Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, por la que se aprueba la convocatoria 2022 de las ayudas para el "Programa de modernización del comercio: Fondo Tecnológico", en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (extracto)
BDNS: 667488
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index)
Primero. Beneficiarios.
Serán beneficiarias las asociaciones sin ánimo de lucro del sector comercial y con sede social en la Comunidad Autónoma de La Rioja que:
1º tengan entre sus fines estatutarios y programas de actuación la defensa de los intereses del sector comercial y la realización de actividades que contribuyan a la dinamización y fomento de la actividad comercial.
2º Agrupen al menos al 30 por ciento de socios cuya actividad se encuadre dentro de los epígrafes 64 (comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas, tabacos, realizado en establecimientos permanentes); 65 (comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimiento permanente, con exclusión del 655 comercio al por menor de combustibles, carburantes y lubricantes-); y 66 (comercio mixto integrado al por menor fuera del establecimiento comercial permanente, con exclusión del 665, comercio al por menor por correo o por catálogo de productos diversos) del Impuesto de Actividades Económicas o del CNAE 2009 45, 46 (con exclusión de 4671 comercio al por mayor de combustibles sólidos, líquidos y gasesosos y productos similares) ó 47 (con exclusión del 473 comercio al por menor de combustible para la automoción en establecimientos especializado, y del 4791, comercio al por menor por correspondencia o internet).
Segundo. Objeto.
Serán subvencionables exclusivamente, y siempre que estén vinculados a la realización de alguno de los proyectos referidos en el artículo 5 de la Orden reguladora, los siguientes gastos:
a) Gastos dirigidos a la transformación digital del colectivo de asociados:
b) Gastos referidos a transformación del punto de venta de forma colectiva:
c) Gastos relativos a sostenibilidad y economía circular:
d) Gastos relativos a la cadena de suministro y trazabilidad:
e) Gastos de sensibilización y formación:
f) Otros gastos subvencionables
Tercero. Bases reguladoras.
Orden DEA 85/2022, de 21 de diciembre de por la que se establecen las bases reguladoras de la línea de ayudas para el "Programa de modernización del comercio: Fondo Tecnológico", en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Boletín Oficial de La Rioja número 246, de 23 de diciembre de 2022).
Cuarto. Cuantía.
Importe del crédito disponible: 455.284,00 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 20 de enero 2023 y finalizará el día 20 de marzo de 2023, incluido
Sólo se admitirá una solicitud por beneficiario.
Se admitirán inversiones y gastos realizados (facturados) a partir de 1 de enero de 2022.
Sexto.
Tramitación telemática de los expedientes de subvención (obligatoria), de acuerdo con la Orden 1/2017, de 7 de marzo, Consejería de Desarrollo Económico e Innovación, por la que se regula la tramitación electrónica en los procedimientos de concesión de subvenciones y concesión de préstamos de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja número 29/2017, de 10 de marzo).
- Presentación de solicitudes: De acuerdo con lo dispuesto en el apartado séptimo, punto 3, de la convocatoria.
- Medio de notificación: De acuerdo con lo dispuesto en el apartado noveno, punto 1, de la convocatoria.
Séptimo. Otros datos de interés.
- Convocatoria. Los interesados podrán acceder también al texto íntegro de la Resolución de convocatoria y a la Orden reguladora de las ayudas a través de la página web de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (www.ader.es).
- Procedimiento de concesión. El procedimiento de concesión será el de concurrencia no competitiva previsto en el artículo 62 Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Logroño a 29 de diciembre de 2022.- El Gerente, Luis Alonso Fernández.