Gobierno de La Rioja

Núm. 207
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Jueves 27 de octubre de 2022
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERIA, MUNDO RURAL, TERRITORIO Y POBLACIÓN
III..3698

Propuesta de Resolución provisional de concesión de las ayudas destinadas a la adquisición de animales de reposición en la Comunidad Autónoma de La Rioja. Convocatoria 2022

Antecedentes de hecho:

[Aquí aparecen varias imágenes o ficheros anexos en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico]

Primero. Con fecha 20 de junio de 2022 se publicó en el Boletín Oficial de La Rioja la Resolución 566/2022, de 13 de junio, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, por la que se aprueba la convocatoria pública para el ejercicio 2022 de las ayudas para la adquisición de animales de reposición, regulada en la Orden ATP/23/2022, de 18 de mayo.

Segundo. En la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, se han presentado 68 solicitudes de ayuda, en el plazo establecido en el resuelvo quinto de la Resolución 566/2022, de convocatoria de esta subvención.

Tercero. De conformidad a lo establecido en el artículo 5.1 de la Orden ATP/23/2022, de 18 de mayo, esta ayuda se tramitará por el procedimiento de concurrencia competitiva.

Cuarto. Para el pago de esta ayuda se dispone de cien mil euros (100.000 euros), en la partida presupuestaria 05.02.01.4122.773.02 proyecto de gasto 60001.

Quinto. El centro gestor ha realizado las actuaciones necesarias para el conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe pronunciarse la propuesta de resolución.

Fundamentos de derecho:

Primero. Orden ATP/23/2022, de 18 de mayo, de la Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la adquisición de animales de reposición en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Segundo. Resolución 556/2022, de 13 de junio, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, por la que se realiza la convocatoria pública para el ejercicio 2022 de ayudas para la adquisición de animales de reposición en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Tercero. Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Cuarto. Reglamento (UE) 1408/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola, modificado por Reglamento (UE) 316/2019 de la Comisión de 21 de febrero de 2019.

Quinto. Ley 6/2021, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2022.

Sexto. Decreto 49/2020, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Séptimo. Resolución 1759/2019 de 18 de septiembre, de la Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, sobre delegación de competencias de esta Consejería.

En virtud de los hechos y fundamentos de derecho expuestos, este centro gestor informa:

Primero. De las 68 solicitudes presentadas, 65 cumplen los requisitos para ser beneficiarias de la ayuda regulada por la Orden ATP/23/2022, de 18 de mayo, las cuales se relacionan en el Anexo I.

Segundo. Se inadmiten las 2 solicitudes relacionadas en el Anexo II de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10.2 de la Orden reguladora, por presentarse fuera del plazo establecido en el artículo 9.4.

Tercero. Se admite la renuncia expresa de 1 solicitud (expediente 46/2022 de Jon Ander Fernández Bobadilla Cotos, con NIF ***9458**), por tener problemas de fertilidad el animal en la explotación.

Cuarto. Se valora en cada solicitud el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 4 de la orden reguladora para la determinación de los animales subvencionables, los cuales se precisan en el Anexo I.

Ganados Saezbe T.C.E.A., con NIF E26546002 (expediente 12/2022) solicita la ayuda para 141 ovejas, pero 103 de ellas superan la edad máxima de 3 años, por lo que no cumple con el requisito establecido en el artículo 4 c). Se concede la ayuda por los 3 sementales ovino y 35 hembras ovinas restantes incluidas en su solicitud.

Manuel García Díez con NIF ***9826** (expediente 45/2022) solicita la ayuda para 10 novillas, pero 6 de ellas no llegan a la edad mínima de 8 meses, por lo que no cumple con el requisito establecido en el artículo 4 c). Se concede la ayuda por las 4 novillas restantes incluidas en su solicitud.

Quinto. En los expedientes de ayuda se ha tenido en cuenta la cuantía máxima de subvención por animal recogida en el artículo 7 de la Orden ATP/23/2022, de 18 de mayo: 'podrá alcanzar el 50 por ciento del coste del animal en las explotaciones situadas en zonas desfavorecidas y el 40 por ciento de ese mismo coste en las explotaciones situadas en el resto de zonas, con un máximo de 900 euros por semental bovino y equino, 720 euros por novilla y potra, 300 euros por semental ovino y caprino, 225 euros por hembra de reposición ovina y caprina, 400 euros por semental porcino y 300 euros por hembra de reposición porcina. La subvención se concederá una sola vez por cada animal'.

Sexto. Un total de 20 sementales bovinos se han comprado en ferias ganaderas celebradas en la Comunidad Autónoma de La Rioja, por lo que, de acuerdo con el artículo 7.2 segundo párrafo de las bases reguladoras, se incrementa la ayuda en 200 euros por semental bovino.

Séptimo. Los beneficiarios han presentado certificado de concesión de otras ayudas minimis y se ha verificado que el importe total de la ayuda de minimis concedida a cualquier beneficiario no exceda de 20.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales, según lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 3 del Reglamento (UE) 1408/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas minimis en el sector agrícola.

Octavo. Los expedientes propuestos a pago cumplen con las obligaciones tributarias tanto con el Estado como con la Comunidad Autónoma de La Rioja y con la Seguridad Social.

Noveno. De acuerdo con el número de peticiones, la subvención total en la convocatoria 2022 asciende a 96.259,78 euros, por lo que el crédito consignado es suficiente para satisfacer todas las solicitudes que cumplen los requisitos para ser beneficiarias.

Décimo. En aplicación del artículo 6.4 de la Orden ATP/23/2022, de 18 de mayo, se exceptúan del requisito de fijar un orden de prelación entre las solicitudes presentadas que reúnen los requisitos, al existir crédito suficiente para atender las mismas.

En consecuencia, se eleva a la Directora General de Agricultura y Ganadería, en virtud de las funciones atribuidas por la Resolución 1759/2019, de 18 de septiembre, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, sobre delegación de competencias de esta Consejería, la siguiente,

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Primero. Conceder la ayuda recogida en la Orden ATP/23/2022, de 18 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de una ayuda para adquisición de animales de reposición a favor de las 65 solicitudes relacionadas en el Anexo I.

Segundo. Inadmitir las dos solicitudes presentadas fuera de plazo, que se relacionan en el Anexo II.

Tercero. Admitir la renuncia expresa de una solicitud (Expediente 46/2022 de Jon Ander Fernández Bobadilla Cotos, con NIF ***9458**).

Cuarto. Comprometer el gasto por importe de noventa y seis mil doscientos cincuenta y nueve euros con setenta y ocho céntimos (96.259,78 euros) con cargo a la partida presupuestaria 05.02.01.4122.773.02 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2022 a favor de las 65 solicitudes beneficiarias relacionadas en el Anexo I por las cuantías que se detallan en el mismo.

Quinto. Anular la autorización del gasto por importe de tres mil setecientos cuarenta euros con veintidós céntimos (3.740,22 euros) de la partida presupuestaria 05.02.01.4122.773.02 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2022.

Conforme establece el artículo 10.4 de la Orden ATP/23/2022, de 18 de mayo, se concede el plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de la presente propuesta en el Boletín Oficial de La Rioja para presentar las alegaciones y aportar los documentos que estimen oportunos. Si no se presentan alegaciones, esta propuesta se considerará aceptada y la propuesta pasará a ser definitiva. Si, por el contrario, se presentasen alegaciones a la misma, el órgano instructor estudiará las mismas y formulará la propuesta de resolución definitiva.

Logroño a 24 de octubre de 2022.- La Jefa de Servicio de ayudas a las rentas y SIGC, María José Soriano Vasaldúa.

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