Gobierno de La Rioja

Núm. 130
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 8 de julio de 2022
AYUNTAMIENTO DE ÁBALOS
III..2508

Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora del precio público por utilización del gimnasio municipal

El Pleno del Ayuntamiento de Ábalos, en sesión celebrada el 30 de marzo de 2022, aprobó inicialmente, por unanimidad de los presentes, la Ordenanza Municipal Reguladora de la utilización del gimnasio municipal. No habiéndose presentado en el periodo de exposición pública ningún tipo de reclamación.

Texto íntegro:

Ordenanza reguladora del precio público por utilización del gimnasio municipal

Artículo 1. Hecho imponible.

Constituye el hecho imponible la utilización de los servicios e instalaciones vinculadas al gimnasio municipal.

Artículo 2. Sujeto pasivo.

Respecto de la utilización del gimnasio municipal, son sujetos pasivos en concepto de contribuyentes las personas físicas que soliciten, provoquen o se beneficien del servicio.

Artículo 3. Cuota tributaria.

a) Uso por horas:

- Empadronados: 3 euros

- No empadronados: 10 euros

b) Uso general: 6 euros

Artículo 4. Devengo.

La tasa se devengará y nacerá la obligación de contribuir cuando se inicie la utilización del servicio, mediante la entrada en el recinto de las instalaciones.

Artículo 5. Normas de gestión.

El pago de la tasa se efectuará en el momento de solicitar la entrada al recinto, o el carnet de uso general.

Artículo 6. Infracciones y sanciones.

Los usuarios serán responsables de los desperfectos ocasionados por el mal uso de las instalaciones.

Disposición final única.

La presente Ordenanza Fiscal, aprobada en el Pleno Ordinario de fecha 30 de marzo de 2022, entrará en vigor conforme a las disposiciones vigentes, y comenzará a aplicarse a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.

Ábalos a 6 de julio de 2022.- El Alcalde-Presidente, Vicente Urquía Almazán.

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