Resolución 19/2022, de 22 de abril, de la Dirección General de Gestión Educativa, por la que se establece el procedimiento para la adscripción del alumnado de los centros públicos y privados concertados para el curso 2022/2023
El Decreto 24/2021, de 30 de marzo, por el que se regula el procedimiento de admisión del alumnado en los centros públicos y centros privados concertados que imparten segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato recoge, en su artículo 2, que el procedimiento de adscripción del alumnado debe realizarse con anterioridad al proceso de admisión del alumnado para las plazas que queden vacantes.
La Orden EDC/20/2021, de 22 de abril, por la que se regula el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato, modificada por la Orden EDU/16/2022, de 21 de abril, establece en su artículo 7 que el alumnado de los centros con adscripción a uno o varios centros públicos o privados concertados tendrá derecho a reserva de plaza escolar si lo solicita en el plazo correspondiente y según el procedimiento que la Dirección General competente en materia de escolarización determine en la resolución anual.
Procede ahora, dictar la correspondiente resolución para el curso 2022-2023 y en virtud de todo lo anterior y con base a las competencias conferidas por el artículo 2.2 apartado b) del Decreto 47/2020, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, el Director General de Gestión Educativa,
RESUELVE
Primero. Objeto.
La presente resolución tiene por objeto regular el procedimiento para la adscripción del alumnado de los centros públicos y privados concertados para el curso 2022/2023 en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Segundo. Gestión informática del procedimiento de adscripción.
Para la aplicación y desarrollo del procedimiento, los centros educativos utilizarán la plataforma Racima donde se grabarán todas las solicitudes presentadas.
Tercero. Plazo de presentación de solicitudes en los centros.
1. El plazo para que los padres, madres o personas que ejerzan la guarda legal del alumnado de los centros con adscripción presenten la solicitud de reserva de plaza para el curso 2022/2023 es del 26 de abril al 3 de mayo de 2022.
2. La solicitud firmada deberá presentarse en el centro donde el alumnado está matriculado en el actual curso 2021/2022 dentro del plazo establecido en el apartado anterior.
Cuarto. Procedimiento de adscripción del alumnado.
1. Los centros educativos públicos y privados concertados, con adscripción a uno o varios centros, deberán entregar a todas las familias o a las personas que ejerzan la guarda legal la solicitud de adscripción, una vez publicada la presente resolución en el Boletín Oficial de la Rioja.
2. Los centros deberán entregar copia de la solicitud presentada a cada familia.
Quinto. Centros con adscripción a más de un centro educativo.
1. El alumnado de los centros con adscripción a varios centros educativos, tanto públicos como privados concertados, deben especificar en la solicitud el orden de preferencia de los centros a los que pueden optar para la reserva de plaza, así como la presentación de la documentación necesaria para la justificación de los criterios de baremación, recogidos en el Anexo I del Decreto 24/2021, de 30 de marzo, por el que se regula el procedimiento de admisión del alumnado en los centros públicos y centros privados concertados que imparten segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato.
2. En el caso de solicitar la adscripción solamente a uno de los centros a los que se puede optar, se especificará en la solicitud. En caso de no obtener plaza en el mismo, se deberá participar en el proceso ordinario de escolarización para obtener alguna de las plazas que queden vacantes.
Sexto. Asignación de plazas escolares por adscripción del alumnado.
1. La solicitud de reserva de plaza escolar por el procedimiento de adscripción supone la renuncia a participar en el proceso ordinario de escolarización del alumnado.
2. Las plazas escolares asignadas por el procedimiento de adscripción serán las plazas definitivas en el curso 2022/2023 para el alumnado que las ha solicitado.
Séptimo. Publicación de listas.
1. El 6 de mayo de 2022 se publicarán las listas provisionales del alumnado que ha obtenido plaza por adscripción en los diferentes centros educativos, siguiendo lo dispuesto en la disposición adicional primera de la mencionada Orden EDC/20/2021, de 22 de abril.
2. Contra estas listas se podrán interponer, en el plazo de tres días hábiles desde el día siguiente a su publicación, reclamaciones ante la Oficina de Escolarización Permanente.
3. Resueltas las reclamaciones a las listas provisionales, la Oficina de Escolarización Permanente propondrá las listas definitivas, que se publicarán el día 13 de mayo, siguiendo lo dispuesto en la disposición adicional primera de la mencionada Orden EDC/20/2021, de 22 de abril.
4. Las listas definitivas podrán ser recurridas mediante recurso de alzada ante el Director General de Gestión Educativa en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de las mismas.
Octavo. Recursos.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de La Rioja, de conformidad a lo previsto en los artículos 121 y siguientes de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Logroño a 22 de abril de 2022.- El Director General de Gestión Educativa, Emilio Ángel Izquierdo Sáenz.