Gobierno de La Rioja

Núm. 56
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Martes 21 de marzo de 2023
AGENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA RIOJA
III..988

Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, por la que se aprueba la convocatoria 2023 de las subvenciones destinadas a la promoción de la innovación empresarial -Programa Cheque de Innovación Talento-, en régimen de concesión directa (extracto)

BDNS: 682354, 682355

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/es/index)

Primero. Beneficiarios.

Empresas personas físicas o jurídicas, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 2.d) de la convocatoria.

El solicitante deberá estar dado de alta en el censo de actividades económicas en la fecha de cierre del plazo de presentación solicitudes previsto en esta convocatoria.

Segundo. Objeto.

a) Serán subvencionables la realización de los siguientes Cheques, según se describe en el apartado primero, puntos 2.a) y 2.b), de la convocatoria:

- Cheque (Tecnólogos y Gestores)

Se considerarán subvencionables los gastos de personal para la nueva contratación de tecnólogos o profesionales de gestión. A tal efecto, se considerarán gastos subvencionables los costes de personal (salarios y cargas sociales) de las 12 primeras mensualidades naturales del contrato.

Los tecnólogos o profesionales de gestión corresponderán a alguno de los siguientes perfiles o puestos:

a.1.1. Profesionales tecnólogos para la incorporación a Unidades de I+D, de Innovación, o departamentos de diseño de producto.

a.1.2. Profesionales tecnólogos o de gestión para el diseño y despliegue operativo de Planes de Innovación, Estratégicos, de continuidad empresarial, de recursos humanos RRHH, de digitalización, de ciberseguridad, Industria 4.0, de implantación de sistemas normalizados de gestión certificables voluntarios, y sostenibilidad energética y medioambiental, e implantación de modelos de gestión EFQM.

b) Sólo se admitirá una solicitud por beneficiario. Cada solicitud de Cheque incluirá solamente una única contratación, según las condiciones descritas en el apartado primero, punto 2.b.1) de la convocatoria.

c) Las propuestas tendrán que definir y concretar el perfil del profesional a contratar. En cualquier caso, el perfil y experiencia del profesional tendrá que ser acorde a las necesidades del puesto y la actividad de la empresa, según lo descrito en el apartado primero, punto 2.b.2) de la convocatoria.

d) Para la presente convocatoria se establece un tipo fijo de subvención del 50%, sometido al régimen de minimis, con un importe máximo de gasto subvencionable de 50.000 euros.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden DEI/76/2018, de 10 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinadas a la promoción de la innovación empresarial -Programa Cheque de Innovación-, en régimen de concesión directa (Boletín Oficial de La Rioja número ­­120, de 15 de octubre de 2018), modificada por la Orden DEA/50/2022, de 4 de agosto.

Cuarto. Cuantía.

Importe del crédito disponible: 720.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 30 de junio de 2023, a las 14:00 horas.

Serán subvencionables los costes correspondientes realizados a partir del día 3 de diciembre de 2022, incluido.

Sexto. Tramitación.

Tramitación telemática de los expedientes de subvenciones (obligatoria), de acuerdo con la Orden 1/2017, de 7 de marzo, Consejería de Desarrollo Económico e Innovación, por la que se regula la tramitación electrónica en los procedimientos de concesión de subvenciones y concesión de préstamos de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja número 29/2017, de 10 de marzo).

- Presentación de solicitudes: De acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 5, de la convocatoria.

- Medio de notificación: De acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 7, de la convocatoria.

Séptimo. Otros datos de interés.

- Convocatoria.- Los interesados podrán acceder también al texto íntegro de la Resolución de convocatoria y a la Orden reguladora de las ayudas a través de la página web de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (www.ader.es).

- Procedimiento de concesión.- La concesión de subvenciones se efectuará en régimen de concesión directa.

- Los códigos asignados por la BDNS corresponden a un mismo texto de convocatoria.

Logroño a 16 de marzo de 2023.- El Gerente, Luis Alonso Fernández.

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