Resolución de 28 de junio de 2024, de la Dirección de Recursos Humanos de la Gerencia del Servicio Riojano de Salud, por la que se resuelve la adjudicación definitiva del concurso de traslados a plazas básicas vacantes en el Servicio Riojano de Salud de personal de gestión y servicios, correspondiente a la categoría de referencia "Pinche" o/y categoría equivalente en el Servicio Riojano de Salud de "Pinche" (E113) y se determina el día de toma de posesión de las personas adjudicatarias de plaza
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 51, 52 y 53 del Decreto 2/2011, de 14 de enero, de selección de personal estatutario y provisión de plazas y puestos de trabajo del Servicio Riojano de Salud (en adelante Decreto 2/2011), y en las bases 6.5, 6.6 y 6.7 de la Resolución de 15 de abril de 2024, de la Dirección de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso de traslados a plazas básicas vacantes en el Servicio Riojano de Salud de personal de gestión y servicios, correspondientes a la categoría de referencia Pinche o/y categoría equivalente en el Servicio Riojano de Salud de Pinche (E113) (Boletín Oficial de La Rioja de 17 de abril), esta Dirección, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 3.5 del Decreto 153/2023 de 14 de noviembre que establece la estructura orgánica y funciones de la Gerencia del Servicio Riojano de Salud (Boletín Oficial de La Rioja de 16 de noviembre),
RESUELVE
Primero. Aprobar la adjudicación definitiva del concurso de traslados a plazas básicas vacantes en el Servicio Riojano de Salud de personal de gestión y servicios, correspondientes a la categoría de referencia Pinche o/y categoría equivalente en el Servicio Riojano de Salud de Pinche (E113), que figura en el Anexo de esta Resolución.
Segundo. De conformidad con el artículo 51.4 del Decreto 2/2011, las plazas adjudicadas son irrenunciables, salvo que la renuncia esté motivada por la obtención de otra plaza en un proceso de movilidad voluntaria convocado por otra Administración Pública, conforme a lo establecido en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.
Tercero. El personal del Servicio Riojano de Salud que se encuentre en servicio activo y que haya sido adjudicatario de plaza en este concurso de traslados deberá tomar posesión de la misma el 1 de octubre de 2024, salvo las excepciones contempladas en el artículo 52 del Decreto 2/2011.
Cuarto. De conformidad con el artículo 51.5 del Decreto 2/2011 se entenderá que solicitan la excedencia voluntaria por interés particular como personal estatutario las personas adjudicatarias que no tomen posesión de la plaza adjudicada en los plazos establecidos. No obstante, si existen causas suficientemente justificadas podrá dejarse sin efecto dicha situación de manera que la persona adjudicataria se incorpore a la plaza tan pronto como desaparezcan.
Quinto. La presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de reposición potestativo ante la Presidencia del Servicio Riojano de Salud, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, o bien ser impugnada ante la jurisdicción contencioso- administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, todo ello de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Logroño a 28 de junio de 2024.- La Directora de Recursos Humanos, María Begoña Lema de Pablo.