Gobierno de La Rioja

Núm. 127
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Martes 5 de julio de 2022
AYUNTAMIENTO DE BRIEVA DE CAMEROS
II.B.517

Bases y convocatoria del procedimiento selectivo para la contratación de personal para puesta en marcha de la Escuela de pastores de Brieva de Cameros

Habiéndose aprobado en Sesión Plenaria de 17 de junio de 2022, las bases y la convocatoria para cubrir por la contratación de una persona para puesta en marcha de la Escuela de Pastores de Brieva de Cameros, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Asimismo, se adjuntan las bases reguladoras de las pruebas selectivas:

Bases y convocatoria de pruebas selectivas para la contratación con carácter laboral.

1. Objeto de la convocatoria.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante el procedimiento de concurso, de una plaza para la puesta en marcha de la escuela de pastores de la Brieva de Cameros,

1.2. Características del contrato:

- Modalidad de contrato: Contrato de duración determinada vinculados a programas financiados con fondos europeos.

- Tipo de contrato: Contrato a tiempo parcial (20 horas semanales)

- Duración del contrato: 12 meses

- Grupo de cotización: 1

1.3. La persona seleccionada deberá ejecutar todas las acciones tendentes a la puesta en marcha de la Escuela de Pastores de Brieva de Cameros, cuyas tareas más significativas aparecen recogidas en el Anexo I, y según instrucciones dictadas por la Alcaldía, como Jefe de Personal. Asimismo, se procederá a la creación de una bolsa de trabajo a fin de cubrir, de manera rápida y ágil, el puesto cuando éste pudiera quedar vacante temporalmente a consecuencia de bajas por enfermedad, maternidad, sustituciones por vacaciones, etc., o cuando necesidades inaplazables del Ayuntamiento requieran de la contratación de un puesto como el que oferta.

Según lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (E.T.) se establece un periodo de prueba de dos meses, durante los cuales la Alcaldía podrá dejar sin efecto el contrato mediante resolución motivada y contratar al siguiente aspirante de la bolsa por orden de puntuación, aplicándole también a este lo establecido anteriormente sobre el periodo de prueba, y así sucesivamente.

1.4. El sistema selectivo elegido es el concurso.

1.5. Una vez finalizado el proceso selectivo y la vista del resultado del mismo, por el Ayuntamiento se podrá efectuar llamamientos a aspirantes que hayan superado, al menos, algún examen de la fase de oposición para la cobertura temporal de puestos de operario de servicios múltiples, siguiendo el orden de puntuación, en caso de ser necesario para el correcto funcionamiento de los servicios municipales.

2. Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Titulación: Ingenieros y Licenciados. Personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c) del Estatuto de los Trabajadores

b) Tener cumplidos dieciséis años y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del carné de conducir Clase B.

2.2. Todos los requisitos anteriores, deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante el procedimiento de selección hasta el momento de la formalización del contrato.

3. Instancias y admisión.

3.1. Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Brieva de Cameros, acompañadas de una copia del DNI, ajustándose al impreso normalizado que figura en el Anexo II de las presentes Bases.

3.2. El plazo para la presentación de instancias será de trece días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja..

3.3. Las instancias y demás documentación, se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Brieva de Cameros o por cualquiera de las formas prevista por la Ley 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3.4. Con arreglo a lo determinado en el artículo 68 de la Ley 35/2015 de Procedimiento Administrativo

4. Tribunal calificador.

4.1. Su composición se ajustará a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y estará compuesto por el Presidente de la Corporación, el Secretario del Ayuntamiento que actuará como vocal y secretario y un trabajador del Ayuntamiento de Brieva de Cameros.

5. El procedimiento de selección constará de la fase de concurso.

Valoración de méritos. Los méritos alegados habrán de poseerse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Para su valoración deberán presentarse los documentos justificativos de los méritos alegados, teniendo tal consideración únicamente los originales o fotocopias compulsadas de los mismos.

Los méritos se valorarán conforme a la siguiente puntuación:

a) Experiencia profesional. Se puntuará un máximo de 0,25 puntos por cada mes de experiencia

Participación en proyectos con todos o algunos de los siguientes temas: Desarrollo rural, Patrimonio Cultural, Gestión de Turismo Rural, Gestión de Proyectos y ganadería: 20 puntos.

La acreditación de servicios y trabajos señalados se realizará mediante la presentación de Informe actualizado o certificado vigente de la vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social y de las copias de los nombramientos o contratos de trabajo formalizados. Sólo se valorará la experiencia que quede acreditada en las copias autenticadas que se aporten junto con la solicitud.

Por experiencia profesional como profesor en centros de formación para el empleo o acciones formativas relacionadas con el desarrollo rural, patrimonio cultural, gestión de turismo rural o gestión de proyectos y ganadería: 10 puntos.

La acreditación de servicios se realizará mediante la presentación de Informe actualizado o certificado vigente de la vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social y de las copias de los nombramientos o contratos de trabajo formalizados o informes emitidos por los órganos contratantes. Sólo se valorará la experiencia que quede acreditada en las copias autenticadas que se aporten junto con la solicitud

b) Por la creación publicaciones. 10 puntos.

Se puntuará con 0,50 puntos por las publicaciones de carácter turístico-cultural, planes de desarrollo rural y manejo de ganadería y gestión de proyectos.

La acreditación de servicios se realizará mediante la presentación certificado o documentación que demuestre de modo fehaciente la creación o participación en las publicaciones.

c) Por asistencia a cursos de formación. 8 puntos.

Se puntuará con 0,50 puntos por la participación en cursos de formación de carácter turístico-cultural, promoción de empleo y planes de desarrollo rural, manejo de ganadería y gestión de empresas, con una duración mínima de 10 horas.

La acreditación de servicios se realizará mediante la presentación certificado de asistencia

d) Por asistencia a congresos y conferencias. 8 puntos

Se puntuará con 0,25 puntos por la participación en congresos o conferencias de carácter turístico-cultural y planes de desarrollo rural, manejo de la ganadería o gestión de empresas.

La acreditación de servicios se realizará mediante la presentación certificado de asistencia.

e) Por titulación superior a la exigida en la Convocatoria:

Master : 5 puntos.

En caso de que varios aspirantes obtuvieran una misma puntuación, se realizaría una entrevista personal para determinar el orden de prelación.

5.1. El Tribunal formará una relación por orden acumulado de puntuaciones de los aspirantes que se remitirá al Ayuntamiento procediéndose a la contratación de aquella persona que haya obtenido una mayor puntuación mientras que con las restantes se formará una bolsa de trabajo para cubrir las posibles eventualidades que pudieran surgir durante el desarrollo del proyecto.

6. Presentación de documentos, formalización del contrato e incorporación al puesto de trabajo.

6.1. La persona propuesta por el Tribunal deberá formalizar el contrato en el plazo de diez días hábiles a partir de la publicación de la relación de aprobados.

6.2. Quienes sin causa justificada no formalicen el contrato dentro del citado plazo, quedarán en la situación de cesantes, con pérdida de todos los derechos derivados de la oposición.

6.3. Documentos exigibles: El aspirante propuesto aportará los documentos siguientes:

a) Copia autenticada o fotocopia (que deberá presentarse con el original para su compulsa), del DNI vigente.

b) Copia autenticada o fotocopia (que deberá presentarse con el original para su compulsa) del carné de conducir B1.

c) Copia autenticada o fotocopia (que deberá presentarse con el original para su compulsa) del título académico, exigido en la convocatoria

d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

6.4.- Conforme a lo dispuesto en artículo 23 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, quienes dentro del plazo indicado en el apartado 8.1, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen su documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser contratados, y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en sus solicitudes de participación.

7. La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

8. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas en todo lo no previsto en estas bases.

9. Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las Resoluciones del Tribunal conforme a lo previsto en articulo 106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por las irregularidades.

Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Logroño, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso- administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Brieva de Cameros a 22 de junio de 2022.- El Alcalde-Presidente, Pedro Somalo Gracia.





ANEXO I

Funciones y responsabilidades generales:

- Gestión de la escuela.

- Desarrollo y organización de un congreso/ jornada de escuela de pastores.

- Labores de animación sociocultural en la localidad y en la comarca.

- Puesta en marcha de productos turísticos relacionados con la ganadería y desarrollo de módulos formativos sobre este tema.

- Tramitación de ayudas y subvenciones relacionadas con el desarrollo rural de la localidad y la comarca.

- Realización de trabajaos relacionados con la documentación de la cultura pastoril y desarrollo de módulos formativos sobre este tema.

- Acciones de promoción y publicidad sobre el tema .

- Gestión de los proyectos asociados a la escuela que se pongan en marcha.

- Supervisión de las inversiones necesarias para la puesta en marcha de la escuela de pastores y otros proyectos vinculados con la misma.

- Realización de publicaciones y edición de materiales.






















ANEXO II


D/D.ª ............................................................................................................, con D.N.I...................... , y domicilio a efectos de notificación en el municipio de ........................................................., calle ......................................................................................., n.º.............. C.P..............., teléfono.................... ,  correo electrónico.............................................


EXPONE:


Primero. Que habiendo sido convocado proceso selectivo para la contratación de una persona para la puesta en marcha de la Escuela de Pastores de Brieva de Cameros, manifiesto la participación en las mismas y la aceptación de las bases.

Segundo. Por todo lo cual, declaro responsablemente:

- Que he leído y acepto íntegramente, las bases que rigen la convocatoria.

- Que dispongo de plena capacidad de obrar en el ámbito de la contratación y el empleo público, no habiendo incurrido en causa alguna de incapacidad, o incompatibilidad, tampoco no he sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni me encuentro en causa de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas o funciones similares en el caso del personal laboral.

- Asimismo, cumplo a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias, todas y cada una de las bases que componen la presente convocatoria.

Tercero. Que para participar en el proceso selectivo aporto la siguiente documentación:

- DNI correctamente autenticado.

-Titulación necesaria para concurrir.

- Permiso de Conducir clase B correctamente autenticado.

- Documentación relativa a los méritos a valorar, conforme se solicita en la convocatoria.

Por todo ello, solicito que se admita esta solicitud.


En ................., a......de..... de 2022.


El solicitante,




Fdo.: .................................................

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