Gobierno de La Rioja

Núm. 251
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 24 de diciembre de 2021
UNIVERSIDAD DE LA RIOJA
II.B.844

Resolución 1459/2021, de 22 de diciembre, del Rector de la Universidad de La Rioja, por la que se ordena la publicación del acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de La Rioja, de 17 de diciembre de 2021, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador para el año 2021, adicional para la estabilización de empleo temporal

Visto el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de La Rioja, de fecha 17 de diciembre de 2021, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador para el año 2021, adicional para estabilización de empleo temporal.

Vista la Resolución 3215/2021, de 22 de diciembre, del Consejero de Desarrollo Autonómico del Gobierno de La Rioja, por la que se autoriza la publicación de la Oferta de Empleo Público adicional correspondiente al ejercicio 2021, del Personal Docente e Investigador de la Universidad de La Rioja.

Este Rectorado, en uso de las atribuciones que tiene conferidas en virtud del artículo 53 de los Estatutos de la Universidad de La Rioja, ha resuelto ordenar la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de La Rioja, de 17 de diciembre de 2021, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador para el año 2021, adicional para estabilización de empleo temporal (Anexo).

Contra estos acuerdos, que agotan la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, ante los juzgados de lo Contencioso Administrativo de Logroño. No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra dichos acuerdos recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el órgano que los dictó, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativa anteriormente citado en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Logroño a 22 de diciembre de 2021.- El Rector, Juan Carlos Ayala Calvo.





















ANEXO

Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de La Rioja, de 17 de diciembre de 2021, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador para el año 2021, adicional para estabilización de empleo temporal.

Primero. El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) establece en su artículo 70 que las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la oferta de empleo público, que deberá ser aprobada anualmente por los órganos de gobierno de las Administraciones Públicas y publicada en el diario oficial correspondiente.

Segundo. Dispone el artículo 53.4 de la Ley 1/2021, de 29 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para 2021, que, respetando, en todo caso, las disponibilidades presupuestarias del capítulo I de los correspondientes presupuestos de gastos, la tasa de reposición se fijará en el porcentaje que se determine en la normativa básica establecida en materia presupuestaria para el año 2021.

La Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 (LPGE 2021), establece, en su artículo 18, las bases y la coordinación de la planificación general de la actividad económica en materia de gastos de personal al servicio del sector público, considerando expresamente como parte constitutiva de dicho sector público a las Universidades de la competencia de las Comunidades Autónomas.

Tercero. El Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en su Artículo 2. Procesos de estabilización de empleo temporal indica que:

'se autoriza una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal que incluirá las plazas de naturaleza estructural que, estén o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otra forma de organización de recursos humanos que estén contempladas en las distintas Administraciones Públicas y estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020'.

(...)

Las ofertas de empleo que articulen los procesos de estabilización contemplados en el apartado 1, así como el nuevo proceso de estabilización, deberán aprobarse y publicarse en los respectivos diarios oficiales antes de 31 de diciembre de 2021 y serán coordinados por las Administraciones Públicas competentes.

La publicación de las convocatorias de los procesos selectivos para la cobertura de las plazas incluidas en las ofertas de empleo público deberá producirse antes de 31 de diciembre de 2022.

La resolución de estos procesos selectivos deberá finalizar antes de 31 de diciembre de 2024.

Cuarto. Las plazas que cumplen con el requisito de naturaleza estructural que, estando dotadas presupuestariamente, han estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020 ascienden a 11. Todas ellas expuestas a continuación:

Departamento Área de conocimiento Nº de
   plazas  
Categoría
R101- Agricultura y alimentación Ingeniería agroforestal 1 Contratado Doctor
R115- Ciencias de la educación Didáctica y organización escolar 1 Titular de Universidad
R114- Ciencias humanas Historia del arte 1 Titular de Universidad
R103- Derecho Trabajo social y servicios sociales 1 Contratado Doctor
R104- Economía y empresa Economía aplicada 1 Contratado Doctor
R106- Filologías hispánica y clásicas   
Didáctica de la lengua y la literatura   
1 Contratado Doctor
R107- Filologías modernas Filología francesa 1 Contratado Doctor
R107- Filologías modernas Filología inglesa 2 Contratado Doctor
R111- Matemáticas y computación Didáctica de la matemática 1 Titular de Universidad
R112- Química Física aplicada 1 Titular de Universidad

Quinto. Por otra parte, ha de tenerse en cuenta la previsión contenida en el artículo 81.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, según la cual, al estado de gastos corrientes de los presupuestos de las universidades, se acompañará la relación de puestos de trabajo del personal de todas las categorías de la Universidad, especificando la totalidad de los costes de la misma e incluyendo un anexo en el que figuren los puestos de nuevo ingreso que se proponen.

Sexto. El Presupuesto de la Universidad de La Rioja para el año 2021, aprobado por el Consejo Social de la Universidad con fecha 29 de marzo de 2021, incluye, en su anexo 4.5.8 la Relación de Puestos de Trabajo del Personal Docente e Investigador, en la que se encuentran las plazas citadas y que, al estar cubiertas en la actualidad, aunque de forma temporal, no suponen incremento de gasto, ni de efectivos.

En virtud de lo anterior, el Consejo de Gobierno de la Universidad de La Rioja, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 50 de los Estatutos de la Universidad de La Rioja, en sesión celebrada el 17 de diciembre de 2021, adopta el siguiente,

ACUERDO

Primero. Aprobar la oferta de empleo público del personal docente e investigador de la Universidad de La Rioja para el año 2021, adicional para la estabilización de empleo temporal que estará integrada por las siguientes plazas que estará integrada por las siguientes plazas:

Cuerpo

Nº de plazas

   Sistema de acceso   

  Requisitos adicionales 

Titulares de Universidad

4

Libre

-

Profesor Contratado Doctor              

7

Libre

 
Total 11    

Segundo. Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de La Rioja.

Tercero. El presente acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

Contra el presente acuerdo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Logroño

No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra el presente acuerdo un recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Consejo de Gobierno de la Universidad de La Rioja, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso administrativo anteriormente citado en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

¿Te ha resultado útil el contenido de esta página?
¡Gracias por tu valoración!
Al 63% de las personas esto les resultó útil.
Subir