Gobierno de La Rioja

Núm. 131
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Lunes 11 de julio de 2022
AGENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA RIOJA
II.B.537

Resolución de 7 de julio de 2022, del Gerente de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, por la que se dispone la convocatoria pública para la creación de una bolsa de empleo temporal, para cubrir con carácter temporal y de urgencia, puestos de trabajo de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja

De conformidad con el artículo 13.1.a) de la Ley 7/1997, de 3 de octubre, de creación de la Agencia de Desarrollo Económico de la Comunidad Autónoma de La Rioja, con el fin de atender las necesidades de personal de la Entidad, y en ejercicio de la función que le asigna el artículo 16 j) del Decreto 22/2016, de 6 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Desarrollo Económico de la Comunidad Autónoma de La Rioja, el Gerente de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja dispone la convocatoria pública para la creación de una Bolsa de empleo temporal, para cubrir con carácter de urgencia las necesidades de personal.

Bases de la convocatoria:

Base 1. Normas generales.

1.1. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria pública la creación de una Bolsa de empleo temporal, para cubrir con carácter temporal y de urgencia, puestos de trabajo de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja.

La Bolsa de empleo será única y se compondrá de 4 listas de espera independientes y excluyentes, dependiendo de las categorías de puestos a cubrir y su titulación:

- Técnico Operativo de Gestión Técnica de expedientes: Diplomado, Licenciado o Graduado.

- Técnico Operativo de Gestión Financiera de expedientes: Diplomado, Licenciado o Graduado en CC. Económicas y empresariales, Administración y Dirección de empresas.

- Técnico Operativo de gestión jurídica y/o control interno: Licenciado o Grado en Derecho.

- Administrativo de Soporte: Graduado Escolar o ESO.

Cada candidato solo podrá estar inscrito en una de las listas de espera.

1.2. Régimen jurídico y contratación.

Los puestos de trabajo a cubrir, conforme al Reglamento interno de funcionamiento de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja y demás normativa de aplicación, tendrán la siguiente consideración:

- Régimen jurídico: Contratación en régimen de derecho laboral: Los contratos que se celebren a partir de la Bolsa de empleo serán los tipificados por el Servicio Público de Empleo Estatal como 402 'Circunstancias de la producción' y 410 'Sustitución de persona trabajadora'.

- Duración del contrato: Dependiendo del tipo de contrato, lo establecido en el artículo 15 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

- Jornada: Completa.

- Categoría profesional:

- Técnico Operativo, Nivel 6

- Administrativo de Soporte, Nivel 5

1.3. Funciones de los puestos a cubrir:

- Técnico Operativo de gestión técnica de expedientes: Gestión técnica de las distintas fases del procedimiento de concesión y abono de subvenciones públicas.

- Técnico Operativo de gestión financiera de expedientes: Gestión financiera/presupuestaria de las distintas fases del procedimiento de concesión y abono de subvenciones públicas.

- Técnico Operativo de gestión jurídica y/o control interno: Fiscalización y control de expedientes en las distintas fases del procedimiento de concesión y abono de subvenciones públicas, así como apoyo jurídico a la Unidad de Asesoría Jurídica.

- Administrativo de Soporte: Gestión administrativa de las distintas fases del procedimiento de concesión y abono de subvenciones públicas.

Base 2. Requisitos de los candidatos.

Para ser admitidos a la presente convocatoria de Bolsa de empleo temporal, será necesario que los candidatos reúnan, a la fecha de la presentación de la solicitud, los siguientes requisitos:

2.1. Requisitos generales:

a) Tener nacionalidad española.

También podrán participar, en igualdad de condiciones que los españoles:

- Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.

- El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.

- Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa.

c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial por resolución judicial para empleos y cargos públicos, para el acceso a cuerpos y escalas de funcionarios, ni pertenecer al mismo cuerpo o escala a cuyas pruebas selectivas se refiere la presente convocatoria. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

2.2. Requisitos específicos.

a) Estar en posesión de la siguiente titulación, en función de la lista de espera a la que se aspira:

a.1) Lista de espera de Técnico Operativo de Gestión Técnica de expedientes.

Estar en posesión de cualquiera de las siguientes titulaciones o haber acabado los estudios para su obtención y abonados los derechos para su expedición a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes: Diplomatura Universitaria, Licenciatura o Grado. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

Permiso de conducir en vigor y disponibilidad para viajar.

a.2) Lista de espera de Técnicos Operativos de gestión financiera de expedientes.

Estar en posesión de cualquiera de las siguientes titulaciones o haber acabado los estudios para su obtención y abonados los derechos para su expedición a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes: Diplomado, Licenciado o Graduado en CC. Económicas y empresariales, Administración y Dirección de empresas.

a.3) Lista de espera de Técnico Operativo de gestión jurídica y/o control interno.

Estar en posesión del título de Licenciado o Grado en Derecho o haber acabado los estudios para su obtención y abonados los derechos para su expedición a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

a.4) Lista de espera de Administrativos de Soporte.

Estar en posesión de cualquiera de las siguientes titulaciones o haber acabado los estudios para su obtención y abonados los derechos para su expedición, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes: Graduado en Educación Secundaria Obligatoria; Graduado escolar; Bachiller elemental; Técnico Auxiliar (Formación Profesional de Primer Grado), o sus equivalentes. Los aspirantes con titulaciones obtenidos en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

b) Tener experiencia profesional acreditada en Entidades Públicas en puestos con funciones similares a las descritas en la Base 1.3 de la Convocatoria. Dicha experiencia deberá justificarse documentalmente y se acompañará con la solicitud.

Base 3. Valoración de la bolsa de empleo.

Las listas de espera de la Bolsa de empleo se constituirán conforme a las siguientes fases y puntuación:

3.1. Primera Fase. Prueba de aptitud práctica relacionada con las funciones de los puestos de trabajo de las distintas listas de espera, consistente en contestar un cuestionario de un máximo de 30 preguntas con respuestas alternativas de las que sólo una de ellas será correcta, con un tiempo máximo de duración de 60 minutos.

Será necesario alcanzar una puntuación mínima de 5 puntos, sobre 10, para acceder a la siguiente fase.

Esta fase tendrá un valor del 75% del valor total del proceso selectivo.

3.2. Segunda Fase 2. Entrevista personal donde se valorará la experiencia profesional y actitud para el puesto de trabajo.

La puntuación máxima a alcanzar en esta segunda fase será de 10 puntos.

Esta fase tendrá un valor del 25% del valor total del proceso selectivo.

En todas las fases, las puntuaciones que se señalan, resultarán de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos fijados por la Comisión de selección.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las dos fases del proceso selectivo.

Base 4. Publicidad de la convocatoria y de las pruebas del proceso selectivo.

La presente convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de La Rioja.

Todas las listas y llamamientos que se realicen en el proceso selectivo, se harán públicas en el procedimiento habilitado al efecto en la dirección (https://www.ader.es/sede-electronica/procesos-selectivos/).

Base 5. Presentación de solicitudes y documentación a aportar.

La totalidad de los trámites del proceso selectivo se realizará de forma electrónica, a través de la sede electrónica de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, en el procedimiento habilitado en la dirección (https://www.ader.es/sede-electronica/procesos-selectivos/).

No se admitirá ninguna solicitud que no haya sido presentada a través de la dirección indicada.

Las personas aspirantes podrán actuar por medio de representante para los actos en que proceda, entendiéndose con éste las actuaciones administrativas, salvo manifestación expresa en contrario de la persona interesada. La representación deberá acreditarse por cualquier medio válido en derecho, que deje constancia fidedigna de su existencia.

La solitud de participación en la convocatoria se realizará telemáticamente en la dirección anterior hasta el día 22 de julio de 2022, incluido, careciendo de validez jurídica cualquier otro medio de presentación y aportando la siguiente documentación en el procedimiento habilitado en la dirección (https://www.ader.es/sede-electronica/procesos-selectivos/).

a) Impreso de solicitud tipo que podrá descargarse en el proceso habilitado al efecto en la dirección (https://www.ader.es/sede-electronica/procesos-selectivos/).

b) Fotocopia del DNI o pasaporte.

c) Currículo vitae actualizado.

d) Titulación académica exigida, según los requisitos recogidos en la Base 2.2.a)

e) Permiso de conducir, si se requiere, según los requisitos recogidos en la Base 2.2.a)

         f) Acreditación documental de los requisitos recogidos en la Base 2.2.b)

Una vez cumplimentada y remitida la solicitud por vía electrónica, el sistema generará un acuse de recibo con fecha y número de registro de entrada que acreditará que la solicitud ha sido completada y enviada correctamente.

Base 6. Admisión de candidatos y constitución de la bolsa de empleo.

6.1. Lista provisional. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública la lista provisional de candidatos admitidos y excluidos. Esta lista será definitiva de no haber candidatos excluidos.

Serán candidatos excluidos aquellos que no justifiquen el cumplimiento de los requisitos, tanto generales como específicos, exigidos en la Base 2.

6.2. Plazo de subsanación: Los candidatos excluidos en la lista provisional, dispondrán de un plazo de 10 días hábiles para presentar la documentación que estimen oportuna y con ello subsanar el motivo de exclusión, en la dirección (https://www.ader.es/sede-electronica/procesos-selectivos/) en el apartado aportación de documentación.

6.3. Lista definitiva: Transcurrido el plazo de subsanación, y una vez analizadas y resueltas por la Comisión de selección las aportaciones presentadas, en su caso, se hará pública la lista definitiva.

Base 7. Constitución y gestión de la bolsa de empleo.

7.1 Resolución de la bolsa de empleo con sus listas de espera.

Una vez finalizado el proceso de selección, el Gerente de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja a propuesta de la Comisión de selección, resolverá la aprobación de las listas con la puntuación obtenida por los aspirantes por orden descendente.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la valoración del apartado 3.1, prueba de aptitud práctica.

7.2. Gestión de llamamientos.

A medida que la Agencia de Desarrollo Económico de la Rioja requiera la cobertura de un puesto con carácter temporal, hará el llamamiento, dependiendo del puesto requerido, al candidato de mayor puntuación de la lista de espera correspondiente.

Si la oferta se rechaza por causa justificada y debidamente acreditada, la posición en la lista de espera se prolongará durante el tiempo que dicha causa se mantenga. Es causa justificada la situación de incapacidad laboral que incapacite temporalmente para el trabajo.

2. Si la oferta se rechaza justificadamente por estar prestando servicios en otra Entidad Pública, el candidato permanecerá en la lista pasando al último lugar.

3. En los casos no contemplados en los puntos 1 y 2, así como en el caso de que el aspirante no fuera localizado a través del teléfono o email indicado en la solicitud, se eliminará al candidato de la lista.

7.3 Período de Prueba.

Se establece un período de prueba de un mes.

En el caso de que el candidato seleccionado no supere el período de prueba, de un mes, se procederá al llamamiento para la contratación del siguiente candidato de la lista de espera que corresponda.

Base 8. Comisión de selección.

La Comisión de selección estará integrada por los siguientes miembros:

- Presidente: Marta Cid Monreal

Suplente: Coro Pascual González

- Vocal: Mercedes Cerezo Martínez

Suplente: Alfredo Martínez Lafraya

- Secretaria: Mª Dolores Antón Rodríguez

Suplente: Javier Solozábal Rodríguez

Base 9. Formalización del contrato de trabajo.

Con el candidato seleccionado se suscribirá un contrato de trabajo de duración determinada y le será de aplicación la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y demás disposiciones vigentes.

Logroño a 7 de julio de 2022.- El Gerente, Luis Alonso Fernández.

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