Gobierno de La Rioja

Núm. 201
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Miércoles 4 de octubre de 2023
CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES
III..3402

Resolución 16/2023, de 29 de septiembre, de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, por la que se realiza la convocatoria de subvenciones a programas de interés general dirigidos a fines de interés social con cargo a la asignación tributaria del impuesto sobre la renta de las personas físicas, para el año 2023 (extracto)

BDNS: 719211

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/719211)

Primero. Beneficiarios.

Tendrán la condición de beneficiarios de las subvenciones previstas en la presente convocatoria las entidades del Tercer Sector en la Comunidad Autónoma de La Rioja que desarrollen programas de interés general dirigidos a fines de interés social.

Segundo. Objeto.

Se subvencionarán programas e inversiones que se efectúen durante el año 2024 y se abonen con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de la justificación de la subvención establecido en el apartado séptimo de la resolución de convocatoria.

En el Anexo I de la resolución de convocatoria se establecen los programas objeto de subvención.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden 6/2017, de 27 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a programas de interés general dirigidas a fines de interés social a desarrollar por entidades del tercer sector en la Comunidad Autónoma de La Rioja, con cargo a la asignación tributaria del impuesto sobre la renta de las personas físicas (Boletín Oficial de La Rioja número 114, de 2 de octubre de 2017).

Cuarto. Cuantía.

Un importe total de dos millones seiscientos cuarenta euros (2.640.000 euros) con arreglo a la siguiente distribución:

     A entidades del tercer sector para programas        06.07.01.2325.480.00       2.100.000 euros
     A entidades del tercer sector para inversiones 06.07.01.2325.780.00 540.000 euros

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, computado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación del extracto de la resolución de convocatoria de esta subvención en el Boletín Oficial de La Rioja, de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) 20.8.a) y 23.2.g) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones.

Sexto. Otros datos de interés.

Convocatoria: El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja (http://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=24328)

Solicitudes: Los impresos de solicitud se generarán automáticamente al tramitar la misma desde la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (http://www.larioja.org/oficina-electronica/es) y su presentación se efectuará exclusivamente de forma telemática a través de dicha oficina electrónica conforme a lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Documentación: La documentación a acompañar, requisitos, órganos competentes para la instrucción y resolución, obligaciones, criterios de valoración, justificaciones, notificación, recursos que cabe interponer, etc. se regirán por lo dispuesto en la Orden 6/2017 de esta Consejería.

Las retribuciones máximas subvencionables para el personal a las que se refiere el artículo 9.2 de la Orden 6/2017, figuran en el Anexo II de la resolución de convocatoria.

Procedimiento de concesión: Línea de subvención en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios recogidos en el artículo 8.3 del Decreto 14/2006, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Justificación: En lo referente a la justificación de la subvención, se estará a lo dispuesto en el artículo 18 de la Orden 6/2017, de 27 de septiembre y en el apartado séptimo de la resolución 16/2023, de 29 de septiembre, por la que se realiza la convocatoria de subvenciones a programas de interés general dirigidos a fines de interés social a desarrollar por entidades del Tercer Sector en la Comunidad Autónoma de La Rioja, con cargo a la asignación tributaria del impuesto sobre la renta de las personas físicas para el año 2023.

Logroño a 29 de septiembre de 2023.- La Consejera de Salud y Políticas Sociales, María Martín Díez de Baldeón.

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