Gobierno de La Rioja

Núm. 68
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Jueves 7 de abril de 2022
CONSEJERÍA DE DESARROLLO AUTONÓMICO
III..1255

Resolución 1072/2022, de 1 de abril, de la Consejería de Desarrollo Autonómico, por la que se convocan ayudas sociales de permanencia en la Universidad de La Rioja durante el curso 2021/2022 (extracto)

BDNS: 618782

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/618782)

Primero. Convocatoria.

Se convocan ayudas sociales de permanencia en la Universidad de La Rioja durante el curso 2021/2022.

Segundo. Beneficiarios.

Estudiantes que se encuentren realizando estudios oficiales de Grado en la Universidad de La Rioja en el curso 2021/2022 y con créditos matriculados en terceras, cuartas y sucesivas matrículas que, en la fecha de cierre de presentación de solicitudes, cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras.

Quedan excluidos del ámbito de aplicación de estas ayudas los supuestos previstos en el apartado segundo de la Resolución de convocatoria.

Tercero. Objeto.

Financiación parcial de terceras, cuartas y sucesivas matrículas de los alumnos, que, cumpliendo los requisitos establecidos en la Orden EDU/30/2018, de 29 de mayo, estén matriculados en la Universidad de La Rioja en el curso 2021/2022.

Cuarto. Bases reguladoras.

Orden EDU/30/2018, de 29 de mayo, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se regula el procedimiento de concesión de ayudas sociales de permanencia en la Universidad de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja 06/06/2018).

Quinto. Cuantía.

Total de la subvención: 50.000 euros.

Sexto. Presentación.

La presentación de la solicitud deberá ser firmada electrónicamente por el solicitante.

Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.

Veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de La Rioja.

Octavo. Otros datos de interés.

- Solicitud: se realizará mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=24434).

- Documentación: la prevista en el apartado octavo de la Resolución de convocatoria.

- Requisitos de concesión: los previstos en los apartados tercero y cuarto de la Resolución de convocatoria.

- Forma de abono: conforme a lo establecido en el apartado decimotercero de la Resolución de convocatoria.

Logroño a 1 de abril de 2022.- El Consejero de Desarrollo Autonómico, José Ángel Lacalzada Esquivel.

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