Resolución 309/2016, de 1 de abril, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se realiza la convocatoria pública para el ejercicio 2016 de diversas ayudas incluidas en la Solicitud Única (extracto)
BDNS: 303113
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans
Primero.- Beneficiarios: podrán ser beneficiarios los que cumplan los requisitos previstos en las diferentes órdenes de bases reguladoras.
Segundo.- Objeto. Convocatoria y financiación correspondiente de las siguientes ayudas incluidas en la Solicitud Única:
- Ayudas de reforestación para primas de mantenimiento y primas compensatorias.
- Ayuda nacional a los frutos de cáscara
- Ayudas de indemnización compensatoria por zonas de montaña en La Rioja.
- Medidas de Agroambiente y Clima, y de Agricultura Ecológica incluidas en el Programa de Desarrollo Rural de La Rioja: mantenimiento de biodiversidad en viñedo y olivar, lucha contra la erosión en medios frágiles, técnicas de producción agrícola sostenibles: guisante y viñedo de vinificación dentro de la medida de agricultura ecológica.
Tercero.- Bases reguladoras:
- Orden 37/2015, de 16 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para reforestaciones y creación de superficies forestales (BOR nº 120, de 18 de septiembre de 2015),
- Orden 26/2015, de 5 de junio, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente por la que se regula la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y la presentación de la solicitud única de ayudas de la PAC (Política Agrícola Común), a partir de 2015 (BOR nº 74, de 8 de junio de 2015).
- Orden 24/2015, de 5 de junio de 2015, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de indemnización compensatoria por zonas de montaña en La Rioja. (BOR nº 74, de 8 de junio de 2015, modificada por la Orden 10/2016, de 22 de marzo, publicada en el BOR nº 34 de 23 de marzo de 2016).
- Orden 25/2015, de 5 de junio de 2015, por el que se regulan las medidas de Agroambiente y Clima, y de Agricultura Ecológica, contenidas en el Programa de Desarrollo Rural de La Rioja 2014-2020. (BOR nº 74, de 8 de junio de 2015, modificada por la Orden 9/2016, de 22 de marzo, publicada en el BOR nº 34 de 23 de marzo de 2016).
Cuarto.- Importe: cinco millones setecientos noventa y ocho mil quinientos euros (5.798.500 euros), distribuidos de la siguiente forma:
- Ayudas derivadas de la Orden 37/2015, de 16 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para reforestaciones y creación de superficies forestales: se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 05.06.5321.476 Primas compensatorias. Reforestaciones del ejercicio 2016 por un importe de ciento cuarenta y ocho mil euros (148.000 ), con cargo a la partida 05.06.5321.772 Transferencias de capital a empresas privadas por un importe de ciento setenta mil euros (170.000 ) y con cargo a la partida presupuestaria 05.06.5321.780 Transferencias de capital a familias e Instituciones sin fines de lucro por un importe de quinientos euros (500 ), todas las anteriores dentro del Proyecto de Gasto 80500.1
- Ayuda nacional a los frutos de cáscara recogida en el artículo 2.3 de la Orden 26/2015, de 5 de junio de 2015, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente por la que se regula la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y la presentación de la solicitud única de ayudas de la PAC (Política Agrícola Común), a partir de 2015: se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 05.02.01.7121.475.02 del ejercicio 2017 Frutos Secos con un límite máximo de ciento ochenta mil euros (180.000 ) - Proyecto de gasto 80590.2.
- Subvenciones derivadas de la Orden 24/2015, de 5 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de indemnización compensatoria por zonas de montaña en La Rioja: se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 05.02.01.7121. 477 IZM del ejercicio 2017 con un límite máximo de ochocientos cincuenta mil euros (850.000 ).- Proyecto de Gasto 80500.2
- Subvenciones derivadas de la Orden 25/2015, de 5 de junio de 2015, por el que se regulan las medidas de Agroambiente y Clima, y de Agricultura Ecológica, contenidas en el Programa de Desarrollo Rural de La Rioja, 2014-2020: se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 05.02.01.7121.476 Ayudas agroambientales destinadas a los sectores agrarios y ganaderos - Proyecto de Gasto 80500.2- de la siguiente forma:
*con un límite máximo de disponibilidad presupuestaria de dos millones doscientos cincuenta mil euros (2.250.000,00 euros) distribuidos en 5 anualidades, de 2016 al 2020, de cuatrocientos cincuenta mil euros (450.000) para la operación de Mantenimiento de biodiversidad en viñedo y olivar y Lucha contra la erosión en medios frágiles de la medida de agroambiente y clima.
*con un límite máximo de disponibilidad presupuestaria de un millón quinientos mil euros (1.500.000,00 euros) distribuidos en 5 anualidades, de 2017 al 2021, de trescientos mil euros (300.000) para la operación de Técnicas de producción agrícola sostenibles: guisante de la medida de agroambiente y clima.
*con un límite máximo de disponibilidad presupuestaria de setecientos mil euros (700.000,00 euros) distribuidos en 5 anualidades, de 2016 al 2020, de ciento cuarenta mil euros (140.000) de euros para la operación de viñedo de vinificación medida de agricultura ecológica.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes: el plazo de la presentación de la solicitud única es del 1 de febrero hasta 30 de abril, de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sin perjuicio de posibles modificaciones de ampliación de plazo que pueda aprobar el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Los modelos oficiales de solicitud estarán disponibles en la Dirección General de Agricultura y Ganadería (avenida de La Paz, 8-10 de Logroño) y en la Dirección General de Medio Natural (Prado Viejo, 62 bis, Logroño), así como en el Servicio de Atención al ciudadano (calle Capitán Cortés nº 1 de Logroño), o a través de la página web del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org/medioambiente), en el apartado trámites e impresos, sin perjuicio de lo previsto en cuanto a la forma de presentación de la solicitud única en los apartados del 3 al 5 del artículo 10 de la Orden 26/2015, de 5 de junio
Sexto.- Otros datos de interés:
- Convocatoria: El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en las siguientes direcciones de la página web del Gobierno de La Rioja http://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=03608 y http://www.larioja.org/agricultura/es/politica-agricola-comun/ayudas-pac-2016
- Documentación: La establecida en el apartado séptimo de la resolución de convocatoria.
- Procedimiento de concesión: las ayudas se tramitarán en régimen de concesión directa, salvo las medidas de Agroambiente y Clima, y de Agricultura Ecológica, y las ayudas de primas de mantenimiento que se tramitarán en régimen de concurrencia competitiva.
- Eficacia: la resolución de convocatoria surtirá efectos desde el mismo día de la publicación de su extracto en el Boletín Oficial de La Rioja y será de aplicación a las solicitudes presentadas entre el 1 de febrero y el 30 de abril de 2016
Logroño a 1 de abril de 2016.- El Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, Iñigo Nagore Ferrer.