4.000.000,00 euros.

Reglamento (UE) Número 1407/2013, de minimis: 3.880.000,00 euros

Reglamento (UE) Número 717/2014, de minimis pesca: 120.000,00 euros

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes podrán presentarse hasta el día 10 de diciembre de 2021, incluido.

Podrán subvencionarse inversiones iniciadas y gastos efectuados a partir del 1 de octubre de 2020.

Una vez cerrado el plazo de presentación de solicitudes no se podrá incrementar el importe del presupuesto de inversión subvencionable.

Sexto. Tramitación telemática de los expedientes de subvención.

La tramitación será telemática (obligatoria) de acuerdo con la Orden 1/2017, de 7 de marzo, Consejería de Desarrollo Económico e Innovación, por la que se regula la tramitación electrónica en los procedimientos de concesión de subvenciones y concesión de préstamos de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja número 29/2017, de 10 de marzo).

- Presentación de solicitudes: De acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 5, de la convocatoria.

- Medio de notificación: De acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 7, de la convocatoria.


Séptimo. Otros datos de interés.

- Convocatoria. Los interesados podrán acceder también al texto íntegro de la Resolución de convocatoria y a la Orden reguladora de las ayudas a través de la página web de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (www.ader.es)

- Procedimiento de concesión. La concesión de subvenciones se efectuará en régimen de concurrencia competitiva.

- Los códigos asignados por la BDNS corresponden a un mismo texto de convocatoria.

Logroño a 17 de noviembre de 2021.- El Gerente, Luis Alonso Fernández.

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