Gobierno de La Rioja

Núm. 25
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Lunes 7 de febrero de 2022
CONSEJERÍA DE DESARROLLO AUTONÓMICO
III..495

Resolución 3/2022, de 2 de febrero, de la Dirección General de Empleo, Diálogo Social y Relaciones Laborales, por la que se registra y publica el acuerdo sobre tablas salariales para el año 2022 del convenio colectivo de trabajo de aplicación en la empresa Autobuses Logroño, SA, de Logroño (La Rioja)

Visto el acuerdo so

[Aquí aparecen varias imágenes o ficheros anexos en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico]
bre tablas salariales para el año 2022 del convenio colectivo de trabajo de aplicación en la empresa Autobuses Logroño, SA de Logroño (La Rioja) (Código número 26001455012008), suscrito al efecto por la comisión negociadora del mismo con fecha 24 de enero de 2022, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Boletín Oficial del Estado del 24), por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad.

Esta Dirección General de Empleo, Diálogo Social y Relaciones Laborales,

ACUERDA


Primero. Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo. Disponer su publicación en el 'Boletín Oficial de La Rioja'.

Logroño a 2 de febrero de 2022.- El Director General de Empleo, Diálogo Social y Relaciones Laborales, Ignacio Arreche Goitisolo.


Convenio colectivo de trabajo de la empresa Autobuses Logroño, SA

Tabla salarial año 2022


En la ciudad de Logroño, siendo las 16:00 horas del día 24 de enero de 2022, se reúnen en la sede de la mercantil Autobuses Logroño, SA: José Ignacio Jiménez Domínguez y Beatriz de Leonardo Alonso, en representación de la empresa; Francisco Javier de Miguel Martin, Miguel A. Hernández Pérez, y Félix Cebriano Gayo, como representantes de los trabajadores.

El motivo de la reunión es establecer las tablas salariales para el año 2022 en relación con el artículo 19 y 24 del Convenio Colectivo de Trabajo para la empresa Autobuses Logroño, SA.

De conformidad con lo anterior, en función de las competencias asignadas a la Comisión Paritaria, se adoptan, por unanimidad, lo siguientes acuerdos:

Primero. Una vez establecido por el Instituto Nacional de Estadística (INE) que el Índice de Precios al Consumo (IPC) real del año 2021 ha sido el 6,5%, y de acuerdo con lo estipulado en el artículo 19 para el tercer año de vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo para la empresa Autobuses Logroño SA, se procede a actualizar los salarios en vigor en un 7,2%, resultado de añadir el 0,7% al IPC real. Un incremento del 7,2% para los siguientes conceptos salariales: salario base, descanso semanal y festivos, hora extra y complemento de San Mateo.

Segundo. Dar traslado de la presente Acta y de la Tabla Salarial confeccionada al efecto a la Dirección General de Empleo y Relaciones Laborales de La Rioja, para que proceda a efectuar su registro, depósito y posterior publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

Tercero. Designar a José Ignacio Jiménez Domínguez con Documento Nacional de Identidad número: xxx2085xx, en su calidad de representante legal de Autobuses Logroño, SA, para solicitar en su nombre, ante la Dirección General de Trabajo, Industria y Comercio del Gobierno de La Rioja, la inscripción de la Tabla Salarial para el año 2022 correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo para la empresa Autobuses Logroño, SA.

Y para que conste a los efectos establecidos en artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores y en el artículo 16 b) del Real Decreto 713/2010 de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, se extiende la presente acta que es firmada por los miembros de la Comisión Negociadora del citado Convenio Colectivo.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las 16:30 horas en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento, extendiendo la presente Acta que es firmada junto con su anexo por todos los asistentes en prueba de conformidad.

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