SUBVENCIONES: Resolución de 10 de abril de 2025, de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, por la que se aprueba la convocatoria 2025 de las subvenciones destinadas al Programa Estratégico de Comercio Exterior, en régimen de concesión directa (extracto)
BDNS: 826590, 826591, 826592
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/es/index)
Primero. Beneficiarios.
1. Podrán acogerse a las subvenciones previstas en esta convocatoria las pequeñas y medianas empresas (pymes) cuya actividad esté incluida en alguno de los siguientes epígrafes de la CNAE-2025 (Real Decreto 10/2025, de 14 de enero):
a) Sección C. Industria Manufacturera.
Cuando la empresa pertenezca al sector vitivinícola sólo serán subvencionables las actuaciones realizadas para marcas propias y que estén adscritas a una marca de calidad reconocida por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Medio Rural y Medio Ambiente del Gobierno de La Rioja, que se acreditará mediante declaración responsable.
b) De la Sección J, el Grupo 58.2. Edición de programas informáticos.
c) De la Sección K, el Grupo 62. Programación, consultoría y otras actividades relacionadas con la informática.
d) De la Sección N:
- Grupo 71.1. Servicios técnicos de arquitectura e ingeniería y otras actividades relacionadas con el asesoramiento técnico.
- División 72. Investigación y desarrollo.
e) De la Sección S:
- Grupo 90. Actividades de creación artística y artes escénicas.
- División 93.2. Otras actividades recreativas y de entretenimiento
Además, podrán ser beneficiarios aquellas empresas que cuenten con un número de trabajadores o con una plantilla media de trabajadores por cuenta ajena en situación de alta a fecha 31 de diciembre de 2024 correspondiente a los códigos de cuanta de cotización de centros de trabajo en La Rioja igual o superior a 5 empleados y que su actividad esté incluida en alguno de los siguientes epígrafes de la CNAE-2025 (Real Decreto 10/2025, de 14 de enero).
De la Sección G:
- Grupo 46.3. Comercio al por mayor de productos alimenticios, bebidas y tabaco.
- Grupo 46.4. Comercio al por mayor de artículos de uso doméstico.
- Grupo 46.5. Comercio al por mayor de equipos para las tecnologías de la información y las comunicaciones.
- Grupo 46.6. Comercio al por mayor de otra maquinaria, equipos y suministros.
- Dentro del Grupo 46.8, exclusivamente las siguientes clases:
46.83. Comercio al por mayor de madera, materiales de construcción y aparatos sanitarios.
46.84. Comercio al por mayor de equipos y suministros de ferretería, fontanería y calefacción.
46.85. Comercio al por mayor de productos químicos.
2. Grandes empresas cuya actividad esté incluida en alguno de los epígrafes de la CNAE-2025 (Real Decreto 10/2025, de 14 de enero) enunciados en el apartado 1, letra a). Únicamente podrán acogerse a las actuaciones subvencionables previstas en los apartados a), b), c), d), e), f), h) e i) del artículo 4.1 de la Orden número EIE/38/2024, de 29 de mayo de 2024.
Segundo. Objeto.
Potenciar la internacionalización de la empresa riojana. Serán subvencionables las inversiones y los gastos en las siguientes actuaciones que estén directamente relacionadas con la actividad en comercio exterior:
- Exposición en ferias fuera del territorio español
- Ferias de carácter internacional en territorio nacional
- Registro de marcas en el extranjero
- Visitas a ferias en el exterior
- Presentación a licitaciones internacionales
- Misiones comerciales presenciales o virtuales
- Viajes de prospección comercial
- Publicidad en medios de comunicación no nacionales.
- Asesoramiento externo especializado en comercio exterior
- Asesoramiento externo para el diseño de material promocional
- Asesoramiento externo para campañas de publicidad a través de agencias de publicidad
- Asesoramiento externo para el diseño de catálogos, fichas de productos o folletos informativos para fines publicitarios
- Asesoramiento externo para la realización de la imagen corporativa y el desarrollo del manual de la imagen corporativa de la empresa
- Asesoramiento externo para la realización de diseño de envase y/o embalaje
- Páginas web que cumplan los criterios de accesibilidad.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden número EIE/38/2024, de 29 de mayo de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinadas al programa estratégico de comercio exterior, en régimen de concesión directa (Boletín Oficial de La Rioja número 106, de 31 de mayo de 2024).
Cuarto. Cuantía.
Importe del crédito disponible: 2.000.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de presentación de solicitudes comenzará el día de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de La Rioja, a las 09:00 horas.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 12 de diciembre de 2025, a las 14:00 horas.
Podrán subvencionarse gastos efectuados hasta el 31 de diciembre de 2025.
Una vez cerrado el plazo de presentación de solicitudes no se podrá incrementar el importe del presupuesto de inversión subvencionable.
Sexto. Tramitación.
Tramitación telemática de los expedientes de subvención (obligatoria), de acuerdo con la Orden 1/2017, de 7 de marzo, Consejería de Desarrollo Económico e Innovación, por la que se regula la tramitación electrónica en los procedimientos de concesión de subvenciones y concesión de préstamos de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja número 29/2017, de 10 de marzo).
- Presentación de solicitudes: De acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 5, de la convocatoria.
- Medio de notificación: De acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 7, de la convocatoria.
Séptimo. Otros datos de interés.
- Los interesados podrán acceder también al texto íntegro de la Resolución de convocatoria y a la Orden reguladora de las ayudas a través de la página web de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (www.ader.es).
- Procedimiento de concesión. La concesión de subvenciones se efectuará en régimen de concesión directa.
- Los códigos asignados por la BDNS corresponden a un mismo texto de convocatoria.
Logroño a 10 de abril de 2025.- El Gerente, Luis Pérez Echeguren.