Gobierno de La Rioja

Núm. 93
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Martes 17 de mayo de 2022
AYUNTAMIENTO DE CERVERA DEL RÍO ALHAMA
II.B.361

Aprobación de la Oferta de Empleo Público para el año 2022

Por Resolución de Alcaldía de este Ayuntamiento número 2022-0175 de fecha 16 de mayo de 2022, ha sido aprobada la Oferta de Empleo Público correspondiente al ejercicio 2022, en cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en los siguientes términos:

Primero. Aprobar la Oferta de Empleo Público de este Ayuntamiento para el año 2022, que contiene los siguientes puestos de trabajo:

Personal laboral:

   

Categoría

laboral

Especialidad

vacantes

Denominación

Sistema de

acceso

 

 AP

Certificado de escolaridad o asimilado 

Operario Servicios Múltiples 'Jardinería'  

Oposición


Segundo. Publicar la Oferta de Empleo Público en el tablón de anuncios de la corporación, así como en la sede electrónica de este Ayuntamiento (http://cerveradelrioalhama.sedelectronica.es) y en el Boletín Oficial de La Rioja.

Tercero. Convocar las plazas ofertadas en ejecución de la presente Oferta de Empleo Público dentro del plazo improrrogable de tres años a contar desde su fecha de publicación.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante la Alcaldesa de esta Entidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de La Rioja, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer usted cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Cervera del Río Alhama a 16 de mayo de 2022.- La Alcaldesa-Presidenta, Estrella Santana Martínez.

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