Gobierno de La Rioja

Núm. 54
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 18 de marzo de 2022
CONSEJERÍA DE DESARROLLO AUTONÓMICO
III..1006

Resolución 954/2022, de 15 de marzo, de la Consejería de Desarrollo Autonómico, por la que se aprueba el gasto para la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la contratación de trabajadores desempleados de 30 años o más, para la realización de obras y servicios de interés general y social para el año 2022 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja en aplicación de la Orden 8/2016, de 29 de junio, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de dichas ayudas (extracto)

BDNS: 615375

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/615375)

Primero. Beneficiarios.

Podrán acogerse a las subvenciones objeto de esta convocatoria, las corporaciones locales de La Rioja y sus entidades dependientes o vinculadas, los órganos de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos, las universidades con sede en La Rioja y otras entidades o instituciones sin ánimo de lucro con sede en La Rioja, que cumplan los requisitos establecidos en la Orden 8/2016, de 29 de junio.

Segundo. Objeto.

Concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a las entidades indicadas en el artículo 5, de la Orden 8/2016, que contraten a trabajadores desempleados de 30 años o más, para la realización de obras y servicios de interés general.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden 8/2016, de 29 de junio, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la contratación de trabajadores desempleados de 30 años o más, para la realización de obras y servicios de interés general y social, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja publicada en el Boletín Oficial de La Rioja número 77, de 4 de julio de 2016.

Cuarto. Cuantía.

En la presente convocatoria se aprueba el gasto, de dos millones trescientos setenta y cuatro mil euros (2.374.000,00 euros), con la siguiente distribución: con cargo al presupuesto de gastos para el ejercicio 2022, la cantidad de un millón ciento ochenta y siete mil euros (1.187.000 euros) y con cargo al presupuesto futuro de gastos para el ejercicio 2023, un millón ciento ochenta y siete mil euros (1.187.000 euros).

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23 ter del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, esta distribución tiene carácter estimativo. Conforme al Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, artículo 58. Aprobación del gasto por una cuantía máxima y distribución entre créditos presupuestarios, apartados 4 y 5, podrá procederse a la distribución definitiva de los créditos presupuestarios con carácter previo a la resolución de concesión.




Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del presente extracto de la Resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

Sexto. Otros datos de interés.

- Convocatoria: El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=24170) de la página web del Gobierno de La Rioja.

- Solicitudes. Los solicitantes de las ayudas están obligados a presentar la solicitud a través de medios electrónicos en el modelo que se encuentra disponible en la oficina electrónica de la sede electrónica del Gobierno de La (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=24170) en el área temática Empleo y Formación.

- Obligaciones. Los beneficiarios se someterán a las establecidas en el artículo 13 de la orden reguladora.

Logroño a 15 de marzo de 2022.- El Consejero de Desarrollo Autonómico, José Ángel Lacalzada Esquivel.

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