Acuerdo del Consejo de Administración de La Rioja 360 Grados Avanza, sociedad de promoción de La Rioja, SAU, por la que se establecen los criterios para la implementación del Plan de apoyo a iniciativas privadas de interés turístico en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja para los ejercicios 2023/2024 (extracto)
En cumplimiento de este fin institucional, La Rioja 360 Grados Avanza, SAU contempla, como una de sus líneas de actuación para las anualidades 2023/2024, la continuación de la ejecución del Plan de apoyo a eventos e iniciativas privadas de interés turístico en el ámbito de La Rioja que se puso en marcha en el año 2021, con el fin de dinamizar aquellas actividades susceptibles de proporcionar un impacto turístico positivo en esta región.
Siendo este el objetivo a conseguir, se entiende que la publicidad de carácter institucional constituye, actualmente, un medio eficaz de satisfacer las necesidades de comunicación e información externa del sector público, dando a conocer las actuaciones que, por parte de los entes que lo integran, deben promoverse en cumplimiento de sus funciones.
Este tipo de publicidad se encuentra regulada en la ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad y en la ley 7/2017, de 22 de mayo, de Comunicación y Publicidad de La Rioja, que contemplan la figura del contrato de patrocinio publicitario como aquél por el que el patrocinado, a cambio de una ayuda económica para la realización de su actividad, se compromete a colaborar en la publicidad del patrocinador.
Al amparo de este régimen, se pretende la adhesión por parte de los agentes que operan en el sector turístico, así como los que, sin pertenecer al mismo, proyectan actuaciones coincidentes con la estrategia de promoción turística del Área de Turismo de la sociedad, de acuerdo con los siguientes criterios: creatividad de los proyectos publicitarios, afinidad de las propuestas con los objetivos promocionales de La Rioja Turismo, visibilidad de la marca turística de la Comunidad de la Rioja, impacto turístico y mediático, y evaluación del retorno de la inversión.
Adicionalmente a los fines descritos y dada la condición de poder adjudicador que ostenta La Rioja 360 Grados Avanza, se pretende con la presente resolución dar cumplimiento a los principios de publicidad y transparencia que rigen la ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
El Consejo de Administración de la Sociedad en su reunión del 29 de marzo de 2023 ha aprobado la resolución para el establecimiento de los criterios para la implementación del Plan de apoyo a iniciativas privadas de interés turístico en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, para los ejercicios 2023/2024, cuyo texto íntegro está disponible en la siguiente dirección electrónica https://lariojaturismo.com/comunidad/transparencia/normativa.
Primero. Objeto.
Constituye el objeto de la presente resolución la aprobación de los criterios técnicos y económicos cuantificables para la valoración de los eventos e iniciativas con proyección e impacto turístico impulsados y organizados por cualquier persona o entidad con un interés legítimo, con la finalidad de suscribir un contrato de patrocinio por parte del área de turismo de La Rioja 360 Grados Avanza con dichos organizadores.
Será también objeto de esta resolución la regulación de los requisitos necesarios para optar a los patrocinios y el correspondiente procedimiento para su solicitud, tramitación, adjudicación y ejecución.
Segundo. Duración y plazo.
Serán financiables mediante patrocinio institucional por parte de La Rioja 360 Grados Avanza todas aquellas iniciativas cuya completa ejecución se realice entre 1 de abril de 2023 y el 31 de marzo de 2024.
Tercero. Régimen jurídico.
Los contratos de patrocinio institucional suscritos al amparo de la presente resolución se encuentran sujetos, en cuanto a su contenido material y ejecución, a lo prescrito en la ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad; y en cuanto a la preparación y adjudicación de los mismos, a la ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Cuarto. Beneficiarios.
Podrán resultar beneficiarios de la presente iniciativa tanto personas físicas como jurídicas, cualquiera que sea su forma de constitución, su naturaleza mercantil o su carácter de entidad sin ánimo de lucro, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, y no se encuentren incursos en alguna prohibición de contratar.
Quedan excluidos expresamente de esta orden:
a) Las entidades locales, ayuntamientos y mancomunidades de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
b) Las entidades que no estén al corriente del pago de obligaciones económicas contraídas con La Rioja 360 Grados Avanza SAU, con el Gobierno de La Rioja, con la Administración Tributaria del Estado o con la Seguridad Social.
c) Las entidades que no hayan cumplido las obligaciones propias de los patrocinados que La Rioja 360 Grados Avanza SAU haya concedido en convocatorias anteriores.
Quinto. Solicitudes.
Todos aquellos interesados en concertar un patrocinio institucional con La Rioja 360 Grados Avanza deberán presentar el correspondiente formulario de solicitud en la siguiente dirección de correo electrónico direccion360grados@larioja.org o bien de manera presencial en el Palacio de Congresos y Auditorio de La Rioja Riojaforum (calle San Millan 25, Logroño), acompañada de una memoria explicativa del evento, un plan de comunicación del evento y de una declaración responsable.
Sexto. Eventos e iniciativas patrocinables.
Serán objeto de estudio y baremación aquellas iniciativas y eventos turísticos que guarden relación directa y resulten compatibles con la estrategia turística riojana siempre que las citadas propuestas respeten los principios, objetivos y prohibiciones aplicables a la publicidad institucional recogidos en la ley 7/2017, de 22 de mayo, de Comunicación y Publicidad Institucional de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
No serán objeto de patrocinio institucional por parte de La Rioja 360 Grados Avanza aquellas iniciativas o eventos que no guarden relación directa con la estrategia turística marcada por el Gobierno de La Rioja.
En este caso, y con el fin de garantizar a los ciudadanos un servicio público adaptado a sus necesidades y no provocarles desamparos innecesarios, a los solicitantes a los que no se les vaya a patrocinar se le asesorará e informará de otros mecanismos jurídicos que el Gobierno de La Rioja pone a su disposición y que mejor puedan adaptarse a la naturaleza del evento.
Cada iniciativa o evento con impacto turístico será objeto de un único patrocinio de La Rioja 360 Grados Avanza. En el caso de recibir varias solicitudes de patrocinio de organizadores diferentes, pero cuyo objeto sea una misma iniciativa turística, se procederá a valorar las solicitudes de acuerdo a los criterios establecidos, y se patrocinará al solicitante que acumule más puntos patrocinables, descartando la solicitud con menos puntuación. En caso de empate en puntos, se patrocinará la propuesta que antes se presentará en el tiempo.
Los patrocinios suscritos por La Rioja 360 Grados Avanza están sujetos a la existencia de fondos suficientes en los correspondientes presupuestos estimativos de la sociedad. La inexistencia de fondos disponibles para esta partida será motivo suficiente para no admitir más solicitudes de patrocinio.
Logroño a 29 de marzo de 2023.- El Presidente del Consejo de Administración, Celso González González.