Aprobación definitiva del expediente de modificación de la ordenanza reguladora de la tasa de recogida y tratamiento de basuras y residuos sólidos urbanos
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación de la ordenanza municipal fiscal reguladora de la tasa de recogida y tratamiento de basuras y residuos sólidos urbanos, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
'Artículo 4. Las bases de percepción y tipo de gravamen quedarán determinadas en la siguiente tarifa:
a) Vivienda de carácter familiar.......................................80,00 euros/año
b) Bares, cafeterías o establecimientos similares......... 100,00 euros/año
c) Hoteles, fondas, residencias etc.................................100,00 euros/año
d) Locales industriales....................................................100,00 euros/año
e) Locales comerciales..................................................100,00 euros/año'
Contra el presente Acuerdo se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Nestares a 19 de diciembre de 2022.- El Alcalde-Presidente, Francisco Javier Hurtado Justo.