Gobierno de La Rioja

Núm. 124
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Jueves 30 de junio de 2022
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
III..2379

Resolución 921/2022, de 28 de junio, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se conceden y deniegan las Ayudas Sociales y al Estudio para el curso académico 2021/2022

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Orden HAP/6/2022, de 28 de febrero, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se establecen las bases y se inicia el procedimiento para la concesión de ayudas sociales y al estudio para el curso académico 2021/2022.

Vistas las alegaciones y documentos presentados durante el plazo establecido en el artículo 22.3 de la citada Orden para subsanar las solicitudes de ayudas.

Previo informe emitido por la Comisión de Acción Social constituida por la Administración y las organizaciones sindicales presentes en la Mesa General de Negociación, en su reunión del día 27 de junio de 2022.

Esta Consejería de Hacienda y Administración Pública, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,

RESUELVE

1.- Conceder las Ayudas Sociales y al Estudio consignadas en el Anexo I de la presente Resolución.

2.- Denegar las Ayudas Sociales y al Estudio consignadas en el Anexo II de la presente Resolución, por las causas que se especifican en cada caso. Aquellas personas solicitantes cuyas ayudas no aparezcan reflejadas en ninguno de los dos Anexos, deberán entender desestimada su solicitud.

3.- Proponer el abono de las cuantías consignadas en el Anexo I de la presente Resolución, de las Ayudas Sociales y al Estudio a aquellas personas beneficiarias de las ayudas de Educación Infantil (3-6 años), Educación Primaria, Secundaria o Formación Profesional Básica, Bachillerato y otros Ciclos Formativos Oficiales, Estudios Universitarios, Escuela Oficial de Idiomas, Conservatorio Oficial de Música, Cuidado de la visión, Bucodental, por gastos secundarios por quimioterapia y radioterapia, por vacunación infantil y complementaria por transporte con excepción de aquellos que hayan solicitado ayuda a cualquier corporación u organismo por la misma finalidad, o aquellos que figuren en dicho Anexo con la observación 'Pendiente de Justificar', por un importe global de 871.340,42 euros, con cargo al presupuesto correspondiente.

Ambos Anexos I (Admitidos) y II (Excluidos) quedarán expuestos en el Tablón de Anuncios Virtual del Gobierno de La Rioja y a través de la sede electrónica: (http://www.larioja.org/empleados/es?locale=es%20ES).

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, en el caso de personal funcionario, recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, de acuerdo con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 8.2.a), 46.1 y 78 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Si se trata de personal laboral, demanda ante el Juzgado de lo Social en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación o notificación, de conformidad con el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social.

Logroño a 28 de junio de 2022.- El Consejero de Hacienda y Administración Pública, Celso González González.

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