Gobierno de La Rioja

Núm. 56
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Martes 21 de marzo de 2023
AGENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA RIOJA
III..984

Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, por la que se aprueba la convocatoria 2023 de las subvenciones a proyectos intensivos en inversión o en creación de empleo, en régimen de concesión directa (extracto)

BDNS: 682360, 682361

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/es/index)

Primero. Beneficiarios.

Empresas cuya actividad exclusiva o principal esté encuadrada en alguno de los epígrafes del CNAE-2009 (Real Decreto 475/2007, de 13 de abril) incluidos en el Apartado Primero, punto 2.2, de la convocatoria.

El solicitante deberá estar dado de alta en el censo de actividades económicas en la fecha de cierre del plazo de presentación solicitudes previsto en esta convocatoria.

Segundo. Objeto.

Fomentar proyectos intensivos en inversión o en creación de empleo.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden DEI/18/2018, de 2 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja a proyectos intensivos en inversión o en creación de empleo, en régimen de concesión directa (Boletín Oficial de La Rioja número 28, de 7 de marzo de 2018), modificada por Orden DEA/79/2021, de 29 de noviembre (Boletín Oficial de La Rioja número 236, de 1 de diciembre de 2021).

Cuarto. Cuantía.

Importe del crédito disponible: 930.000,00 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

- El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 30 de junio de 2023, a las 14:00 horas.

- Podrán subvencionarse inversiones iniciadas y gastos efectuados a partir del 3 de diciembre de 2022.

- Una vez cerrado el plazo de presentación de solicitudes no se admitirán incrementos en el importe del presupuesto de inversión subvencionable.

Sexto. Tramitación.

Tramitación telemática de los expedientes de subvención (obligatoria)

- Presentación de solicitudes: De acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 6, de la convocatoria.

- Medio de notificación: De acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 8, de la convocatoria.

Séptimo. Otros datos de interés.

- Convocatoria.

- Los interesados podrán acceder también al texto íntegro de la Resolución de convocatoria y a la Orden reguladora de las ayudas a través de la página web de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (www.ader.es)

- Procedimiento de concesión.

- La concesión de subvenciones se efectuará en régimen de concesión directa.

- Los códigos asignados por la BDNS corresponden a un mismo texto de convocatoria.

Logroño a 16 de marzo de 2023.- El Gerente, Luis Alonso Fernández.

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