Resolución 2/2023, de 31 de marzo, de la Consejería de Igualdad, Participación y Agenda 2030, por la que se convoca, para el ejercicio 2023, las subvenciones de la Orden IPA/36/2022, de 8 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la realización de producciones audiovisuales de recuperación de la Memoria Democrática (extracto)
BDNS: 682229
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/682229)
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1 de Orden IPA/36/2022, de 8 de julio, profesionales y empresarios o empresarias que tengan su domicilio fiscal en La Rioja o que desarrollen su actividad en La Rioja y se dediquen a la producción audiovisual.
Segundo. Objeto.
Estas subvenciones están destinadas a realización de producciones audiovisuales que aborden la recuperación de la memoria democrática de quienes padecieron persecución o violencia, por razones políticas, ideológicas, o de creencia religiosa, durante la Guerra Civil y la Dictadura Franquista relacionada con la memoria riojana.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden IPA/36/2022, de 8 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la realización de producciones audiovisuales de recuperación de la Memoria Democrática (Boletín Oficial de La Rioja número 132, de 12 de julio de 2022).
Cuarto. Cuantía total de las subvenciones.
El gasto de las subvenciones previstas en esta convocatoria asciende a un total de 70.000 euros con cargo a las partidas presupuestarias de la Dirección General de Participación Ciudadana y Derechos Humanos de la Consejería de Igualdad, Participación y Agenda 2030.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.
Sexto. Otros datos de interés.
Convocatoria: El texto íntegro de la resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja: (https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=25419)
Solicitudes: Se presentarán de forma electrónica a través de la página web del Gobierno de La Rioja (https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=25419) mediante la cumplimentación del formulario puesto a disposición en la misma dirección.
Documentación: Junto con la solicitud deberá presentarse la documentación recogida en el artículo 4.2 de la Orden IPA/36/2022, de 8 de julio.
Proyectos: Son susceptibles de subvención los proyectos ejecutados entre el 15 de noviembre de 2022 y el 31 de octubre de 2023.
Procedimiento de concesión: Se tramitará conforme a lo previsto en el artículo 9 y siguientes de la Orden IPA/36/2022, de 8 de julio.
Justificación: El plazo para la presentación de la cuenta justificativa finalizará el día 15 de noviembre de 2023.
Logroño a 31 de marzo de 2023.- La Consejera de Igualdad, Participación y Agenda 2030, Raquel Romero Alonso.