Gobierno de La Rioja

Núm. 93
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Miércoles 10 de mayo de 2023
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
II.B.507

Resolución 858/2023, de 8 de mayo, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se procede a la modificación de la Resolución 1912/2022, de 28 de diciembre, por la que se convocan los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público, en la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y se aprueban las bases específicas que han de regir los mismos

Vistos:

1. El Decreto 25/2022, de 26 de mayo (Boletín Oficial de La Rioja número 102, de 30 de mayo de 2022), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de estabilización correspondiente a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, para el personal de administración y servicios generales y personal docente no universitario en la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y para el personal estatutario del Servicio Riojano de Salud, en lo regulado, asimismo, en su Anexo I posteriormente modificado por el Decreto 61/2022, de 21 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del personal funcionario, laboral y docente no universitario de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2022.

2. La Resolución número 1911/2022, de 26 de diciembre, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública por la que se aprueban las bases comunes que han de regir los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público, en la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja número 250, de 30 de diciembre de 2022).

3. La Resolución 1912/2022, de 28 de diciembre, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública por la que se convocan los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público, en la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y se aprueban las bases específicas que han de regir los mismos, (Boletín Oficial de La Rioja número 250, de 30 de diciembre de 2022),en las que se regulan, entre otros extremos, las tipologías de los procesos de acceso, modalidades así como las plazas a convocar en cada uno de los mismos.

4. El Decreto 13/2023, de 26 de abril (Boletín Oficial de La Rioja número 83, de 28 de abril de 2023), por el que se modifica tanto el artículo 2 como el Anexo I del Decreto 25/2022, de 26 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público de estabilización correspondiente a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, para el personal de administración y servicios generales y personal docente no universitario en la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y para personal estatutario del Servicio Riojano de Salud.

5. De conformidad con el nuevo tenor dado al citado Anexo I es necesario modificar la citada Resolución número 1912/2022, de 28 de diciembre, de la Consejería de Hacienda y Administración, con el fin de recoger las modificaciones producidas en el número de plazas convocadas por cuerpos, especialidades y categorías profesionales y, en su caso, anulación de los procesos selectivos convocados en la modalidad correspondiente cuando no subsistan plazas en el mismo.

Esta Consejería de Hacienda y Administración Pública, en uso de las facultades conferidas en el artículo 9.1 del Decreto 43/2020, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública,

RESUELVE

Artículo único. Modificación de la Resolución 1912/2022, de 28 de diciembre, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública por la que se convocan los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público, en la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y se aprueban las bases específicas que han de regir los mismos.

Uno. Establecer un plazo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de La Rioja en el que se podrán presentar, de conformidad con la base 4 de la Resolución número 1911/2022, de 26 de diciembre, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se aprueban las bases comunes que han de regir los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público, en la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja para presentar nuevas solicitudes de participación en los procesos selectivos que son objeto de modificación.

Las nuevas solicitudes de participación que se presenten se regirán por lo dispuesto en la Resolución número 1911/2022, de 26 de diciembre, por la que se aprueban las bases comunes que han de regir los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público, en la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Tanto en los procesos excepcionales como en los procesos especiales, convocados por Resolución número 1912/2022, de 28 de diciembre, para los que ahora se abre un nuevo plazo de presentación de solicitudes, los méritos se valorarán con referencia de fecha fin hasta el 17 de febrero de 2023, en consonancia con el cómputo de méritos derivado de la convocatoria inicial de dichos procesos.

Únicamente, en los procesos selectivos excepcionales de acceso por concurso la solicitud deberá ser completada junto con el autobaremo de méritos, según base 4 arriba referenciada.

De igual forma, se podrán presentar solicitudes de desistimiento de participación a las inicialmente presentadas a dichos procesos lo que conllevará, en su caso, la devolución de las tasas de inscripción satisfechas.

Asimismo, en las convocatorias en las que se haya producido alguna modificación se conservarán las solicitudes y autobaremación de aquellas personas que las hubiesen presentado y deseen mantenerla, no siendo necesario realizar trámite nuevo alguno.

Dos. Proceder a modificar el contenido de la Resolución 1912/2022, de 28 de diciembre, en su anexo 6, base 1.1, del Cuerpo Facultativo Superior de Administración Especial (Veterinario/a) (E004/22), según el siguiente tenor literal:

'1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir cuatro (4) plazas vacantes del Cuerpo Facultativo de Administración Especial (Veterinario/a), pertenecientes al Grupo A, Subgrupo A1, de funcionarios, mediante el procedimiento de concurso-oposición, de conformidad con el artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre'.

Tres. Proceder a modificar el contenido de la Resolución 1912/2022, de 28 de diciembre, en su anexo 7, base 1.1, del Cuerpo Facultativo Superior de Administración Especial (Veterinario/a) (E004C/22), según el siguiente tenor literal:

'1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir seis (6) plazas vacantes del Cuerpo Facultativo Superior de Administración Especial (Veterinario/a), pertenecientes al Grupo A, Subgrupo A1, de funcionarios, mediante el procedimiento de concurso, de conformidad con las disposiciones adicionales 6ª y 8ª de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre'.

Cuatro. Proceder a anular las pruebas selectivas para cubrir una (1) plaza vacante del Cuerpo Facultativo Superior de Administración Especial (Técnico/a Superior en Acción Exterior) (E017/22) mediante el procedimiento de concurso-oposición, reguladas en el anexo 22 de la Resolución 1912/2022, de 28 de diciembre.

Se procederá al reintegro de oficio de las tasas de inscripción satisfechas en dicho proceso selectivo.

Cinco. Proceder a modificar el contenido de la Resolución 1912/2022, de 28 de diciembre, en su anexo 23, base 1.1, del Cuerpo Facultativo Superior de Administración Especial (Técnico/a Superior en Acción Exterior) (E017C/22), según el siguiente tenor literal:

'1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir tres (3) plazas vacantes del Cuerpo Facultativo Superior de Administración Especial (Técnico/a Superior en Acción Exterior), pertenecientes al Grupo A, Subgrupo A1, de funcionarios, mediante el procedimiento de concurso, de conformidad con las disposiciones adicionales 6ª y 8ª de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.'.

Seis. Proceder a modificar el contenido de la Resolución 1912/2022, de 28 de diciembre, en su anexo 33, base 1.1 y 1.2, del Cuerpo de Gestión de Administración General (E026/22), según el siguiente tenor literal:

'1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir seis (6) plazas vacantes del Cuerpo de Gestión de Administración General, pertenecientes al Grupo A, Subgrupo A2, de funcionarios, mediante el procedimiento de concurso-oposición, de conformidad con el artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.

1.2. Del número total de plazas señaladas, se reservan cuatro (4) plazas para ser cubiertas por personas con discapacidad que acrediten un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento o tengan tal consideración en los términos que establece el artículo 4 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, de acuerdo con la Disposición Adicional 12ª de la Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja'.

Siete. Proceder a modificar el contenido de la Resolución 1912/2022, de 28 de diciembre, en su anexo 44, base 1.1 y base 1.2, del Cuerpo Facultativo de Grado Medio de Administración Especial (Educador/a) (E033/22), según el siguiente tenor literal:

'1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir dos (2) plazas vacantes del Cuerpo Facultativo de Grado Medio de Administración Especial (Educador/a), pertenecientes al Grupo A, Subgrupo A2, de funcionarios, mediante el procedimiento de concurso-oposición, de conformidad con el artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.

1.2. Del número total de plazas señaladas, se reserva una (1) plaza para ser cubierta por persona con discapacidad que acredite un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento o tengan tal consideración en los términos que establece el artículo 4 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, de acuerdo con la Disposición Adicional 12ª de la Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja.'

Ocho. Proceder a modificar el contenido de la Resolución 1912/2022, de 28 de diciembre, en su anexo 45, base 1.1, del Cuerpo Facultativo de Grado Medio de Administración Especial (Educador/a) (E033C/22), según el siguiente tenor literal:

'1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir dos (2) plazas vacantes del Cuerpo Facultativo de Grado Medio de Administración Especial (Educador/a), perteneciente al Grupo A, Subgrupo A2, de funcionarios, mediante el procedimiento de concurso, de conformidad con las disposiciones adicionales 6ª y 8ª de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.'

Nueve. Proceder a modificar el contenido de la Resolución 1912/2022, de 28 de diciembre, en su anexo 56, base 1.1 y 1.2, del Cuerpo Administrativo de Administración General (E043/22), según el siguiente tenor literal:

'1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir dieciséis (16) plazas vacantes del Cuerpo Administrativo de Administración General, pertenecientes al Grupo C, Subgrupo C1, de funcionarios, mediante el procedimiento de concurso-oposición, de conformidad con el artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.

1.2. Del número total de plazas señaladas, se reservan trece (13) plazas para ser cubiertas por personas con discapacidad que acrediten un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento o tengan tal consideración en los términos que establece el artículo 4 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, de acuerdo con la Disposición Adicional 12ª de la Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja'.

Diez. Proceder a modificar el contenido de la Resolución 1912/2022, de 28 de diciembre, en su anexo 57, base 1.1, del Cuerpo Administrativo de Administración General (E043C/22), según el siguiente tenor literal:

'1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir siete (7) plazas vacantes del Cuerpo Administrativo de Administración General, pertenecientes al Grupo C, Subgrupo C1, de funcionarios, mediante el procedimiento de concurso, de conformidad con las disposiciones adicionales 6ª y 8ª de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre'.

Once. Proceder a anular las pruebas selectivas para cubrir una (1) plaza vacante del Cuerpo de Ayudantes Facultativos de Administración Especial (Ayudante Técnico Educativo) (E048/22), mediante el procedimiento de concurso-oposición, reguladas en el anexo 64 de la Resolución 1912/2022, de 28 de diciembre.

Se procederá al reintegro de oficio de las tasas de inscripción satisfechas en dicho proceso selectivo.

Doce. Proceder a modificar el contenido de la Resolución 1912/2022, de 28 de diciembre, en su anexo 65, base 1.1, del Cuerpo de Ayudantes Facultativos de Administración Especial (Ayudante Técnico Educativo) (E048C/22), según el siguiente tenor literal:

'1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir dieciséis (16) plazas vacantes del Cuerpo de Ayudantes Facultativos de Administración Especial (Ayudante Técnico Educativo), pertenecientes al Grupo C, Subgrupo C1, de funcionarios, mediante el procedimiento de concurso, de conformidad con las disposiciones adicionales 6ª y 8ª de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.'

Trece. Proceder a modificar el contenido de la Resolución 1912/2022, de 28 de diciembre, en su anexo 68, base 1.2, del Cuerpo Auxiliar de Administración General (E051/22), según el siguiente tenor literal:

'1.2. Del número total de plazas señaladas, se reservan dieciséis (16) plazas para ser cubiertas por personas con discapacidad que acrediten un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento o tengan tal consideración en los términos que establece el artículo 4 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, de acuerdo con la Disposición Adicional 12ª de la Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja.'

Catorce. Proceder a modificar el contenido de la Resolución 1912/2022, de 28 de diciembre, en su anexo 71, base 1.1, del Cuerpo de Auxiliares Facultativos de Administración Especial (Auxiliar de Enfermería) (E053/22), según el siguiente tenor literal:

'1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir cuatro (4) plazas vacantes de la Escala Sanitaria del Cuerpo de Auxiliares Facultativos de Administración Especial (Auxiliar de Enfermería), pertenecientes al Grupo C, Subgrupo C2, de funcionarios, mediante el procedimiento de concurso-oposición, de conformidad con el artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre'.

Quince. Proceder a modificar el contenido de la Resolución 1912/2022, de 28 de diciembre, en su anexo 72, base 1.1, del Cuerpo de Auxiliares Facultativos de Administración Especial (Auxiliar de Enfermería) (E053C/22), según el siguiente tenor literal:

'1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir treinta (30) plazas vacantes de la Escala Sanitaria del Cuerpo de Auxiliares Facultativos de Administración Especial (Auxiliar de Enfermería), pertenecientes al Grupo C, Subgrupo C2, de funcionarios, mediante el procedimiento de concurso, de conformidad con las disposiciones adicionales 6ª y 8ª de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.'

Dieciséis. Proceder a modificar el contenido de la Resolución 1912/2022, de 28 de diciembre, en su anexo 73, del Cuerpo Subalterno de Administración General (E054/22), dando una nueva redacción a la base 1.1 y añadiendo la bases 1.1. bis, según el siguiente tenor literal:

'1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir dos (2) plazas vacantes del Cuerpo Subalterno de Administración General, pertenecientes a la Agrupación Profesional, Grupo E, del personal funcionario, mediante el procedimiento de concurso-oposición, de conformidad con el artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.

1.1.bis. Del número total de plazas señaladas, se reserva una (1) plaza para ser cubiertas por persona con discapacidad que acredite un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento o tengan tal consideración en los términos que establece el artículo 4 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, de acuerdo con la Disposición Adicional 12ª de la Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja.'

Además, se procede a modificar la base 2.c) del citado anexo 73, con el siguiente tenor literal:

'c) Quienes opten a las plazas reservadas a personas con discapacidad, deberán reunir, además de los requisitos anteriores, un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, y deberán expresarlo en la solicitud de participación en el proceso selectivo.'

Diecisiete. Proceder a modificar el contenido de la Resolución 1912/2022, de 28 de diciembre, en su anexo 74, base 1.1, por la que se convoca el proceso selectivo para cubrir plazas del Cuerpo Subalterno de Administración General para ser cubiertas por personas con un grado igual o superior al 33 por ciento de discapacidad intelectual (E054R/22), según el siguiente tenor literal:

'1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir cinco (5) plazas reservadas a personas con un grado igual o superior al 33 por ciento de discapacidad intelectual. La discapacidad intelectual debe tener carácter exclusivo o prevalente en la calificación del grado de discapacidad. Se considera prevalente cuando la valoración de la discapacidad intelectual sea igual o superior a la valoración de cada uno de los otros factores que dan lugar a la condición de persona con discapacidad, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. En cualquier caso, la discapacidad deberá ser compatible con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes a la plaza convocada'.

Dieciocho. Proceder a modificar el contenido de la Resolución 1912/2022, de 28 de diciembre, en su anexo 75, base 1.1, del Cuerpo Subalterno de Administración General (E054C/22), según el siguiente tenor literal:

'1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir veintidós (22) plazas vacantes del Cuerpo Subalterno de Administración General, pertenecientes a la Agrupación Profesional, Grupo E, del personal funcionario, mediante el procedimiento de concurso, de conformidad con las disposiciones adicionales 6ª y 8ª de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre'.

Diecinueve. Proceder a anular las pruebas selectivas para cubrir una (1) plaza laboral correspondiente a la categoría profesional de Oficial 1ª Oficio (mantenimiento) (E091/22) mediante el procedimiento de concurso-oposición, reguladas en el anexo 113 de la Resolución 1912/2022, de 28 de diciembre.

Se procederá al reintegro de oficio de las tasas de inscripción satisfechas en dicho proceso selectivo.

Veinte. Proceder a modificar el contenido de la Resolución 1912/2022, de 28 de diciembre, en su anexo 114, base 1.1, correspondiente a la categoría profesional de Oficial 1ª Oficio (mantenimiento) (E091C/22), según el siguiente tenor literal:

'1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir tres (3) plazas laborales de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, correspondientes a la categoría profesional de Oficial 1ª Oficio (mantenimiento), grupo D, mediante el procedimiento de concurso, de conformidad con las disposiciones adicionales 6ª y 8ª de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre'.

Veintiuno. Proceder a modificar el contenido de la Resolución 1912/2022, de 28 de diciembre, en su anexo 129, base 1.1 y base 1.2, correspondientes a la categoría profesional de Operario (E104/22), según el siguiente tenor literal:

'1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir dos (2) plazas laborales de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, correspondiente a la categoría profesional de Operario, grupo E, mediante el procedimiento de concurso-oposición, de conformidad con el artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.

1.2. Del número total de plazas señaladas, se reserva una (1) plaza para ser cubierta por persona con discapacidad que acredite un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento o tengan tal consideración en los términos que establece el artículo 4 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, de acuerdo con la Disposición Adicional 12ª de la Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja.'

Veintidós. Proceder a modificar el contenido de la Resolución 1912/2022, de 28 de diciembre, en su anexo 130, base 1.1, por la que se convoca el proceso selectivo para cubrir plazas laborales correspondientes a la categoría profesional de Operario para ser cubiertas por personas con un grado igual o superior al 33 por ciento de discapacidad intelectual (E104R/22), según el siguiente tenor literal:

'1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir seis (6) plazas reservadas a personas con un grado igual o superior al 33 por ciento de discapacidad intelectual. La discapacidad intelectual debe tener carácter exclusivo o prevalente en la calificación del grado de discapacidad. Se considera prevalente cuando la valoración de la discapacidad intelectual sea igual o superior a la valoración de cada uno de los otros factores que dan lugar a la condición de persona con discapacidad, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. En cualquier caso, la discapacidad deberá ser compatible con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes a la plaza convocada'.

Veintitrés. Proceder a modificar el contenido de la Resolución 1912/2022, de 28 de diciembre, en su anexo 131, base 1.1, correspondiente a la categoría profesional de Operario (E104C/22), según el siguiente tenor literal:

'1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir veintiocho (28) plazas laborales de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, correspondiente a la categoría profesional de Operario, grupo E, mediante el procedimiento de concurso, de conformidad con las disposiciones adicionales 6ª y 8ª de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre'.

Veinticuatro. Proceder a modificar el contenido de la Resolución 1912/2022, de 28 de diciembre, en su anexo 133, base 1.1, correspondiente a la categoría profesional de Cocinero/a (E106/22), según el siguiente tenor literal:

'1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir una (1) plaza laboral fija discontinua de la categoría profesional de Cocinero/a, perteneciente al grupo D, mediante el procedimiento de concurso-oposición, de conformidad con el artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre'.

Además, se procede a anular la base 1.2 de dicho anexo 133 por el que se reservaban dos (2) plazas para ser cubiertas por personas con discapacidad que acrediten un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento o tengan tal consideración en los términos que establece el artículo 4 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, de acuerdo con la Disposición Adicional 12ª de la Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Veinticinco. Proceder a modificar el contenido de la Resolución 1912/2022, de 28 de diciembre, en su anexo 134, base 1.1, correspondiente a la categoría profesional de Cocinero/a (E106C/22), según el siguiente tenor literal:

'1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir seis (6) plazas laborales fijas discontinuas de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, correspondiente a la categoría profesional de Cocinero/a, pertenecientes al grupo D, mediante el procedimiento de concurso, de conformidad con las disposiciones adicionales 6ª y 8ª de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre'.

La presente resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con el artículo 45 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Contra la misma podrá interponerse, recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, en el caso de personal funcionario, interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 8.2 a), 46.1 y 78 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Si se trata de personal laboral, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 8.2 a), 46.1 y 78 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del órgano encargado de la selección en estas pruebas, conforme a lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Conforme a lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los emplazamientos a las posibles personas interesadas en los recursos que se deriven de la presente convocatoria se publicarán a través del Boletín Oficial de La Rioja.

Logroño a 8 de mayo de 2023.- El Consejero de Hacienda y Administración Pública, Celso González González.

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