Aprobación de la Oferta de Empleo Público para el año 2022
Por Resolución de Alcaldía de este Ayuntamiento número 2022-0175 de fecha 16 de mayo de 2022, ha sido aprobada la Oferta de Empleo Público correspondiente al ejercicio 2022, en cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en los siguientes términos:
Primero. Aprobar la Oferta de Empleo Público de este Ayuntamiento para el año 2022, que contiene los siguientes puestos de trabajo:
Personal laboral:
Categoría laboral | Especialidad | Nº vacantes | Denominación | Sistema de acceso | |
AP | Certificado de escolaridad o asimilado | 1 | Operario Servicios Múltiples 'Jardinería' | Oposición |
Segundo. Publicar la Oferta de Empleo Público en el tablón de anuncios de la corporación, así como en la sede electrónica de este Ayuntamiento (http://cerveradelrioalhama.sedelectronica.es) y en el Boletín Oficial de La Rioja.
Tercero. Convocar las plazas ofertadas en ejecución de la presente Oferta de Empleo Público dentro del plazo improrrogable de tres años a contar desde su fecha de publicación.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante la Alcaldesa de esta Entidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de La Rioja, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer usted cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Cervera del Río Alhama a 16 de mayo de 2022.- La Alcaldesa-Presidenta, Estrella Santana Martínez.