Gobierno de La Rioja

Núm. 233
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 26 de noviembre de 2021
CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD, TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO
III..4152

Resolución 1526/2021, de 23 de noviembre, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno, por la que se convoca para el año 2021 las ayudas reguladas en la Orden STE 74/2021, de 17 de noviembre de 2021, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a particulares para la renovación de electrodomésticos de bajo consumo energético (extracto)

BDNS: 596608

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/index)

Primero. Bases reguladoras.

Orden STE 74/2021, de 17 de noviembre de 2021, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a particulares para la renovación de electrodomésticos de bajo consumo energético. (Boletín Oficial de La Rioja número 228, de 19 de noviembre de 2021).

Segundo. Objeto.

Convocar para el año 2021 las ayudas reguladas en la Orden STE 74/2021, de 17 de noviembre de 2021, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a particulares para la renovación de electrodomésticos de bajo consumo energético.

Tercero. Beneficiarios.

Los indicados en el artículo 4 de la Orden STE 74/2021, de 17 de noviembre de 2021, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno.

Cuarto. Cuantía.

El gasto aprobado es de trescientos cincuenta mil euros (350.000 euros) que se imputará a la partida presupuestaria 09.08.4715.780.01 con cargo al ejercicio 2021.

Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes.

- Plazo para la adhesión de los establecimientos: 10 días naturales a contar desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial de La Rioja del extracto de la presente resolución de convocatoria.

- Plazo de vigencia del Plan: hasta el 31 de diciembre de 2021 o se hubiera agotado el crédito disponible.

Sexto. Otros datos de interés.

1. Convocatoria. El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja: (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es)

2. Actuaciones subvencionables: requisitos y costes elegibles.

Los señalados en el artículo 8 de la Orden STE 74/2021, de 19 de noviembre de 2021, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno.

3. Cuantía de las ayudas y costes subvencionables máximos.

La indicada en el artículo 10 de la Orden STE 74/2021, de 19 de noviembre de 2021, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno.

4. Procedimiento de adhesión y obligaciones de los establecimientos.

La indicada en el artículo 11 de la Orden STE 74/2021, de 19 de noviembre de 2021, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno.

5. Procedimiento de adquisición de equipos subvencionables y documentación requerida.

El indicado en el artículo 12 de la Orden STE 74/2021, de 17 de noviembre de 2021, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno.

6. Procedimiento de concesión: Concesión directa conforme a lo previsto en el artículo 2 de la Orden STE 74/2021, de 17 de noviembre de 2021, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno.

Logroño a 23 de noviembre de 2021.- El Consejero de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavoz del Gobierno, Alejandro Dorado Nájera.

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