Gobierno de La Rioja

Núm. 32
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Miércoles 16 de febrero de 2022
CONSEJERÍA DE SALUD
III..627

Resolución 3/2022, de 8 de febrero, de la Consejería de Salud, por la que se convocan subvenciones en materia de consumo, ejercicio 2022, para asociaciones de consumidores y usuarios (extracto)

BDNS: 608551

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/608551)

Primero. Objeto.

Promover el funcionamiento de las asociaciones de consumidores mediante la concesión de ayudas, para atender tanto a sus gastos corrientes de funcionamiento y de las actividades, como a la atención a los gastos de capital.

Segundo. Beneficiarios.

Las asociaciones de consumidores y usuarios de ámbito autonómico en las que no concurra ninguna de las circunstancias impeditivas previstas en el artículo 13 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja; y que estén inscritas en el Registro de Organizaciones de Consumidores de La Rioja regulado por el Decreto 6/2017, de 17 de febrero.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden 9/2008, de 28 de julio, de la Consejería de Salud, por la que se establecen las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de consumo a asociaciones de consumidores y usuarios (Boletín Oficial de La Rioja número 102, de 1 de agosto de 2008).

Cuarto. Cuantía.

Para atender las obligaciones se asigna un Importe total de 91.314 euros en las siguientes partidas presupuestarias que se indican:

06.03.3132.480.00, gastos corrientes, la cantidad de 83.020,00 euros.

06.03.3132.781.00, gastos de capital, la cantidad de 8.294,00 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Veinte días desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

Sexto. Otros datos de interés.

Convocatoria: El texto íntegro de la resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja. (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&area=CONSUMO)

Solicitudes: Los impresos de solicitud podrán obtenerse en la sede electrónica del Gobierno de La Rioja en el área temática de consumo, (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&area=CONSUMO)

Las solicitudes y la documentación exigida igualmente deberán presentarse en la sede electrónica del Gobierno de la Rioja (www.larioja.org) en el apartado de oficina electrónica, en el área temática consumo o de cualquier forma prevista en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Documentación: La prevista en el artículo 6 de las Bases Reguladoras

Criterios de valoración: Los previstos en el artículo 11 de las Bases Reguladoras.

Forma de pago: Según lo previsto en el artículo 19 de las Bases Reguladoras.

Plazo de justificación: Según lo previsto en el artículo 17 de las Bases Reguladoras.

Logroño a 8 de febrero de 2022.- La Consejera de Salud, María Somalo San Juan.

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