Gobierno de La Rioja

Núm. 92
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Martes 9 de mayo de 2023
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTE Y JUVENTUD
III..1779

Resolución 68/2023, de 21 de abril, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se convocan becas para deportistas riojanos con proyección para el deporte rendimiento (extracto)

BDNS: 691586

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/es/index.es)

Primero. Beneficiarios.

Podrán acceder a estas ayudas reguladas por el presente título aquellos deportistas que habiendo demostrado con anterioridad, mediante la acreditación de los resultados obtenidos, una calidad inicial y una especial dedicación a la actividad deportiva, evidencian una proyección inmediata o futura para el deporte rendimiento.

Serán beneficiarios aquellos que, reuniendo todos los requisitos obtengan al menos el 5% del total de puntos posible, siempre y cuando hubiese crédito suficiente autorizado en virtud de lo que disponga la resolución de convocatoria tras la concesión de la ayuda a los solicitantes con mayor puntuación.

Los beneficiarios de estas becas deberán reunir los siguientes requisitos:

- Permanecer empadronado en cualquier municipio o municipios de la Comunidad Autónoma de La Rioja con una antigüedad total de al menos 2 años en el momento de la solicitud.

- Estar en posesión de licencia federativa expedida o, en su caso, tramitada por la correspondiente Federación Deportiva de La Rioja.

- Excepcionalmente, y por razones de interés general de esta Comunidad Autónoma, se podrán considerar las solicitudes de aquellos deportistas que nacidos en la misma, no cumplan los requisitos anteriores. En este último caso, la propuesta del órgano que realice la evaluación deberá ser motivada.

Segundo. Objeto.

La financiación de gastos corrientes para fomentar la progresión del rendimiento deportivo de los beneficiarios.

El periodo de realización de actividades será el comprendido entre el 1 de octubre de 2022 y el 30 de septiembre de 2023.

Tercero. Bases reguladoras.

Título IX de la Orden 5/2007, de 9 de febrero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones en materia deportiva (Boletín Oficial de La Rioja número 25, de 22 de febrero de 2007).

Cuarto. Cuantía.

Un importe total de ciento diez mil euros (110.000 euros) que se imputarán a la partida presupuestaria 2023.0803.3411.480.00

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días hábiles computados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la Resolución de convocatoria de esta subvención en el Boletín Oficial de La Rioja.



Sexto. Otros datos de interés.

Convocatoria: El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja

(https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=10234)

Solicitudes: El modelo oficial de solicitud está disponible en la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (http://www.larioja.org/deporte/es/becas-subvenciones). Su presentación se efectuará de forma telemática a través de la oficina electrónica del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org), conforme a lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Documentación: La prevista en el apartado octavo de la Resolución 68/2023, de 21 de abril, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se convocan becas para deportistas riojanos con proyección para el deporte rendimiento.

Procedimiento de concesión: Línea de subvención en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios recogidos en el artículo 8.3 del Decreto 14/2006, del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Justificación: En lo referente a la justificación de la subvención, se estará a lo dispuesto en el apartado decimotercero de la Resolución 68/2023, de 21 de abril, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se convocan becas para deportistas riojanos con proyección para el deporte rendimiento.

Logroño a 21 de abril de 2023.- El Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, Pedro María Uruñuela Nájera.

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