Resolución 17/2022, de 22 de febrero, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se convocan subvenciones de emancipación juvenil en materia de formación para jóvenes demandantes de empleo para el año 2022 (extracto)
BDNS: 611758
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/index.es).
Primero. Beneficiarios.
Podrán presentar solicitudes a la presente convocatoria los jóvenes demandantes de empleo en situación de alta en cualquiera de las oficinas de Empleo de la Rioja, tanto no ocupados como ocupados o aquellos jóvenes que no estando ya de alta como demandantes de empleo en el momento de formalizar su solicitud lo hayan estado al menos un día en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2022 hasta la fecha de dicha formalización, siendo la fecha de fin de plazo para la presentación de solicitudes el 15 de junio de 2022, y empadronados en La Rioja, tal y como dispone el artículo 2.1 f) de la orden 5/2017, de 7 de junio, de la Consejería de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia, por el que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas, con edades comprendidas entre los 18 a 35 años en el marco de la posibilidad prevista en la Disposición Final Segunda de la Orden de bases reguladoras.
Segundo. Objeto.
Es objeto de esta convocatoria apoyar la formación para jóvenes demandantes de empleo que coadyuve a su emancipación juvenil posibilitando adquirir una formación que les facilite la adquisición de habilidades y conocimientos necesarios para poder acceder a un puesto de trabajo o mejorar del que disponen cara a su independencia económica y domiciliaria.
El periodo subvencionable se extiende para toda actividad que se encuentre comprendida entre el 1 de diciembre de 2021 y el 30 de noviembre de 2022.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden 5/2017, de 7 de junio, de la Consejería de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de Juventud (Boletín Oficial de La Rioja número 69, de 19 de junio de 2017).
Cuarto. Cuantía.
Un importe total de doscientos mil euros (200.000 euros) que se imputará a la partida presupuestaria 2021.08.06.2711.480.01
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente a la publicación del extracto de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja, en los lugares señalados a tal efecto en el artículo 9.1 de la Orden 5/2017, de 7 de junio, y finalizará el 15 de junio de 2022.
Sexto. Otros datos de interés.
- Convocatoria.- El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja
(https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=24664)
- Solicitudes.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Orden 5/2017, de 7 de junio, los jóvenes podrán optar entre presentar su solicitud de manera telemática a través de la oficina electrónica del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org) utilizando los sistemas de firma empleados en la misma, de conformidad con el artículo 16.4 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien de manera presencial en la sede de la Dirección General del Instituto Riojano de la Juventud.
- Documentación.- La prevista en el Anexo I de la Resolución de 22 de febrero de 2022, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud por la que se convocan subvenciones de emancipación juvenil en materia de formación para jóvenes demandantes de empleo para el año 2022, tal y como establecen los apartados octavo y noveno de la misma.
- Procedimiento de concesión.- Línea de subvención en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios recogidos en el artículo 8.3 del Decreto 14/2006, del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Justificación.- En lo referente a la justificación de la subvención, se estará a lo dispuesto en el apartado décimo de la Resolución de 22 de febrero de 2022, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud por la que se convocan subvenciones de emancipación juvenil en materia de formación para jóvenes demandantes de empleo para el año 2022.
Logroño a 22 de febrero de 2022.- El Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, Pedro María Uruñuela Nájera.