Resolución 7/2025, de 26 de febrero, de la Consejería de Educación y Empleo, por la que se convocan subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la ejecución de programas en el marco de atención a la diversidad para el curso 2024-2025 (extracto)
BDNS: 817215
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/817215).
Primero. Beneficiarios.
Podrán acogerse a las subvenciones que se regulan en esta convocatoria las entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas cuyos objetivos y actividades se enmarquen en el ámbito de la atención educativa a la diversidad a que hace referencia el artículo 3 de la Orden EDC/9/2020, de 19 de febrero.
Segundo. Objeto.
Podrán ser objeto de subvención los programas de atención educativa destinados a complementar las medidas y recursos desarrollados por la Consejería competente en materia de educación destinados a dar la mejor respuesta al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo por presentar necesidades educativas especiales, por retraso madurativo, por trastornos del desarrollo del lenguaje y la comunicación, por trastornos de atención o de aprendizaje, por desconocimiento grave de la lengua de aprendizaje, por encontrarse en situación de vulnerabilidad socioeducativa, por sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo o por condiciones personales o de historia escolar.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden EDC/9/2020, de 19 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la ejecución de programas en el marco de Atención a la Diversidad.
Cuarto. Cuantía.
Cuantía total de la subvención 150.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOR.
Sexto. Otros datos de interés.
- Solicitudes: La presentación de la solicitud se realizará por el representante de la entidad telemáticamente, a través de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (https://web.larioja.org) dentro del apartado Oficina Electrónica, Área Temática Educación. El enlace directo para la tramitación del procedimiento junto con la solicitud y los anexos a presentar es el siguiente: (https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=24633).
- Documentación: la prevista en el artículo 5 de la Orden EDC/9/2020, de 19 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la ejecución de programas en el marco de Atención a la Diversidad.
Logroño a 26 de febrero de 2025.- El Consejero de Educación y Empleo, Alberto Galiana García.