Gobierno de La Rioja

Núm. 29
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 11 de febrero de 2022
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
III..534

Resolución 141/2022, de 7 de febrero, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se aprueba el Plan de Formación del año 2022

La Administración de La Rioja, al igual que el resto de administraciones públicas a todos los niveles, se ha visto afectada en la forma de planificar, desarrollar y ejecutar sus funciones debido al nuevo contexto generado por la pandemia de Covid 19. Tal coyuntura ha obligado a replantearse algunas de las premisas que venían guiando la forma de actuar, todo ello al objeto de seguir prestando un servicio público de calidad con unos parámetros diferentes. Además, esta coyuntura excepcional ha servido para aumentar nuestra capacidad de adaptación y respuesta ante nuevas circunstancias. Esta nueva forma de actuar resulta más patente que nunca en todos aquellos aspectos relacionados con la formación de las empleadas y los empleados públicos

Ante tal situación, resulta necesario planificar la formación del personal público al servicio de la Administración regional, no sólo con el afán de conseguir el éxito en los resultados, sino también con la previsión de contar con los diferentes escenarios en los que puedan encontrarse en la ejecución de tales competencias.

Por tales motivos y con el fin de que se puedan beneficiar el mayor número posible de personas, nos encontramos ante un plan en el que, además de la impartición de los contenidos formativos, cobran especial relevancia tanto la forma o la modalidad de realizar los diferentes cursos como la metodología aplicada a cada uno de ellos, con independencia del escenario en el que nos encontremos.

La formación es un elemento estratégico en la Administración. Por ello, la protección del interés general y la continuidad en el funcionamiento básico de los servicios que presta la Administración riojana justifican la prosecución del proceso de formación de su personal mediante la convocatoria de actividades formativas, puesto que la formación y la actualización permanente de sus competencias constituyen tanto un derecho como una obligación, y son un elemento estratégico en la organización, algo especialmente necesario para adaptarse a los continuos cambios que el servicio a la ciudadanía requiere.

La Consejería de Hacienda y Administración Pública, a través de la Dirección General de Función Pública, tiene encomendada la importante labor de ofrecer un conjunto formativo permanente que atienda a las particularidades propias del personal que integra la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Por ello, elabora de forma consensuada un plan de formación que quiere dar respuesta a las necesidades formativas tendentes a la creación de una administración abierta y moderna.

El Plan de Formación se elabora con un proceso previo de detección de necesidades formativas en el que han participado las diferentes Secretarias Generales Técnicas de las Consejerías, las centrales sindicales y la Dirección General de Función Pública.

Como resultado de este proceso, el Plan de Formación engloba variados ámbitos formativos, entre los que destacan: la formación especializada; la prevención de riesgos laborales; la gestión económico-presupuestaria; la administración electrónica; la dirección y gerencia pública; las políticas de igualdad; y la transparencia y buen gobierno. Áreas y materias que responden a diferentes entornos de aprendizaje, metodologías y condiciones de participación con el objetivo de ofrecer óptimas respuestas a las necesidades formativas del personal público y, de esta forma, contribuir al mantenimiento y la mejora permanente de la calidad de los servicios públicos.

El desarrollo y la ejecución de la política de formación de los empleados públicos constituye uno de los fines esenciales de la Escuela Riojana de Administración Pública, sin perjuicio de las competencias específicas que se reconozcan sobre estas materias a otras entidades.

Por todo ello, la Escuela Riojana de Administración Pública, como unidad administrativa dependiente de la Dirección General de Función Pública, ha elaborado un Plan de Formación para 2022 que recoge entre sus objetivos formativos el trabajo colaborativo con metodologías participativas de aprendizaje, consolidando el aprendizaje permanente con cursos online en formato aula abierta. Asimismo, aboga por una continuación en el despliegue de las políticas de igualdad y trasparencia; el mantenimiento de la formación en idiomas y herramientas ofimáticas, -que suponen una formación transversal en la administración-, así como proseguir con la formación en el ámbito de la prevención de riesgos laborales y las acciones específicas para los empleados públicos, según el área de prestación de sus servicios.

El plan también incluye la formación de los empleados locales en los procesos de modernización, transformación y cambio de los entes locales que aquellos deben propiciar.

Con carácter general, el Plan de Formación 2022 pretende orientar el proceso formativo hacia la mejora de las capacidades, conocimientos, cualificación y habilidades del personal, constituyendo una parte importante dentro de la carrera profesional de las empleadas y los empleados públicos.

Este Plan se hace extensivo a otros colectivos e instituciones públicas mediante la firma de acuerdos y convenios de colaboración, con la finalidad de aprovechar las sinergias del mismo y conseguir una mayor eficiencia y eficacia en su ejecución, optimizando los recursos públicos disponibles.

Teniendo en cuenta lo expuesto, y de acuerdo con:

El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que en su artículo 1.3.g) incluye como uno de los fundamentos de actuación de las Administraciones Públicas el 'desarrollo y cualificación profesional permanente de los empleados públicos'. Por su parte, el artículo 14.g) reconoce como un derecho de carácter individual de los empleados públicos el derecho 'a la formación continua y a la actualización permanente de sus conocimientos y capacidades profesionales, preferentemente en horario laboral'.

La Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que en su artículo 47 dispone que la formación y el perfeccionamiento de todo el personal a su servicio constituye un derecho y es de interés permanente para la Administración autonómica, y en consecuencia 'se facilitará al personal la realización de estudios, el acceso a cursos de formación, perfeccionamiento, actualización y capacitación profesional que organice la Consejería de Administraciones Públicas directamente o por concierto con otras entidades. La realización de estos cursos puede ser obligatoria en determinados puestos de trabajo y siempre que no suponga cambio de residencia'; y en su artículo 48.h) establece como uno de los derechos de los funcionarios en servicio activo el derecho a la mejora de las condiciones de trabajo, a la formación y al perfeccionamiento de sus aptitudes profesionales'.

El Decreto 43/2020, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, cuyo artículo 8.2.7.r) atribuye a la Dirección General de la Función Pública 'la formación de carácter general del personal al servicio del sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, incluyendo al personal del Sistema Riojano de Salud atendiendo a las propuestas elevadas por la Consejería competente en materia de salud, con exclusión de la formación específica, que se seguirá realizando por dicha Consejería'.

El Decreto 63/1999, de 10 de septiembre, por el que se crea la Escuela Riojana de Administración Pública y se determina su régimen, estructura y funcionamiento; la cual queda configurada 'como el órgano de selección, formación y perfeccionamiento del personal al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que, con rango orgánico de Servicio, queda adscrita a la Dirección General de la Función Pública' (artículo 1), y a la que le corresponde la elaboración, propuesta y publicación del Plan de Formación Anual, que será aprobado por el titular de la Consejería competente en materia de función pública (artículos 5 y 6).

Y, finalmente, el Acuerdo y el Convenio Colectivo 2008-2011 para el personal funcionario y laboral al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, cuyos artículos 18 y 19 están dedicados, respectivamente, a la 'formación profesional' y a la 'oferta formativa y tiempos para la formación', y en los que se establece que 'la Escuela Riojana de Administración Pública desarrollará el Plan de Formación que la Consejería competente en materia de Función Pública apruebe y lo coordinará con los que puedan desarrollar las Organizaciones Sindicales y otras Instituciones en colaboración con la primera, o con fondos de Formación Continua' (artículo 18.2).

Esta Consejería de Hacienda y Administración Pública, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,

RESUELVE

Aprobar el Plan de Formación para el año 2022.

Logroño a 7 de febrero de 2022.- El Consejero de Hacienda y Administración Pública, Celso González González.

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