Gobierno de La Rioja

Núm. 39
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Miércoles 26 de febrero de 2025
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, MUNDO RURAL Y MEDIO AMBIENTE
III..689

Resolución 266/2025, de 19 de febrero, de la Consejería de Agricultura, Ganadería Mundo Rural y Medio Ambiente, por la que aprueba la convocatoria pública para 2025, de la ayuda dirigida a los titulares de explotaciones apícolas (extracto)

BDNS: 816130

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/816130)

Primero. Bases reguladoras.

La Orden AGR/69/2018, de 12 de septiembre, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de una ayuda dirigida a los titulares de explotaciones apícolas de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja número 109, de 17 de septiembre de 2018).

Segundo. Objeto.

Convocar la concesión de subvenciones para el año 2025 referidas a la ayuda recogida en la Orden AGR/69/2018, de 12 de septiembre, dirigida a los titulares de explotaciones apícolas de La Rioja.

Tercero. Beneficiarios.

Para ser beneficiarios de la presente convocatoria se han de reunir los requisitos que se determinan en el artículo 2 de la orden reguladora.

Cuarto. Cuantía.

Aprobar el gasto correspondiente a la ayuda dirigida a los titulares de explotaciones apícolas de La Rioja, por un importe total de ciento cincuenta mil euros (150.000 euros), con cargo a la partida presupuestaria 05.02.01.4122.475.03 Ayudas sector ganadero del ejercicio 2025.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de la presentación de la solicitud de ayuda será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de La Rioja del presente extracto de la resolución de convocatoria.

Sexto. Otros datos de interés.

1. Convocatoria. El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=08368)

2. Solicitudes. La solicitud de la ayuda y documentación exigida debidamente cumplimentada se dirigirá a la Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente y podrán ser presentadas en cualquiera de las Oficinas de Atención al Ciudadano del Gobierno de La Rioja, en el registro auxiliar de la Consejería competente en la materia o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 6 del Decreto 58/2004, de 29 de octubre, por el que se regula el Registro en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus Organismos Públicos, así como en la oficina electrónica de la página web del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org).

Las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, están obligados a presentar la solicitud en la oficina electrónica de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org).

En caso de presentación electrónica, si el interesado no dispone de dirección electrónica habilitada en el sistema de notificaciones electrónicas de esta Administración, deberá tramitar directamente el alta en la dirección web (www.larioja.org/notificaciones), o bien solicitarle al órgano competente en el modelo de comunicación previa que tramite dicha alta, para lo cual debe indicar una cuenta de correo electrónico personal para el aviso de la puesta a disposición de una notificación.

Los modelos de solicitud están disponibles en la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org) desde el catálogo de ayudas a la agricultura del Gobierno de La Rioja, (http://www.larioja.org/agricultura/es/catalogo-ayudas)

3. Documentación. Junto con la solicitud se deberá presentar la documentación referida en la Orden reguladora.

4. Procedimiento de concesión. Esta ayuda se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.

5. Beneficiarios. Los beneficiarios se someterán a las obligaciones establecidas en la Orden reguladora y en el resto de la normativa aplicable en materia de subvenciones.

En aplicación de la posibilidad contenida en el artículo 2.3 de la Orden AGR/69/2018, de 12 de septiembre, debido a la situación provocada tanto por las condiciones climatológicas adversas como por la alta incidencia de Varroa, se modifica para la presente convocatoria, el requisito recogido en el párrafo e del artículo 2 de la citada orden, de tal manera que los ingresos apícolas, de al menos 30 euros/colmena, podrá cumplirse en cualquiera de los dos últimos ejercicios fiscales.

6. Instrucción y tramitación. La Dirección General de Agricultura y Ganadería es el órgano encargado de la instrucción y ordenación del procedimiento incluyendo la elaboración de la correspondiente propuesta de resolución, a través del Servicio de Ayudas a las Rentas y SIGC.

El órgano competente para resolver la concesión será la Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, salvo que se encuentre en vigor una delegación de competencias en la materia.

7. Publicidad de la concesión de la ayuda. De conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la resolución de concesión será objeto de publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, así como cualquier acto previo a éste.

Todos los actos administrativos posteriores a la resolución de concesión serán notificados individualmente de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

8. Pago de la ayuda. El abono de la subvención a los solicitantes se efectuará una vez dictada la Resolución de pago por la Dirección General de Agricultura y Ganadería y tras los controles realizados por parte del órgano gestor.

Logroño a 19 de febrero de 2025.- La Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, Noemí Manzanos Martínez.


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