Gobierno de La Rioja

Núm. 139
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Jueves 21 de julio de 2022
AYUNTAMIENTO DE EL VILLAR DE ARNEDO
III..2659

Aprobación definitiva de la derogación de la Ordenanza de entrada de vehículos a través de las aceras y las reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo. Carga o descarga de mercancías de cualquier clase

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario adoptado en sesión de 31 de mayo de 2022, que aprueba provisionalmente la derogación de la Ordenanza de entrada de vehículos a través de las aceras y las reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo. Carga o descarga de mercancías de cualquier clase.

Acuerdo plenario de 31 de mayo de 2022, elevado a definitivo:

'2. Derogación Ordenanza entrada de vehículos a través de las aceras y las reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, carga o descarga de mercancías de cualquier clase a la vista de los siguientes antecedentes:

         
Documento Fecha/Nº      Observaciones    
  Providencia de Alcaldía     24/05/2022    
 
  Informe de Secretaría 24/05/2022  
  Dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos Generales 27/05/2022  

El Pleno a propuesta de la Comisión Informativa de Asuntos Generales, adopta por unanimidad el siguiente,

ACUERDO

Primero. Aprobar inicialmente la derogación de la Ordenanza municipal reguladora de la entrada de vehículos a través de las aceras y las reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, carga o descarga de mercancías de cualquier clase, por los siguientes motivos:

Se trata de una Ordenanza en vigor desde el 1 de enero de 1990, la cual no ha sufrido modificación alguna en todos estos años.

Es una Ordenanza que no se ha desarrollado en el municipio en todos estos años.

Actualmente el Ayuntamiento no cuenta con medios económicos suficientes para poder llevar a cabo la misma, ya que se requiere contratar a una grúa en caso de ser necesario, un sitio dónde poder depositar el vehículo, etc. Además, este municipio no dispone de Policía Local por lo que resulta difícil poder llevar a cabo el cumplimiento de dicha Ordenanza.

Asimismo, este municipio no cuenta con zonas señalizadas para carga y descarga.

Segundo. Someter dicha derogación de la Ordenanza municipal a información pública y audiencia de los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de 30 días para que puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de Acuerdo expreso por el Pleno.

Simultáneamente, publicar el texto de la modificación de la Ordenanza municipal en el portal web del Ayuntamiento (http://elvillardearnedo.sedelectronica.es) con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades.

Tercero. Recabar directamente la opinión de las organizaciones o asociaciones reconocidas por ley que agrupen o representen a las personas cuyos derechos o intereses legítimos se vieren afectados por la norma y cuyos fines guarden relación directa con su objeto.

Cuarto. Facultar a la Alcaldía para suscribir y firmar toda clase de documentos relacionados con este asunto.'

El Villar de Arnedo a 19 de julio de 2022.- El Alcalde-Presidente, Jesús Pedro Espinosa Espinosa.

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