Resolución 2596/2024, de 28 de noviembre, de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, por la que se establece el calendario de días inhábiles para el año 2025, a efectos del cómputo de plazos administrativos
Vistos:
Primero. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recoge en su artículo 30.7 que las Administraciones de las Comunidades Autónomas, con sujeción al calendario laboral oficial, fijarán el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos, que comprenderá los días inhábiles de las entidades locales correspondientes a su ámbito territorial.
El artículo 30.2 de esta Ley establece que los sábados y los domingos quedan excluidos a efectos del cómputo de plazos.
Por otra parte, el artículo 30.8 de esta misma Ley 39/2015, establece que la declaración de un día como hábil o inhábil a efectos de cómputo de plazos no determina por sí sola el funcionamiento de los centros de trabajo de las Administraciones Públicas, la organización del tiempo de trabajo ni el acceso de los ciudadanos a los registros.
Segundo. La Resolución 249/2024, de 16 de julio, (Boletín Oficial de La Rioja nº 139, de 18 de julio de 2024) de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo, dispuso la publicación del Acuerdo de Gobierno por el que se aprueba el calendario de festivos laborales para el año 2025 en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Tercero. El calendario laboral de fiestas locales para el año 2025 publicado en el Boletín Oficial de La Rioja nº 229 de 21 de noviembre de 2024.
Cuarto. El artículo 10.2.s) del Decreto Decreto 51/2023, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que atribuye al Consejero de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno la ordenación de los servicios públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
El Consejero de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, como órgano competente,
RESUELVE
Primero. El ámbito de aplicación de la presente resolución será la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, sus Organismos Públicos cuando ejerzan potestades administrativas, y las Entidades Locales del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Segundo. El calendario de días inhábiles para el año 2025, a efectos de cómputos de plazos administrativos, incluye los sábados, los domingos y los días que seguidamente se relacionan, de acuerdo con la Resolución 249/2024, de 16 de julio, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo, que dispuso la publicación del Acuerdo de Gobierno por el que se aprueba el calendario de festivos laborales para el año 2025 en la Comunidad Autónoma de La Rioja:
1 enero | miércoles | Año Nuevo | |
6 enero | lunes | Epifanía del Señor | |
17 abril | jueves | Jueves Santo | |
18 abril | viernes | Viernes Santo | |
21 abril | lunes | Lunes de Pascua | |
1 mayo | jueves | Fiesta del Trabajo | |
9 junio | lunes | Día de La Rioja | |
15 agosto | viernes | Asunción de la Virgen | |
1 noviembre | sábado | Fiesta de Todos los Santos | |
6 diciembre | sábado | Día de la Constitución Española | |
8 diciembre | lunes | Inmaculada Concepción | |
25 diciembre | jueves | Natividad del Señor |
Tercero. Serán inhábiles además durante el año 2025 en cada municipio de la Comunidad Autónoma de La Rioja los días de sus respectivas fiestas locales comprendidas en dicho periodo, que figuran en la publicación de la Subdirección General de Diálogo Social y Relaciones Laborales, de la Consejería de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo, de fecha 19 de noviembre de 2024 (Boletín Oficial de La Rioja número 229, de 21 de noviembre de 2024).
Cuarto. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de La Rioja.
Logroño a 28 de noviembre de 2024.- El Consejero de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, Alfonso Domínguez Simón.