Aprobación de la Oferta de Empleo Público del año 2021
Mediante Resolución de Alcaldía de 27 de diciembre de 2021 se aprobó la Oferta de Empleo Público para el año 2021, en los términos que seguidamente se detallan:
Primero. Aprobar la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal, con la siguiente relación de plazas:
- Adicional consolidación empleo temporal (DT 4ª TREBEP)
Denominación | Categoría Laboral | Vacantes D.T. 4ª TRELEBEP | |
Personal de Brigada | C2/AP | 1 | |
Personal de Limpieza | AP | 1 |
- Tasa adicional estabilización empleo temporal (artículo 2 Real Decreto 14/2021, de 6 de julio)
Denominación | Categoría Laboral | Vacantes | |
Personal servicios varios | AP | 1 |
Segundo. Publicar la oferta de empleo público en la sede electrónica de este ayuntamiento, tablón de anuncios y en el boletín Oficial de La Rioja antes del 31 de diciembre de 2021.
Tercero. Convocar las plazas ofertadas en ejecución de la presente Oferta de Empleo Público dentro del plazo improrrogable de tres años a contar desde su fecha de publicación.
La publicación de las convocatorias para la cobertura de las plazas incluidas en la oferta para la estabilización temporal deberá producirse antes del 31 de diciembre de 2022 y la resolución de estos procesos selectivos deberá finalizar antes del 31 de diciembre de 2024.
Cuarto. Remitir copia de la presente resolución a la administración del estado , en cumplimiento de lo establecido en el artículo 56.1 de la Ley 7/1985 , de 2 de abril y en el Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2021.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de La Rioja, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la presente publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer usted cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Alberite a 27 de diciembre de 2021.- El Alcalde-Presidente, Sergio Tudelilla Laguardia.