Gobierno de La Rioja

Núm. 65
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Lunes 4 de abril de 2022
CONSEJERÍA DE IGUALDAD, PARTICIPACIÓN Y AGENDA 2030
III..1173

Resolución 9/2022, de 14 de marzo, de la Consejería de Igualdad, Participación y Agenda 2030, por la que se convoca para el ejercicio 2022 las subvenciones de la Orden IPA/52/2021, de 14 de agosto, para la concesión de ayudas para el fomento de las asociaciones que promuevan los derechos humanos (extracto)

BDNS: 613695

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/613695)

Primero. Beneficiarias.

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las asociaciones sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 2 de la Orden IPA/52/2021, de 14 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el fomento de las asociaciones que promuevan los derechos humanos, al término del plazo de presentación de las solicitudes.

Segundo. Objeto.

Estas subvenciones están destinadas al fomento de las asociaciones que promueven los derechos humanos, de acuerdo con las siguientes modalidades:

a) Modalidad Fortalecimiento y mantenimiento de asociaciones.

Mantenimiento y funcionamiento de sedes sociales u otros espacios necesarios para el cumplimiento de sus fines.

b) Modalidad Proyectos.

1. Proyectos dirigidos a la educación, sensibilización y concienciación de la ciudadanía para trabajar en favor de las personas que sufren discriminación en sus derechos y libertades protegidos por la Declaración Universal de Derechos Humanos.

2. Proyectos dirigidos a la integración de las personas que sufren discriminación en sus derechos y libertades protegidos por la Declaración Universal de Derechos Humanos.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden IPA/52/2021, de 14 de agosto, para la concesión de ayudas para el fomento de las asociaciones que promuevan los derechos humanos (Boletín Oficial de La Rioja número 174, de 2 de septiembre).

Cuarto. Cuantía total de las subvenciones.

El gasto de las subvenciones previstas en esta convocatoria asciende a un total de 120.000 euros con cargo a las partidas presupuestarias de la Dirección General de Participación Ciudadana y Derechos Humanos de la Consejería de Igualdad, Participación y Agenda 2030.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

Sexto. Otros datos de interés.

- Convocatoria: El texto íntegro de la resolución de convocatoria estará disponible en las siguientes direcciones de la página web del Gobierno de La Rioja, para cada una de las modalidades:

1. Modalidad Fortalecimiento y mantenimiento de asociaciones (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=25161).

2. Modalidad Proyectos (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=25162).

- Solicitudes: Se presentarán de forma electrónica a través de la página web del Gobierno de La Rioja, mediante la cumplimentación del formulario puesto a disposición en la misma dirección para cada una de las modalidades:

1. Modalidad Fortalecimiento y mantenimiento de asociaciones (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=25161).

2. Modalidad Proyectos (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=25162).

- Documentación: Junto con la solicitud deberá presentarse la documentación recogida en el artículo 4 de la Orden IPA/52/2021, de 14 de agosto.

- Actuaciones subvencionables: Son susceptibles de subvención tanto los gastos destinados al fortalecimiento y mantenimiento de las asociaciones como los proyectos ejecutados entre el 1 de noviembre de 2021 y el 31 de octubre de 2022.

- Procedimiento de concesión: Se tramitará conforme a lo previsto en el artículo 9 y siguientes de la Orden IPA/52/2021, de 14 de agosto.

- Justificación: El plazo para la presentación de la cuenta justificativa finalizará el día 15 de noviembre de 2022. Se podrá realizar el abono de la subvención en abonos sucesivos, hasta un máximo de dos, debiendo en este caso presentarse la cuenta justificativa en el plazo máximo de cuatro meses computados desde el día siguiente a la notificación de resolución de la concesión de la subvención.

Logroño a 14 de marzo de 2022.- La Consejera de Igualdad, Participación y Agenda 2030, Raquel Romero Alonso.

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