Gobierno de La Rioja

Núm. 87
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Lunes 9 de mayo de 2022
CONSEJERÍA DE SERVICIOS SOCIALES Y GOBERNANZA PÚBLICA
II.B.332

Resolución 734/2022, de 4 de mayo, de la Dirección General de Justicia e Interior, por la que se convoca provisión temporal mediante el sistema de comisión de servicio, de un puesto de trabajo vacante entre personal funcionario de carrera del Cuerpo de Médicos Forenses

La ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial en su artículo 527.1 y el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, en su artículo 73, regulan las comisiones de servicio.

[Aquí aparecen varias imágenes o ficheros anexos en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico]

En su desarrollo, la Orden 2/2014, de 21 de octubre, de la Consejería de Presidencia y Justicia del Gobierno de La Rioja, regula algunos aspectos sobre determinadas formas de provisión temporal de funcionarios de los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia, entre ellas las Comisiones de Servicio, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

La Orden PSO/5/2018, de 30 de enero , por la que se regula la tramitación electrónica en determinados procedimientos selectivos y de provisión de puestos de trabajo correspondientes al personal funcionario de los cuerpos al servicio de la administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de La Rioja, establece la tramitación exclusivamente electrónica en la forma y solamente respecto a los trámites en los que así se establezca en las convocatorias de este procedimiento de provisión temporal a través de Comisiones de Servicios.

Atendiendo al prevalente interés del servicio y con la finalidad de que determinados puestos de trabajo sean cubiertos por funcionarios de carrera, procede anunciar la convocatoria para su provisión temporal, con el objeto de que los interesados puedan solicitar el otorgamiento de comisiones de servicio.

Por ello, esta Dirección General, en uso de las facultades que tiene conferidas,

RESUELVE

Primero. Objeto.

La presente convocatoria tiene por objeto posibilitar la provisión temporal mediante el otorgamiento en comisión de servicio, de los puestos de trabajo que se indican en el Anexo I, por parte de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia pertenecientes al cuerpo de Médicos Forenses.

Segundo. Solicitantes.

Podrán solicitar la comisión de servicio con relevación de funciones en sus puestos actuales, los funcionarios de carrera del cuerpo o escala de Médico Forense, con destino en órganos radicados en todo el territorio nacional, en situación de servicio activo en el mismo cuerpo del puesto que se convoca.

Tercero. Solicitudes: forma, plazo y documentación.

Los interesados deberán presentar una solicitud ajustada al modelo de instancia que se adjunta como Anexo II a esta resolución.

Los interesados deberán realizar su solicitud de forma electrónica a través de la sede electrónica de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja en la siguiente dirección (www.larioja.org/justicia). Deberán rellenar la solicitud que figura en la misma y aportar los documentos requeridos y firmarla, todo ello con certificado digital.

El plazo de presentación de solicitudes será de 5 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

El interesado podrá consultar su expediente accediendo a la Carpeta del Ciudadano del Gobierno de La Rioja a través de la dirección de internet (www. larioja.org/carpeta-ciudadano/es).

Una vez cumplimentada y remitida correctamente la solicitud por via electrónica, se generará un acuse de recibo con la fecha y el número de registro de entrada que acreditará que ha sido enviada correctamente. Sólo en este caso se entenderá correctamente enviada la solicitud electrónica.

Con la presentación de la solicitud, el interesado declara ser ciertos los datos y documentos aportados. La administración podrá en cualquier momento exigir prueba documental adicional sobre los mismos.

Cuarto. Informe.

La solicitud de comisión de servicio deberá remitirse con el informe preceptivo del responsable funcional (Letrado de la Administración de Justicia, Fiscal Superior, Director del Instituto de Medicina Legal) del órgano, servicio, o unidad en que se encuentre destinado el funcionario peticionario y además con el informe favorable de la Dirección General correspondiente y órgano equivalente en el caso de los funcionarios destinados en otras Comunidades Autónomas con competencias transferidas en materia de Justicia o en el ámbito territorial gestionado por el Ministerio de Justicia.

Quinto. Duración de las Comisiones de Servicio, criterio para su otorgamiento.

La comisión de servicio para el puesto ofertado en el Anexo I comenzará el día indicado en la resolución en la que se publique la lista definitiva de las adjudicaciones y tendrá una duración máxima de un año prorrogable por otro, en caso de no haberse cubierto el puesto con carácter definitivo.

En el caso de que haya varios candidatos para un mismo puesto de trabajo, tendrá preferencia el que tenga mayor antigüedad en el cuerpo. En caso de empate se resolverá atendiendo al número de orden obtenido en el proceso selectivo de acceso a dicho cuerpo.

La provisión temporal de las plazas ofertadas se concederá con carácter de comisión de servicio voluntaria.

Sexto. Publicación de las listas provisionales y definitivas.

Recibidas todas las solicitudes se procederá a publicar en el tablón de anuncios virtual del Gobierno de La Rioja, la lista con las adjudicaciones provisionales, a fin de que en el plazo de tres días hábiles a contar desde dicha publicación se puedan realizar alegaciones. Transcurrido dicho plazo y a la vista de las alegaciones efectuadas, el Director General de Justicia e Interior dictará resolución en la que se aprobarán las adjudicaciones definitivas y que será publicada en el Tablón de anuncios virtual del Gobierno de La Rioja.

Séptimo. Recursos.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Servicios Sociales y Gobernanza Pública del Gobierno de La Rioja en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112.1, 121 y 122 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Logroño a 4 de mayo de 2022.- El Director General de Justicia e Interior, Jorge Medel Bernardo.

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