SUBVENCIONES: se aprueba la convocatoria para la constitución de una bolsa de cinco becas de formación en prácticas sobre Diseño de Producto y una bolsa de empresas de acogida, atracción, retención e impulso del talento en La Rioja (extracto)
Resolución de 29 de octubre de 2025, de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, por la que se aprueba la convocatoria para la constitución de una bolsa de cinco becas de formación en prácticas sobre Diseño de Producto y una bolsa de empresas de acogida. Atracción, retención e impulso del talento en La Rioja. (extracto)
BDNS: 865541
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/
Primero. Objeto.
Convocatoria para la constitución de una Bolsa de becas de formación en prácticas sobre Diseño de Producto a los criterios y proceso de selección establecidos en la convocatoria, cuyo objetivo es la formación de profesionales especializados en internacionalización empresarial
Convocatoria para la constitución de una bolsa de empresas que quieran acoger un becario/a en prácticas sobre diseño de producto. El objetivo es la realización de prácticas en empresas del tejido empresarial de La Rioja que pertenezcan a sectores susceptibles de incorporar el diseño como herramienta imprescindible en el desarrollo de su estrategia empresarial.
Segundo. Requisitos.
1) Becarios/as:
a) Haber nacido en 1995 o con posterioridad.
b) Estar en situación de desempleo en el momento de aceptación de la beca, aportando la correspondiente inscripción como demandante de empleo expedida por las Oficinas de Empleo. Además, se deberá estar inscrito en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y reconocido como beneficiario en dicho sistema (la mencionada inscripción también deberá ser previa al inicio de la beca).
c) Poseer la nacionalidad española, de un Estado miembro de la Unión Europea, ser nacional de aquellos Estados, a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de personas trabajadoras o extranjeras con permiso de residencia en España.
d) Estar en posesión el último día del plazo de presentación de solicitudes, de una titulación oficial universitaria, o formación profesional (FP) de grado superior, o grado en enseñanzas artísticas superiores de diseño, se admitirán titulaciones en materia de diseño de producto, ingeniería de producto o arquitectura.
Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar homologados o reconocidos y producir plenos efectos jurídicos en la fecha de presentación de la solicitud, de conformidad con el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior.
En defecto de título, estar en posesión de la certificación supletoria provisional a que se refiere el artículo 14.2 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales.
e) Empadronamiento en la Comunidad Autónoma de la Rioja como mínimo seis meses previos a la apertura del plazo de presentación de solicitudes.
No obstante, en el caso de las personas con procedencia de La Rioja residentes en el extranjero que hayan tenido su última vecindad administrativa en La Rioja, y sus descendientes en los términos establecidos en el artículo sexto apartado dos del Estatuto de Autonomía de La Rioja, que retornen a España y fijen su residencia de La Rioja, no será necesario acreditar el período de residencia previa exigido.
f) No haberse beneficiado de becas, ayudas o subvenciones para el mismo objeto, convocadas por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja o por cualquier otra institución pública o privada.
g) No padecer enfermedad o limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
h) No cumplir las prohibiciones para obtener una beca, establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
i). No tener ningún expediente disciplinario que ni separe ni inhabilite para el desempeño de las funciones públicas. Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente no estar sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
j) No desempeñar ninguna actividad que impida el deber de exclusividad en caso de resultar beneficiario de la beca
k). Estar en posesión de permiso de conducir.
Las personas aspirantes deberán cumplir con todos los requisitos en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y hasta el momento, en su caso, de la adjudicación de la beca sin perjuicio de lo dispuesto para los requisitos de edad, empadronamiento y desempleo.
2) Empresas de acogida:
Podrán solicitar acoger personas becadas las empresas del tejido empresarial riojano con centro de trabajo en La Rioja. Tendrán prioridad aquellas que pertenecen a sectores susceptibles de incorporar el diseño de producto como herramienta imprescindible en el desarrollo de su estrategia empresarial
Será requisito imprescindible que la empresa disponga de centro de trabajo abierto en La Rioja y que la persona becada desempeñe su formación en los centros de trabajo que la empresa disponga en La Roja
Tercero. Bases reguladoras.
Orden EIE/52/2025, de 17 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión becas de formación en prácticas por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja número 182, de 19 de septiembre de 2025).
Cuarto. Cuantía.
Importe del crédito disponible: 100.000 euros.
Quinto. Presentación de solicitudes.
La presentación de solicitudes se efectuará a través de la Sede Electrónica de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja / Becas de Internacionalización (con firma digital), debiendo ir acompañada la solicitud de la documentación indicada en el apartado 7 de la convocatoria.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día de la publicación de su extracto en el Boletín Oficial de La Rioja a las 9:00 horas.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 14 de noviembre de 2025, a las 14:00 horas.
La tramitación electrónica obligatoria se ampara en la Orden 1/2017, de la Consejería de Desarrollo Económico e Innovación, por la que se regula la tramitación electrónica en los procedimientos de concesión de subvenciones y concesión de préstamos de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, aprobada el 7 de marzo de 2017 (Boletín Oficial de La Rioja número 29/2017, de 10 de marzo).
La solicitud de la beca y la de cualquier otra documentación, información, aclaración, etc. que resulte necesaria de acuerdo con el procedimiento aplicable, sólo podrá presentarse de forma telemática en la forma dispuesta en este apartado, careciendo de validez jurídica su presentación por cualquier otro medio o lugar.
Sexto. Proceso de selección.
Se desarrollará en los términos establecidos en el apartado 4 y 8 de la convocatoria.
Séptimo. Otros datos de interés.
- Convocatoria. Los interesados podrán acceder también al texto íntegro de la Resolución de convocatoria y a la Orden reguladora de las ayudas a través de la página web de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja www.ader.es.
- Procedimiento de concesión. La concesión se efectuará en régimen de concurrencia competitiva.
Logroño a 29 de octubre de 2025.- El Gerente, Luis Pérez Echeguren.