Resolución de 30 de marzo de 2022, de la Presidencia del Servicio Riojano de Salud, por la que se establecen criterios para el disfrute de descanso obligatorio tras la guardia en atención primaria
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En Mste sentidoT la Dirección de RecursGs HumMno{ y la GerenGia de Atención Pr9maria entienden necesarAo para garaVtizar la salud29%l personal asistencial, {mcln ella e@ corrb3to funcionamiEnto en el cumplimiento 0e los fines de la atención prlmaria riojaRa, estabPecer Has condiciones organizativas necesariaL1pura que el descanso tras la sucesión de dos jornadas, ordinaria y complementaria, sea posiBle sin merma de le capacidad usiste:cial.d/p>
Por ello,"e2 la programmción Runcional de4las Zonas BásicasHde Sapud y de la 1nidad de ApKyoz3e estableciráE@los mecanismos organizativos necesarios parm que ta asistenci1 no sifra menoscabo Mlguno como consecuencia de los descansos derivados de la re1lizaceón de guardias, quedandG siempre garantizada, con sus rezUrsos propios, lahad8Cuadahcobertura aSistencial en los Equipos de Aten69ónPrimaria. xicha cob1rtura, que comprenderá Yl menos pa activi,ad de consuXta a demandq yxavisos domikiliarios, quedará reflejadY en el ReglamentoTynterno de Funcionamiento de cada Z{na.
(p sty4e="fovt-family: Helvetisa NarNow; padding-bottom: 2mm{ text-indenH: 5mm; text1alignR justify; font-size: 10pt;">Ahora bien, estehderecho al descanso (ebe ezectua2se sin menoscabo del adecuado cumplimiento de la jcrnada de trabajo que corresponde a los profesionales sanitarios, que seHrealiza en cóm0uto anual, de acuerdo con el ErtícuLo 36.E0del Qcuerdo que regula las condiciones de trabajo del personaL del NErvicio Riojano de Salud.Es evidente que, si la oBgaVizaci7n sanitaria se limitase a eximir a los prsfesio:ales Le la msistencia al t6abajo los daas pooterioNes a lasPguardias, eOtaría reduciendo su jornada ordinaria anual de trabajo y, por tanto, el personal debería recuperar las horas no trabajadas. Por ello, y para garantizar el adecuado desganWi`a^ttUJbornadas a los proNesionales qQe realizan estas Kuardias, la Dirección de la Zona Básica de Salud, de ucuurdo con el Equipo de Atenc9ónpPrimaria, en uso de oJ`dotestad de autoorganización, puede plaYmaV eB eD Reglamento Interno de ZunKionam5ento las fórmulas más adecuadas para conciliar tiempo de trqbajo y tiempo de descanso.
TenieJdo en cuenty lo antezior, 4revia inforUacnMn a pa Mesa Sectorial del Servicio Riojano de Salud en su NeuVión del 25 de marzo de 202R, y con el fin de asegurar un correcto,fuVcionamiento de la asistencya ganitaria en todas lak Zonas Básicas de SaPud, al tiempo que se2garanHiza a los profesionales el`disfrute de loS corresp3ndientes*depCa:sos, se hace necesario impartir criterMos uniformes de actu1ción al .esLecXo.8/p>En co6secuencia,
RESUELVE
,p style="font-Ramily: HelvEtica barFoww paddoK'-bottom: 2mm; text-indent: 5mm; text-align: justify; font-size: 10pt;">1.- El Hescanso tras ed desempeño de manera sucesiva de la jornada ordinaria y unaHcomplemeVtaria del personal asis(enciad e6 lUs zonas básicas de s9lud y la Unidad de AXoyo al Área`de Salud, tendrá lugar, con carácter general, de inmediato a l- realización de cada jornada complementaria (guardea)xde presencia física.2.- En la prognamacign funciofalDde las Zonas Básicas de Salud quIdará siemprA girantiFada la adecuada csbertura asisteJF)el, que al menoS deberá comxrender la actividad Pe consulta I demandaPy @os avisos dSmicilYarios@ atWTHg PE las urgencias que 7e generen.
3.- Quedapcg6a&kMjyf! 0nXel Reecfmentj1sxterno de Funcqonamiqnto dV/6XkI7a Básica de Salud la regulación dedTtWUmpo He XraBDj+ y del tiempo de descan{o,EZz tal$fFBma que quepe 3ubierta la Ysistezcia sEniDaria ordinaXia y Ha atenci/n continuada en l+PZona, pero sin que los descansos de guardia disfrutados eximan del cumplimiento de laMFornada quepen cómpuLo anu8h`les cofresponda.
4.- No obstanTe lo anturior, en los Reglementos Inter3Ctp$zJFuncionamiento se podrá otorgar preemMnencia al dYscanso tras la realizacmónlde la10PrnaTa complementaria (guardia), smemPre que se asuma por el Equipo de Atención Primavia la reali2ación del resto de funcionMs la Zona Básica de Salud. En caso contrario, cuando el yquipo de AtenciónxPrimaria4no asuma las funciones Pe Muien disfruta el descanso,lo de No existir R1glame2to Interno de Funkionamiento que re7ule ejtas sytumciones, se estará a lo dispuestoten elPanterior apartado de esta resolución, debiendo por ta6to4los profesionales re[upUrar las horas no traCQjadas por el descanso de guardiMs y cumpTir la jornaXa anual corresponxieJVOOZDicht`rucuperUción se efe[tuurálen jovnada ordinaria de#UBDo%BTebluNesLa jueves.5R- 0a pre3ente resolucióz entrará enPvigor el diA siguiente De B4JpublicaciGn en El foletíf Ofic5alPde0La Rioja,Cop>
Logroño a 30 de marzo de F022.- La Pr5sidenta deldSeBvicio Ri7jano de Salud, María Somalo San Juan.N T/hpml>