Gobierno de La Rioja

Núm. 74
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Lunes 17 de abril de 2023
CONSEJERÍA DE DESARROLLO AUTONÓMICO
III..1377

Resolución 12/2023, de 13 de abril, de la Dirección General de Empleo, Diálogo Social y Relaciones Laborales, por la que se publica el acuerdo para la designación de representantes de las Entidades de la Economía Social y Solidaridad para la constitución del Consejo de la Economía Social y Solidaridad de La Rioja

La Ley 9/2022, de 20 de julio, Boletín Oficial de La Rioja número 140, de 22 de julio de 2022, sobre economía social y solidaria de La Rioja, tiene por objeto establecer un marco normativo común aplicable al conjunto de las entidades que integran la economía social y solidaria en La Rioja, así como determinar las acciones de fomento e impulso a favor de estas entidades, potenciando su presencia, crecimiento e influencia en todos los campos de la acción social, económica y empresarial, con pleno respeto a la normativa específica que se aplica a cada clase de entidades y a la normativa básica estatal.

[Aquí aparecen varias imágenes o ficheros anexos en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico]

En el capítulo VIII se crea el Consejo de la Economía Social y Solidaria de La Rioja, que se define como el máximo órgano de coordinación y participación en materia de economía social y solidaria en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Además de su condición de órgano de carácter consultivo y asesor para las actividades relacionadas con la economía social y solidaria, también la tendrá en materia de promoción y difusión de la economía social y solidaria. Su creación tiene como objeto establecer un foro de comunicación y diálogo que favorezca la participación del conjunto del sector de la economía social y solidaria y que permita una coordinación de las actuaciones para su fomento y promoción.

Se establece la composición, estructura y funciones de este consejo teniendo en cuenta las peculiaridades del sector en La Rioja, procurando la representación de los distintos órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja que se relacionan más directamente con la promoción y fomento de la economía social y solidaria desde una perspectiva sectorial. Se contempla la participación de la Administración local, de la Universidad de La Rioja por su papel central en la investigación y divulgación, de los partidos con representación en el Parlamento de La Rioja, así como la de las organizaciones sindicales y empresariales de conformidad con la normativa de aplicación en materia de participación institucional.

El artículo 29.1.b) de la Ley establece que serán ocho personas las que representen a las entidades de la economía social y solidaria de la Rioja en el citado Consejo, nombradas de la siguiente forma:

1. Una persona en representación de las sociedades cooperativas riojanas inscritas en el Registro de Cooperativas de La Rioja, a propuesta designada de entre sus miembros.

2. Una persona en representación de las sociedades laborales riojanas, a propuesta de las asociaciones más representativas a nivel autonómico y estatal de dichas empresas.

3. Una persona en representación de los centros especiales de empleo de iniciativa social, a propuesta de las asociaciones más representativas a nivel autonómico y estatal de estas entidades.

4. Una persona en representación de las empresas de inserción, a propuesta de las asociaciones más representativas a nivel autonómico y estatal de estas entidades.

5. Una persona en representación de las fundaciones riojanas que lleven a cabo actividad económica, a propuesta de las asociaciones más representativas a nivel autonómico y estatal de estas entidades.

6. Una persona en representación de las asociaciones riojanas que lleven a cabo actividad económica, a propuesta de las asociaciones más representativas a nivel autonómico y estatal de estas entidades.

7. Una persona en representación de las sociedades agrarias de transformación riojanas, a propuesta de las asociaciones más representativas a nivel autonómico y estatal de estas entidades.

8. Una persona en representación de las plataformas y redes constituidas que articulan la economía social y solidaria de La Rioja.

El artículo 29.2 dispone que a los efectos previstos en la letra b) del apartado 1 anterior, 'se considera como entidad más representativa la que agrupe a un mayor número de personas físicas a través de las entidades asociadas, como socios o socias, patrones o patronas, personas asociadas o personas trabajadoras.'

Para la participación de las entidades de la economía social y solidaria, es necesaria la designación por parte de las mismas de sus representantes en el Consejo de la economía social y solidaria de La Rioja.

A estos efectos, estas entidades designarán a una persona como representante de su correspondiente grupo de entidades, conforme a lo establecido el artículo 29.1.b) de la ley 9/2022.

Las entidades de la economía social y solidaria, enumeradas en el artículo 29.1.b) de la Ley 9/2022, interesadas en formar parte del Consejo de la economía social y solidaria de La Rioja, deberán presentar su solicitud a la Dirección General de Empleo, Diálogo Social y Relaciones Laborales a través de la Oficina Electrónica del Gobierno de La Rioja, en el plazo de los treinta días (30 días) siguientes a la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de La Rioja.

La comunicación se realizará mediante la cumplimentación del modelo anexo, firmado electrónicamente y presentado en la Oficina Electrónica del Gobierno de La Rioja a través del trámite Designación de representantes de las entidades de la economía social y solidaria para la constitución del Consejo de la economía social y solidaria de La Rioja (https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=25424).

Logroño a 13 de abril de 2023.- El Director General de Empleo, Diálogo Social y Relaciones Laborales, Ignacio Arreche Goitisolo.

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