Resolución 1742/2021, de 24 de noviembre, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se establece el calendario de días inhábiles para el año 2022, a efectos del cómputo de plazos administrativos
Vistos:
Primero. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas recoge en su artículo 30.7 que las Administraciones de las Comunidades Autónomas, con sujeción al calendario laboral oficial, fijarán el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos, que comprenderá los días inhábiles de las entidades locales correspondientes a su ámbito territorial.
El artículo 30.2 de esta Ley establece que los sábados y los domingos quedan excluidos a efectos del cómputo de plazos.
Por otra parte, el artículo 30.8 de esta misma Ley 39/2015, establece que la declaración de un día como hábil o inhábil a efectos de cómputo de plazos no determina por sí sola el funcionamiento de los centros de trabajo de las Administraciones Públicas, la organización del tiempo de trabajo ni el acceso de los ciudadanos a los registros.
Segundo. La Resolución 998/2021, de 13 de mayo de 2021, (Boletín Oficial de La Rioja número 95, de 17 de mayo de 2021) de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Desarrollo Autonómico, dispuso la publicación del Acuerdo de Gobierno por el que se aprueba el calendario de festivos laborales para el año 2022 en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Tercero. El calendario laboral de fiestas locales para el año 2022 publicado en el Boletín Oficial de La Rioja número 227, de 18 de noviembre de 2021.
Cuarto. El artículo 9.2.1.s) del Decreto 43/2020, de 4 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que atribuye al Consejero de Hacienda y Administración Pública la ordenación de los servicios públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
El Consejero de Hacienda y Administración Pública, como órgano competente,
RESUELVE
Primero. El ámbito de aplicación de la presente resolución será la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, sus Organismos Públicos cuando ejerzan potestades administrativas, y las Entidades Locales del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Segundo. El calendario de días inhábiles para 2022, a efectos de cómputos de plazos administrativos, incluye los sábados, los domingos y los días que seguidamente se relacionan, de acuerdo con la Resolución 998/2021, de 13 de mayo de 2021, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Desarrollo Autonómico, que dispuso la publicación del Acuerdo de Gobierno por el que se aprueba el calendario de festivos laborales para el año 2022 en la Comunidad Autónoma de La Rioja:
01-01-2022 Sábado Año Nuevo
06-01-2022 Jueves Epifanía del Señor
14-04-2022 Jueves Jueves Santo
15-04-2022 Viernes Viernes Santo
18-04-2022 Lunes Lunes de Pascua
09-06-2022 Jueves Día de La Rioja
15-08-2022 Lunes Asunción de la Virgen
12-10-2022 Miércoles Fiesta Nacional de España
01-11-2022 Martes Todos los Santos
06-12-2022 Martes Día de la Constitución Española
08-12-2022 Jueves Inmaculada Concepción
26-12-2022 Lunes Natividad del Señor
Tercero. Serán inhábiles además durante el año 2022 en cada municipio de la Comunidad Autónoma de La Rioja los días de sus respectivas fiestas locales comprendidas en dicho periodo, que figuran en la publicación de la Dirección General de Empleo, Diálogo Social y Relaciones Laborales, de la Consejería de Desarrollo Autonómico, de fecha 15 de noviembre de 2021 (Boletín Oficial de La Rioja número 227, de 18 de noviembre de 2021).
Cuarto. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de La Rioja.
Logroño a 24 de noviembre de 2021.- El Consejero de Hacienda y Administración Pública, Celso González González.